National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Repetición Aplicación de políticas y programas de orientación y formación profesionales. La Comisión toma nota de las indicaciones que contiene la memoria del Gobierno sobre el hecho de que entre los enfoques fundamentales del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2014 figura el de realizar un esfuerzo educativo y de capacitación para el trabajo, con el propósito de incrementar la calidad del capital humano y vincularlo estrechamente con el sector productivo. La Comisión también toma nota con interés de la contribución de la Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN) a la memoria del Gobierno confirmando que ha participado en forma activa en la integración y medición de los programas que la Secretaría de Trabajo ha venido implementando con miras a mejorar la capacidad de inserción en forma definitiva del trabajador a un centro de trabajo. En la memoria relativa al Convenio sobre la licencia pagada de estudios, 1974 (núm. 140), la CONCAMIN agregó que dar capacitación y adiestramiento a los trabajadores dentro de la jornada de trabajo es una obligación empresarial en la legislación vigente. La Comisión invita al Gobierno a seguir ilustrando sus memorias con informes y datos estadísticos que permitan examinar los resultados alcanzados en el marco de los distintos planes y programas ejecutados en relación con la orientación y formación profesionales impartidas y la inserción de los beneficiarios en el mercado del trabajo. La Comisión agradecería continuar recibiendo las opiniones de los interlocutores sociales que colaboran en la ejecución de los programas realizados por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social en materia de desarrollo de recursos humanos.
Aplicación de políticas y programas de orientación y formación profesionales. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que terminó en mayo de 2008 que incluyó respuestas detalladas a la solicitud directa de 2003. El Gobierno se refiere a los objetivos y estrategias del Plan Nacional de Desarrollo 2007-2012, en particular al programa de apoyo al empleo (PAE) en el cual se ha previsto un subprograma BECATE que cubre distintas modalidades de capacitación. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria agregue informes y datos estadísticos que permiten examinar los resultados alcanzados en el marco del Plan Nacional de Desarrollo en relación con la orientación y formación profesionales impartidas y la inserción de los beneficiarios en el mercado del trabajo. La Comisión desearía también conocer la manera en que los interlocutores sociales han colaborado en la ejecución de los programas realizados por la Secretaría de Trabajo y Previsión Social en materia de desarrollo de recursos humanos.
La Comisión toma nota de las observaciones agregadas por la Confederación de Cámaras Industriales (CONCAMIN) a la memoria del Gobierno en las que se manifiesta que «uno de los medios más eficaces para dar atención al contenido del Convenio es a través del Consejo para la Normalización y Certificación de Competencias Laborales ya que permite el acercamiento de la fuerza de trabajo a los centros de trabajo. El sistema permite a los centros educativos orientar la preparación y educación a los elementos requeridos para lograr las habilidades deseadas. El sector empleador participa para detectar los requerimientos de empleos y sus características definiendo el contenido de las calificaciones requeridas y lograr así las certificaciones. CONCAMIN considera además que se hace necesario tener una mayor comunicación con las instituciones educativas, técnicas y universitarias para lograr la actualización de los programas educativos y su vinculación con las características de los empleos y la evolución tecnológica que facilite el acercamiento de la fuerza de trabajo a los empleos».
La Comisión agradecería al Gobierno que en su próxima memoria incluya informaciones sobre las labores del Consejo para la Normalización y Certificación de Competencias Laborales así como de toda medida para llevar a la práctica políticas y programas completos y coordinados en el campo de la orientación y formación profesionales, estableciendo una estrecha relación con el empleo. Sírvase además verificar de qué manera se ha establecido una mayor comunicación entre los sistemas de enseñanza general, técnica y profesional, de orientación escolar profesional y de formación profesional; y las oportunidades de empleo (artículos 1 y 2 del Convenio).
En este sentido, la Comisión agradecería al Gobierno que, como en el pasado, agregue a su memoria extractos de informes y datos estadísticos que permitan examinar las actividades realizadas y los resultados obtenidos en relación con la aplicación de una política de desarrollo de recursos humanos, en el sentido del Convenio.
La Comisión ha tomado nota con interés de las informaciones comunicadas por el Gobierno acerca de la ejecución del Proyecto de Capacitación de Mano de Obra. Señala principalmente la importancia concedida por este proyecto a una mayor participación de los empleadores, de los trabajadores y de sus organizaciones en los programas de desarrollo de los recursos humanos. El Programa de Fortalecimiento del Servicio Nacional de Empleo y del Programa de Becas de Capacitación para Trabajadores sin Empleo trata de promover el desarrollo de las acciones de capacitación y recalificación de trabajadores desempleados, mientras que el Programa de Capacitación Industrial de la Mano de Obra se dedica a mejorar la productividad y la competitividad de las empresas pequeñas y medianas mediante la capacitación permanente de los trabajadores que emplean. Un programa trata, además, de fortalecer la vinculación entre la formación y capacitación de recursos humanos y los requerimientos del aparato productivo mediante la utilización más eficiente de los centros de capacitación. La Comisión toma nota, por otro lado, de la entrada en vigor del nuevo Programa Nacional de Capacitación y Productividad 1991-1994.
La Comisión agradecería al Gobierno que continúe comunicando, en sus próximas memorias, informaciones detalladas sobre las actividades realizadas y los resultados obtenidos en el conjunto de las esferas cubiertas por el Convenio.
Artículo 4 del Convenio. La Comisión ha tomado nota con interés de la sustancial y copiosa información transmitida por el Gobierno en su última memoria sobre la reestructuración y funcionamiento del sistema de formación profesional. El Gobierno ha facilitado una detallada documentación proveniente de la subsecretaría de planeación educativa de la Secretaría de Educación Pública sobre las características y actividades del "sistema nacional de orientación educativa". Asimismo, ha transmitido valiosa documentación proveniente de la dirección general de capacitación y productividad de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social sobre los esfuerzos realizados y los logros alcanzados por el "programa nacional de capacitación y productividad". La Comisión agradecería al Gobierno que en su próxima memoria tenga a bien brindar indicaciones suplementarias sobre la manera en que se asegura la coordinación entre el sistema nacional de orientación educativa y el programa nacional de capacitación y productividad. La Comisión confía en que el Gobierno continuará comunicando en sus próximas memorias informaciones detalladas sobre la aplicación práctica del Convenio.
Artículo 3. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión ha tomado nota con interés de que numerosas instituciones gubernamentales intervienen en la orientación profesional de los trabajadores minusválidos. El Gobierno declara que se han realizado las consultas pertinentes para reunir información suficiente sobre este asunto, que permitiría continuar con el estudio del Convenio núm. 159 sobre la readaptación profesional y el empleo (personas inválidas), 1983. La Comisión ruega al Gobierno que continúe transmitiendo informaciones al respecto.