National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Un representante gubernamental recordó que su país es Miembro de la OIT desde 1961 y ha ratificado 40 convenios internacionales del trabajo, entre ellos los convenios fundamentales y determinados convenios prioritarios como el Convenio núm. 122 en 1971. En respuesta a las observaciones formuladas en septiembre de 2013 por la Confederación General de Trabajadores de Mauritania (CGTM) sobre la falta de concertación con las organizaciones sindicales, el representante gubernamental indicó que las quejas transmitidas al Departamento de Trabajo por los sindicatos de trabajadores con ocasión del 1.º de mayo de 2014 se comunicaron al Consejo de Ministros y que el inicio de las negociaciones es inminente. En relación con la falta de política de empleo mencionada por la CGTM, el Gobierno intensifica su política destinada a reducir más la pobreza y promover el empleo a través de importantes programas sectoriales que dieron resultados positivos en la reducción del desempleo (10,1 por ciento en comparación con cerca del 31 por ciento registrado en 2008), según la encuesta sobre el empleo que acaba de realizar la Oficina Nacional de Estadística con la asistencia técnica de la OIT. En el plano de las orientaciones estratégicas, el Ministerio de Empleo, Formación Profesional y Tecnologías de la Información y de la Comunicación (MEFTC) pretende de ahora en adelante desempeñar un papel más activo para organizar, observar y ayudar a los demás actores que participan en la promoción del empleo de manera que se ponga fin a la dispersión de esfuerzos. Varios coordinadores designados en cada ministerio se encargarán, en estrecha colaboración con la Dirección de Empleo, de aportar información a la base de datos gestionada por esa Dirección para instaurar un sistema mundial e integrado de información sobre el empleo y la formación profesional. El MEFTC preparó un plan de acción a corto, mediano y largo plazo que se adoptó en el Consejo de Ministros. Cabe señalar las siguientes acciones y medidas previstas: la actualización y adopción de la estrategia nacional de promoción del empleo y su plan operativo de aplicación; la instauración de un consejo nacional de empleo y formación técnica y profesional para orientar las políticas en la materia y vigilar su aplicación; la institucionalización de una coordinación con los distintos departamentos para integrar la «dimensión de empleo» en las estrategias y planes de acción sectoriales que hacen hincapié en los sectores generadores de empleo (la construcción y obras públicas, la ganadería, la agricultura, la pesca, la minería, el turismo, etc.); la entrada en funcionamiento del sistema de información nacional que permite iniciar, seguir y evaluar las políticas de empleo y formación profesional y su aplicación; la aplicación de un convenio que establezca un marco de colaboración entre el MEFTC y los empleadores, y la implantación de un mecanismo de concertación, intercambio y participación de los interlocutores sociales en la concepción y validación de estrategias y planes de acción. Asimismo, el Gobierno incluye a las micro y pequeñas empresas, en el marco de una estrategia en la que representan un eje prioritario para el desarrollo de empleos independientes, una vía de estructuración de unidades de producción informal y un marco apropiado y adaptado a la clientela de las microfinanzas. A fin de promover las micro y pequeñas empresas, el Gobierno ha emprendido las acciones siguientes: la creación en el seno del MEFTC de un servicio encargado de la promoción de las micro y pequeñas empresas; la reactualización concertada de la estrategia nacional de promoción de las micro y pequeñas empresas correspondiente al período 2014-2018 y su validación por todos los asociados públicos, privados, técnicos y financieros de que se trata; la reorganización del marco institucional del Programa Nacional de Inserción y Apoyo a las micro y pequeñas empresas para reunir en su comité directivo, además de representantes del Estado, a representantes del sector privado (los empleadores y la Cámara de Comercio), y la inscripción de actividades prioritarias de creación de 1 000 micro y pequeñas empresas.
En cuanto a la promoción del empleo con gran densidad de mano de obra, se ha adoptado un conjunto de medidas para introducir un «objetivo de empleo» en todos los programas de estructuración, poner en marcha varios programas específicos de inserción de graduados desempleados en los sectores agrícola, de construcción, pesquero y ambiental y establecer un servicio público de seguimiento de solicitantes de empleo. Asimismo, se han adoptado medidas para transformar el proyecto de promoción de la piedra tallada en una empresa pública sostenible y dar prioridad a la gran densidad de mano de obra en la realización de obras viales y edificios y en la instalación de redes hidráulicas y eléctricas. A fin de establecer un sistema de formación técnica y profesional de calidad, se han rehabilitado los centros profesionales de formación y perfeccionamiento, se han modernizado los equipos de los establecimientos de formación técnica y profesional, se ha contratado a 54 docentes titulares y 50 docentes temporeros, se han creado 34 programas de estudio y se han diversificado las modalidades de formación, especialmente con la creación de una oferta de formación técnica de corta duración que ya ha beneficiado a 1 500 jóvenes. Se han creado dos nuevas escuelas secundarias de formación técnica y profesional polivalentes y se han atribuido becas, cuyo 70 por ciento corresponde a la formación en el extranjero. Si bien esas medidas han permitido duplicar la capacidad de recepción (de 2 280 contratados en prácticas en 2008 a 5 200 en 2013, sin tener en cuenta la formación técnica de corta duración) y mejorar, en menor medida, la calidad de la misma, no han respondido en grado suficiente a las necesidades del mercado de empleo ni a la demanda social. El objetivo es llegar en 2020 a una modernización de la formación técnica y profesional tanto en el plano cualitativo como cuantitativo para alcanzar una capacidad de recepción apropiada (15 000 vacantes en la formación titulada y 35 000 vacantes en la formación técnica de corta duración). Esos objetivos se revisarán a la luz del estudio del mercado de empleo y del conocimiento profundo de las necesidades y posibilidades de los sectores generadores. En espera de la actualización de la estrategia, se ha propuesto un plan de acción a corto y mediano plazo para abordar las limitaciones vinculadas a la dirección, los recursos humanos, los equipos, los programas de formación, la financiación y la asociación público-privada. Actualmente, el Gobierno mantiene discusiones con la OIT para beneficiarse de una asistencia técnica reforzada, con el fin de aplicar una política de empleo que responda a los objetivos del país.
Los miembros trabajadores recordaron que el Convenio núm. 122 expresa la voluntad de los Estados Miembros de llegar al pleno empleo, productivo y libremente elegido, y requiere que los Estados que lo ratificaron se doten formalmente de una política de empleo explícita. La visión expuesta por el representante gubernamental, no da pleno efecto al Convenio. En su observación, la Comisión de Expertos informó de los comentarios formulados por la CGTM, en los que lamenta la ausencia de una política nacional de empleo y de concertación con los interlocutores sociales. La CGTM deplora asimismo la supresión de oficinas de contratación y de colocación, y la congelación de las contrataciones en la administración pública, salvo para sustituir a quienes se jubilan. Si bien Mauritania es un país pobre, dispone de un sector minero, de recursos agrícolas y de una zona de pesca importante. Según las organizaciones sindicales del país, los recursos más importantes son explotados por empresas multinacionales y las consecuencias económicas no se reparten de manera equitativa en la población y no permiten la creación de empleos de buena calidad. En este contexto, el Gobierno podría inspirarse en la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social.
Los miembros empleadores recordaron que la Declaración de la OIT sobre la justicia social para una globalización equitativa identifica el Convenio núm. 122 entre las normas que son más significativas desde el punto de vista de la gobernanza. A la luz de la redacción de los requisitos contenidos en el artículo 1 del Convenio, consideraron que, si bien este instrumento promocional requiere que los Estados Miembros que lo ratificaron adopten una política del empleo, no se especifica el contenido concreto de esa política. Esto es adecuado, por cuanto el objetivo de pleno empleo requiere logros en materia de políticas amplios y complejos en términos de política económica (entorno económico, político, social y legal adecuado; baja inflación, bajos tipos de interés, garantía de derechos humanos, cumplimiento de los contratos, y el respeto del derecho de propiedad, etc.) y en términos de crecimiento del empleo (sistemas de protección social favorables al empleo, un mercado laboral que funcione bien, etc.), que, en su mayor parte, van más allá de la competencia de la OIT. Además, la combinación de políticas y el tipo adecuado de política del empleo, dependen de las condiciones nacionales. Por consiguiente, en opinión de los miembros empleadores, el rol de la Comisión de Expertos y de la presente Comisión es el examen del cumplimiento de las disposiciones del Convenio núm. 122, es decir, verificar que exista una intención expresa de parte del Estado de garantizar un empleo pleno y productivo, que existan medidas e instituciones establecidas para apuntar a concretar esa intención, y que los interlocutores sociales sean consultados en cuanto a esas políticas y medidas que se encuentran en su esfera de influencia. La Comisión de Expertos no es competente para juzgar la validez, la eficiencia o la justificación de las políticas adoptadas y de las medidas tomadas, ni las políticas propuestas que han de adoptarse o las medidas que han de tomarse. En el contexto de las observaciones de la CGTM, según las cuales no existe una política del empleo y las empresas multinacionales explotan los recursos mineros, pesqueros y agrícolas del país sin adoptar políticas encaminadas a promover el empleo, la Comisión de Expertos hizo referencia a el Estudio General de 2010 sobre los instrumentos del empleo y solicitó al Gobierno que comunicara información sobre las medidas adoptadas para fortalecer las instituciones necesarias con miras a la consecución del pleno empleo. Sin embargo, el Estudio General pertinente, fue mucho más amplio que el campo de aplicación del Convenio núm. 122, dado que también comprende el Convenio sobre desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142), el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88), el Convenio sobre las agencias de empleo privadas, 1997 (núm. 181) y las Recomendaciones relacionadas. Los miembros empleadores consideran que el caso debería centrarse en el Convenio núm. 122. Se mostraron también sorprendidos de ver una referencia específica realizada por la Comisión de Expertos a la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social. Al tiempo que apoyan plenamente la promoción de la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social y su seguimiento, los miembros empleadores consideran que esos asuntos son competencia del Consejo de Administración de la OIT. En consecuencia, la Comisión debería limitarse a examinar la aplicación del Convenio núm. 122, puesto que no está dentro del mandato de la Comisión de Expertos, ni de la presente Comisión discutir la Declaración MNE. Por consiguiente, solicitaron a la Comisión que respetara su propio mandato, así como el mandato de otros órganos constitucionales de la OIT. Reiterando que el Convenio núm. 122 requiere que los gobiernos apliquen una política de empleo, consulten con los interlocutores sociales y aporten mecanismos para su revisión, los miembros empleadores tomaron debida nota de la información concreta y exhaustiva comunicada por el representante gubernamental. En caso de que se confirmara esta información, consideraron que las medidas adoptadas por el Gobierno dieron cumplimiento a las obligaciones en virtud del Convenio. La Comisión debería, por tanto, invitar al Gobierno a presentar la mencionada información por escrito corroborándola con hechos y cifras concretos.
El miembro trabajador de Mauritania destacó que el Convenio núm. 122 insiste en la cuestión de la concertación en materia de política de empleo. En cuanto al asunto de las multinacionales, que tiene una relación estrecha con el empleo, el orador lamentó el hecho de que las empresas, haciendo caso omiso de las leyes del país, impongan jornadas de trabajo de 12 horas en las minas. Además, el país sólo recibe el 4 por ciento de los beneficios de las multinacionales, cuando la redistribución es del 37 por ciento de media a nivel mundial. Es evidente que no hay pleno empleo sin crecimiento, pero puede haber crecimiento sin que éste beneficie al empleo. Es preciso intervenir para redistribuir los beneficios del crecimiento. Habida cuenta de la amplitud de su territorio, su escasa población, la riqueza de su subsuelo minero y su larga costa, Mauritania tiene un potencial considerable. Sin embargo, las políticas del Gobierno en los sectores de la minería y la pesca son catastróficas para el país. Por ejemplo, las licencias de pesca que se han concedido, entre otras, a la Unión Europea, la Federación de Rusia y China han llevado al saqueo de los recursos. De los miles de empleos que genera el sector de la pesca industrial, en el país sólo se han creado 2 000. No se ha explotado el potencial agrícola y la ganadería sigue estando marginalizada. En 1994, se elaboró una estrategia nacional de empleo consensual, con la asistencia técnica de la OIT y en consulta con las organizaciones de trabajadores y de empleadores y las organizaciones de la sociedad civil. En 1995, hubo protestas por la falta de adecuación entre la política de empleo y la política de formación. A pesar de su aprobación en 1996, la política del empleo se dejó de lado. En 2004, en el momento de la revisión del Código del Trabajo, las autoridades públicas suprimieron las agencias de colocación de mano de obra sin haber consultado al Consejo Nacional del Trabajo, perdiéndose así las estadísticas sobre los solicitantes de empleo. El índice del 10 por ciento de desempleo, al que el Gobierno ha hecho referencia, no es objeto de consenso y no se corresponde con los datos económicos. En el ámbito nacional, el crecimiento viene impulsado por el sector minero, que genera el 75 por ciento de la balanza de pagos, pero que no ofrece más que el 3 por ciento de los empleos del país. A raíz de la terrible sequía de 2012, las actividades agropastorales han disminuido considerablemente. Una verdadera política de empleo requiere la participación del conjunto de las partes interesadas, cada una con unos objetivos claros. La misma debe ser objeto de concertación desde su concepción, durante su desarrollo y en el momento de su evaluación. A este respecto la asistencia técnica de la OIT sería positiva.
La miembro trabajadora de Francia recordó que Mauritania se encuentra entre los países de ingresos bajos por su PIB. Aunque la pobreza alcanza a todas las capas de la población, es más acuciante en las zonas rurales y afecta en especial a las mujeres, que trabajan principalmente en la economía informal y, por lo tanto, gozan de una seguridad y una protección reducidas. La situación del empleo sigue siendo preocupante: hay mucho desempleo; predomina el empleo informal; el sistema de protección social es débil; hay un fuerte crecimiento natural de la población; las perspectivas de crecimiento económico son moderadas; el vínculo entre crecimiento y empleo es débil, y no existe una estrategia de empleo. Según el Programa Quinquenal para el Empleo (2010-2014), la situación se debe a un cambio profundo en la estructura de la economía y del mercado de trabajo a partir del año 1990, y en particular a un retroceso del sector primario, un menor desarrollo del sector secundario, que está dominado por grandes plantas industriales que dependen de la demanda exterior, y a una expansión del sector terciario, que favorece sobre todo a la mano de obra extranjera. Por otra parte, es difícil acceder a la información en materia de ofertas de empleo y la contratación en la función pública ha disminuido considerablemente a causa de la voluntad deliberada de reducir la masa salarial y sanear las finanzas públicas, en el marco de los programas respaldados por el Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial. La miembro trabajadora instó al Gobierno a dotarse de un sistema integrado de estadísticas laborales que registre datos cuantificados, fechados y cartografiados que puedan servir de base objetiva a las políticas públicas en materia de empleo decente. La ejecución de estas políticas permitirá promover la concertación social. Se impone trazar lo antes posible una estrategia nacional del empleo concertada y consensual, que encuentre su legitimidad en el diálogo social y permita resistir al chantaje que practican las empresas multinacionales, que imponen un sistema de horas extraordinarias inaceptable, lo cual afecta al mercado de trabajo y agota a los trabajadores. Debe priorizarse asimismo la formación con el fin de asegurar a las personas más vulnerables en lo relativo al empleo, y en particular a las mujeres y los jóvenes, la posibilidad de acceder a una cualificación que les permita conseguir trabajo.
El representante gubernamental declaró que el Gobierno otorga una gran importancia a la concertación y el diálogo social y que, atendiendo a las peticiones formuladas por los miembros empleadores y trabajadores, la información suministrada en su intervención introductoria se transmitirá por escrito a la OIT y se incluirá en la memoria sobre la aplicación del Convenio. En cuanto a la situación del empleo en el país, conviene en primer lugar recordar que el índice del 10 por ciento de desempleo que los miembros trabajadores han puesto en duda se estableció en un estudio realizado recientemente por la Oficina Nacional de Estadística, en colaboración con la Oficina de la OIT de Dakar. Asimismo, conviene destacar que, para crear empleos, se requieren inversiones y, para atraer inversiones, hay que garantizar a los inversores extranjeros, así como a los trabajadores, que se van a respetar sus derechos. Se trata por igual a los trabajadores extranjeros y los trabajadores nacionales. Los trabajadores extranjeros poseen cualificaciones que no están disponibles en el mercado de trabajo nacional, pero en el marco de la política de «mauritanización» de los empleos, se debe formar a trabajadores nacionales en los puestos que ocupan. En 1994, se adoptó efectivamente una estrategia para el empleo, pero se basaba en una estrategia inadecuada en materia de formación. Entonces, se tomó la decisión de separar la formación. Desde entonces, la política de formación se centra en la formación profesional con el fin de corresponder a los empleos disponibles en el mercado de trabajo. En lo relativo a la contratación en la función pública, se han creado más de 8 000 empleos desde 2008.
Los miembros empleadores declararon que el Convenio núm. 122 trata los asuntos relativos al desarrollo. El Convenio establece que todo miembro «deberá formular y llevar a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido». Para lograrlo, deben primero establecerse determinadas condiciones, como el necesario marco legal, la infraestructura y el marco de formación que correspondan a las necesidades del mercado laboral. Aguarda con interés recibir información concreta del Gobierno para evaluar los progresos alcanzados, teniendo en cuenta que siempre existe un margen para las mejoras. Los miembros empleadores están preparados y dispuestos para discutir cualquier problema que pueda surgir con los trabajadores, pero esa discusión debería tener lugar en el contexto idóneo. Una discusión de las empresas multinacionales en Mauritania corresponde al Consejo de Administración, en el contexto de la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social y del seguimiento dado a la misma. La discusión actual no es, ni debería convertirse en una discusión legal sobre la aplicación del Convenio.
Los miembros trabajadores agradecieron al representante gubernamental las informaciones proporcionadas sobre las medidas adoptadas en materia de empleo y señalaron que dichas informaciones constarán en la memoria que será examinada por la Comisión de Expertos. Refiriéndose a la intervención de los miembros empleadores, los miembros trabajadores subrayaron que, evidentemente, no hay confusión entre la función y competencias del Consejo de Administración y las de la presente Comisión. En cuanto a la Declaración tripartita de principios sobre las empresas multinacionales y la política social, los miembros trabajadores afirmaron que el objetivo no es reemplazar al Consejo de Administración. A su juicio, la presente Comisión tiene dos funciones: analizar y proporcionar informaciones procedentes, entre otras fuentes, de las organizaciones sindicales. De ese marco procede la Declaración sobre las multinacionales. En el caso de las empresas multinacionales de Mauritania, en los sectores de la minería, agricultura y pesca, se plantea la cuestión de la redistribución de los beneficios a la población, en particular, en términos de creación de empleo. Cabe señalar a este respecto que el representante gubernamental mencionó también esta cuestión. Los miembros trabajadores han apoyado la solicitud de asistencia técnica del Gobierno e insistido en la importancia de que las decisiones del Gobierno se conviertan en acciones concretas encaminadas a formular una auténtica política de empleo que se fundamente en la concertación y tenga una incidencia positiva en la vida diaria de la población.
1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión ha tomado nota de la memoria del Gobierno para el período que finaliza en septiembre de 2002 y de las informaciones que contiene en respuesta a su observación anterior. El Gobierno indica que, durante el período en consideración, había proseguido sus actividades de consolidación del Sistema de información sobre el mercado del empleo (SIME), con el apoyo del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y de la OIT. Entre los principales progresos realizados en el ámbito del SIME, el Gobierno menciona la creación de una base de datos sobre la oferta y la demanda de empleo, la elaboración de un archivo sobre los establecimientos de formación profesional, técnica y de enseñanza superior, y de un archivo «empleador del sector estructurado». La disponibilidad de informaciones fiables, dinámicas y regulares, constituye un objetivo principal de la política del empleo del Gobierno. La Comisión desea seguir siendo informada de todo progreso realizado en este terreno y conocer asimismo las medidas de política de empleo adoptadas gracias a la instalación de los nuevos sistemas de información relativos al mercado de trabajo.
2. El Gobierno también había comunicado un documento sobre la situación del empleo en Mauritania, elaborado en el marco del programa de apoyo a la Estrategia Nacional de Lucha Contra la Pobreza (SNLCP). El primer Marco Estratégico de Lucha contra la Pobreza (CSLP) para el período 2001-2005, tiene como eje principal la promoción del empleo y el desarrollo de la pequeña y la mediana empresa. Se dirige a una reducción del desempleo, especialmente de las mujeres y los jóvenes, al desarrollo de una red de microempresas integrado en el sector moderno y al apoyo al trabajador por cuenta propia. Este programa de acción comprende medidas de promoción del empleo, sobre todo del desarrollo de actividades con mano de obra muy intensiva. La Comisión toma nota con interés de estos proyectos y agradecería al Gobierno que se sirviera seguir teniéndola informada de todo progreso realizado en la aplicación de la Estrategia Nacional de Lucha Contra la Pobreza y de su impacto en la promoción del empleo. En este sentido, la Comisión solicita al Gobierno que tenga a bien comunicar informaciones sobre la manera en que se consulta a los representantes de las organizaciones de empleadores y de trabajadores, y de otros sectores interesados, por ejemplo, del sector rural y los de la economía informal, así como sobre los resultados de las consultas que han tenido lugar para alcanzar los objetivos del empleo fijados en la Estrategia Nacional de Lucha Contra la Pobreza.
3. Parte V del formulario de memoria. Por último, la Comisión ha tomado nota de las informaciones relativas al proyecto de cooperación técnica OIT/PNUD, en curso de ejecución, para la elaboración de estrategias de promoción y de utilización de la microempresa en la lucha contra la pobreza. Agradecería al Gobierno que tuviese a bien seguir comunicando informaciones acerca de las acciones emprendidas como consecuencia de la cooperación técnica de la OIT, así como acerca de los efectos de tales acciones en el mercado de trabajo.
En respuesta a los comentarios formulados desde hace varios años, la Comisión toma nota con interés de las informaciones contenidas en la breve memoria recibida en marzo de 2001 que indica que el Gobierno ha conseguido, con el apoyo del PNUD y de la OIT, realizar un sistema de información sobre el empleo (SIME). Este sistema de información, que desde ahora es operativo, constituirá el medio para una futura agencia de promoción del empleo. Asimismo, el Gobierno indica que durante la elaboración de la política de empleo, se asociaron todas las sensibilidades de la sociedad civil. También ha hecho llegar las estadísticas que demuestran que, en 1999, la tasa de actividad era de un 46,71 por ciento de la población activa y la tasa de desempleo el 20,90 por ciento. Según un documento anexo, la emergencia de un sistema de información sobre el empleo ha permitido precisar las necesidades en materia de descentralización y de equilibrio regional así como el grado de prioridad que hay que acordar a la promoción de las mujeres, a los objetivos de desarrollo humano durable, y a los progresos en materia de buen gobierno. Entre los campos en los que sería necesario que se realizasen progresos, se mencionan: la evaluación y el análisis del subempleo, las informaciones sobre el sector no estructurado, la oferta de empleo y el empleo no declarado en el sector de las actividades modernas. La Comisión advierte, asimismo, que en febrero de 2000, el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional estimaron que Mauritania podía aspirar a un plan de reducción de su deuda a título de la Iniciativa Reforzada para los Países Pobres muy Endeudados. Los recursos que se obtengan como resultado de ello deberán destinarse a los ámbitos prioritarios definidos por el Gobierno en un marco estratégico detallado de lucha contra la pobreza que debe establecerse después de una amplia consulta de la sociedad civil. Por ende, la Comisión ruega al Gobierno que exponga en su próxima memoria las acciones que se han tomado gracias a la asistencia recibida de la OIT en materia de política del empleo y que indique si se han encontrado dificultades particulares para alcanzar los objetivos de empleo establecidos en el marco de una política social coordinada y en consulta con los representantes de los medios interesados, de conformidad con los artículos 1, 2 y 3 del Convenio. También se ruega al Gobierno que comunique copia de los informes, estudios o encuestas, así como de las estadísticas pormenorizadas y desglosadas para facilitar la evaluación de la situación, el nivel y las tendencias, al mismo tiempo que todos los elementos que ilustren la medida en la que los objetivos de empleo, definidos por los programas aplicados mediante la colaboración con la OIT y en el marco de la Estrategia para la Reducción de la Pobreza, han sido alcanzados.
La Comisión se refiere a su observación en virtud del Convenio núm. 111, como sigue:
La Comisión ha tomado nota de que el Consejo de Administración ha adoptado en su 249.a reunión (febrero-marzo de 1991) el informe del comité encargado de examinar la reclamación presentada por la Confederación Nacional de los Trabajadores de Senegal, en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT y que se refiere a la aplicación de varios convenios en Mauritania.
El Consejo de Administración ha solicitado al Gobierno que comunicara en sus memorias sobre los convenios pertinentes, que serán presentados a más tardar el 15 de octubre de 1991, las informaciones sobre las medidas adoptadas y los resultados obtenidos, con miras a dar curso a las recomendaciones del Consejo de Administración para permitir que la Comisión de Expertos garantice el seguimiento.
La Comisión toma nota de que estas recomendaciones se refieren a cuestiones relativas a los Convenios núms. 111 y 122 (medidas para reparar los perjuicios causados a los nacionales mauritanos desplazados del territorio de Mauritania en 1989), al Convenio núm. 95 (medidas para un ajuste final de los salarios debidos a las personas interesadas) y al Convenio núm. 118 (medidas para hacer establecer y garantizar el servicio de las prestaciones eventualmente debidas a los nacionales mauritanos que han dejado Mauritania).
La Comisión confía en que el Gobierno comunicará informaciones completas sobre estas cuestiones en las memorias que se presentarán este año sobre los Convenios núms. 95, 111, 118 y 122
en lo relativo a las cuestiones planteadas en la reclamación presentada en virtud del artículo 24 de la Constitución de la OIT por la Confederación Nacional de Trabajadores de Senegal (CNTS).