National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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El representante gubernamental declaró que la tasa de desempleo disminuyó en Chile hasta el 8,9 por ciento y que esta mejora influyó en la reducción simultánea de los programas de urgencia. Se prevé el traslado de fondos a las municipalidades, con el fin de que realicen trabajos públicos con intensa mano de obra, los cuales serán efectuados por empresas privadas y en los cuales los trabajadores gozarán de todas las disposiciones de la legislación del trabajo y de la seguridad social. Refiriéndose al despido de los profesores, aclaró que sólo 6118 personas fueron despedidas sobre un total de alrededor de 150000 docentes de la educación pública y subvencionada. Precisó que las medidas afectaron particularmente a profesores que no poseían los títulos necesarios y a los cuales se les había dado un plazo de diez años para regularizar su situación, y que otro porcentaje afectó a docentes que estaban en condiciones de acogerse a la jubilación. Se refirió igualmente a las medidas tomadas para permitir a estas personas encontrar otro trabajo, entre las cuales concursos en los sitios en que había déficit de profesores. En relación con la preocupación de la Comisión de Expertos sobre la capacidad del sistema de educación para responder a las necesidades de mano de obra de la economía, y a la adquisición de las calificaciones necesarias por los trabajadores, el representante gubernamental dio algunas cifras tendientes a probar que el Estado trata de garantizar la educación y la capacitación profesional en conformidad con las necesidades del país. Recordó que fueron suministradas informaciones detalladas sobre la manera en que fueron consultados los representantes de los sectores interesados, Concluyó afirmando que se ha puesto fin al despido de docentes por lo cual el problema ha dejado de existir.
Los miembros trabajadores se refirieron al problema de los docentes despedidos, precisando que ha sido presentada una observación por la Confederación Mundial de Organizaciones de Profesionales de la Enseñanza (CMOPE) sobre este punto. Manifestaron el deseo de que la situación pueda ser examinada, en el terreno, por los diversos organismos interesados, entre los cuales la OIT, de manera que puedan encontrarse soluciones.
Los miembros empleadores se refirieron a las informaciones detalladas contenidas en el informe de la Comisión de Expertos, relativas a lo que se ha realizado en el campo del empleo. Insistieron en que el problema litigioso es el despido de los docentes y que lo que está en juego es el derecho a la consultación, y se preguntaron si ésta había tenido lugar. En cuanto a las posibilidades de empleo que se han ofrecido a los docentes despedidos, estimaron que las soluciones pueden ser de diferentes tipos. Por todo esto seria oportuno que el Gobierno informe sobre la manera en que procura hallar una solución a los problemas descritos.
El representante gubernamental subrayó que a pesar de que el punto central de la discusión sea el problema de los docentes, dada la naturaleza del Convenio, merece señalarse el mejoramiento sensible de la situación del empleo que ha sido acompañado de la eliminación de los programas de urgencia. En relación con la situación de los docentes declaró que las medidas tomadas afectaron a docentes sin títulos, que no regularizaron su situación a pesar de los plazos bastante amplios que se les otorgaron, y docentes que reunían condiciones para la jubilación; en los otros casos se trató de medidas tomadas para racionalizar la enseñanza. En cuanto a la consulta, ésta se llevó a cabo, e incluso fueron instituciones representativas de docentes que solicitaron la prolongación de los plazos otorgados para la regularización de los títulos académicos.
Los miembros trabajadores se declararon insatisfechos con la respuesta del representante gubernamental y repitieron la proposición de examinar la situación en el terreno, hecha en la precedente intervención y que debería figurar en las conclusiones. El representante gubernamental manifestó sus reservas frente a la proposición de los miembros trabajadores dado el grado de colaboración que su Gobierno ha asegurado a los trabajos de la Comisión.
La Comisión tomó nota de las informaciones suministradas por el representante gubernamental. Los comentarios de la Comisión de Expertos se refieren a aspectos importantes que reviste la política del empleo en Chile, incluyendo cuestiones relativas a los programas especiales (programas de empleo mínimo y programas de empleo para jefes de hogar) discutidos en la Comisión en precedentes reuniones, y a la cuestión del despido masivo de docentes, sobre lo cual formuló comentarios la CMOPE. La Comisión comparte las preocupaciones expresadas por la Comisión de Expertos relativas a los despidos de docentes en los aspectos de la educación y la formación y en tanto que elemento de la política de empleo, y se interesa por las posibilidades de empleo que han sido ofrecidas a los docentes interesados. La Comisión expresa la esperanza de que el Gobierno podrá garantizar la aplicación del Convenio. La Comisión solicita al Gobierno que suministre informaciones detalladas acerca de la evolución de la situación en ese campo, así como también acerca de la política de empleo, incluida la situación relativa a los programas especiales.
Artículos 1 y 2 del Convenio. Declaración y aplicación de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la memoria recibida en noviembre de 2009 en la que se enumeran las principales disposiciones legislativas adoptadas en relación con la capacitación y el empleo. El Gobierno indica que se informará a la Comisión de Expertos a la brevedad posible sobre los resultados de las gestiones destinadas a responder a las cuestiones planteadas en la observación de 2008. En el Estudio General de 2010 sobre los instrumentos relativos al empleo, la Comisión tomó nota del Acuerdo Nacional por el Empleo, la Capacitación y la Protección Laboral, suscrito en mayo de 2009, para responder a la crisis. Entre otras medidas, se impulsó la retención de trabajadores y el fomento de la capacitación laboral otorgando incentivos fiscales a las empresas que facilitan la formación de los trabajadores como alternativa al despido. Según los datos publicados por la OIT en Panorama Laboral, 2009 la tasa de desempleo aumentó de 7,9 por ciento en 2008 a 10 por ciento en 2009, afectando particularmente a las mujeres y a los jóvenes. En consecuencia, para estar en condiciones de examinar la manera en que se aplica el Convenio, la Comisión pide al Gobierno que comunique una memoria en la que informe en detalle cómo se ha formulado una política activa destinada a fomentar el pleno empleo productivo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión reitera su solicitud de que se identifiquen los programas más eficaces y que tengan repercusiones más positivas en relación con la generación de empleo para los grupos más vulnerables, tales como las mujeres, los trabajadores en situación de precariedad y los trabajadores afectados por las reestructuraciones.
Desempleo juvenil. Coordinación de las medidas de enseñanza y formación profesional con la política del empleo. Participación de los interlocutores sociales. La Comisión reitera los otros puntos planteados en su observación de 2008, en relación con los cuales se pide al Gobierno que incluya en su memoria informaciones detalladas:
– las medidas adoptadas para asegurar condiciones de empleo decentes para los jóvenes que ingresan en el mercado del trabajo;
– la manera en que se asegura la coordinación de las políticas de educación, formación y aprendizaje permanente con la prospección de las oportunidades de empleo;
– la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los interlocutores sociales y cómo se logra su plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario para la formulación y ejecución de la política del empleo. En particular, la Comisión desearía poder examinar informaciones sobre procedimientos formales de consulta con los interlocutores sociales sobre las materias cubiertas por el Convenio (artículo 3);
– la acción emprendida como consecuencia de la asistencia o asesoramiento recibido de la OIT en materia de política del empleo (parte V del formulario de memoria).
[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2011.]
La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que terminó en agosto de 2007 donde se informa sobre la situación del empleo durante 2006 y se resumen las actividades realizadas por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE).
1. Artículos 1 y 2 del Convenio. Declaración y ejecución de una política activa del empleo. En sus comentarios anteriores, la Comisión había reflejado los buenos indicadores del mercado del trabajo y también la falta de un sistema integrado de políticas del empleo. La Comisión observa que la tasa de desempleo nacional llegó a 7,1 por ciento en los tres primeros trimestres de 2007, con una caída de 1,3 puntos porcentuales respecto a igual período de 2006, como consecuencia de un moderado incremento de la demanda laboral. En ese período, la tasa de ocupación también aumentó del 50,2 por ciento al 50,8 por ciento, mientras que la oferta laboral disminuyó ligeramente en el mismo período. Estos resultados reflejaron el crecimiento del PIB, que en el primer y segundo trimestre de 2007 fue de 5,8 y 6,1 por ciento anual, respectivamente (datos publicados por la OIT en Panorama Laboral, 2007). La Comisión recuerda nuevamente que las disposiciones del Convenio requieren que el Gobierno formule y lleve a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido — como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. En consecuencia, para estar en condiciones de examinar cabalmente la manera en que se aplica el Convenio, la Comisión pide al Gobierno que comunique una memoria que informe con detalle la manera cómo se ha formulado una política activa destinada a fomentar el pleno empleo productivo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión reitera su pedido de que se identifiquen, en la próxima memoria, los programas más eficaces y que tengan repercusiones más positivas en relación con la generación de empleo para los grupos más vulnerables, tales como las mujeres, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones.
2. Desempleo juvenil. La Comisión observa que la tasa de desempleo juvenil (15 a 19 años) se encuentra 3,4 veces por encima del promedio de la tasa de desempleo total, lo que parece preocupante. La Comisión pide al Gobierno que se incluyan, en la próxima memoria, informaciones detalladas sobre las medidas adoptadas para asegurar condiciones de empleo decentes para los jóvenes que ingresan en el mercado del trabajo.
3. Coordinación de las medidas de enseñanza y formación profesionales con la política del empleo. El Gobierno se refiere, en su respuesta a la solicitud directa de 2006, al éxito alcanzado por el Programa de Educación y Capacitación Permanente, Chile Califica. Además se informa sobre las actividades realizadas en conjunto con la Fundación Chile en el marco del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales. El Gobierno se había propuesto capacitar 1 millón de trabajadores anualmente a partir del año 2005. La Comisión agradece las informaciones enviadas sobre las actividades del SENCE y los resultados alcanzados por el programa de certificación de competencias laborales. La Comisión pide nuevamente que la próxima memoria contenga informaciones detalladas sobre la manera en que se asegura la coordinación de las políticas de educación, formación y aprendizaje permanente con la prospección de las oportunidades de empleo.
4. Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. La Comisión comprueba nuevamente que la memoria para el período que terminó en agosto de 2007 no contiene indicaciones sobre las consultas que requiere esta importante disposición del Convenio. En una publicación de la OIT, mencionada en la solicitud directa de 2006, se había indicado que podría ser interesante impulsar una instancia (fundación o corporación) privada o público-privada de apoyo a la gestión de políticas del mercado de trabajo a nivel local, que pueda ejecutar programas, asistir técnicamente, coordinar a los actores públicos y privados, según lo determine la autoridad pública central (Chile: Superando la crisis. Mejorando el empleo. Políticas de mercado de trabajo, 2000-2005, Santiago, OIT, 2006, págs. 30-31). La Comisión se remite a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en la economía informal. La Comisión pide al Gobierno que comunique, en su próxima memoria, informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación y ejecución de la política del empleo. Sírvase indicar además si se han establecido con este objeto procedimientos formales de consulta así como la acción emprendida como consecuencia de la asistencia o asesoramiento recibido de la OIT (parte V del formulario de memoria).
1. Declaración y ejecución de una política activa del empleo. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que terminó en agosto de 2005, recibida en enero de 2006, que se limita a enumerar los distintos programas destinados a promover empleo directo, empleo indirecto, de capacitación y de intermediación laboral. El Gobierno se ha referido también a algunas de las cuestiones planteadas en la solicitud directa de 2004 y facilitado datos publicados por el Instituto Nacional de Estadísticas. De las informaciones analizadas, resulta que en los primeros seis meses de 2005, el aumento de la ocupación fue coherente con el cuadro macroeconómico, apreciándose un cambio de tendencia con relación a igual período del año anterior. Continúan aumentando tanto la oferta como la demanda laboral, pero el incremento de esta última fue mayor (1,1 frente a 0,8 puntos porcentuales) lo que incidió en una menor tasa de desempleo, de 8,3 por ciento en el primer semestre de 2005, frente a 8,9 por ciento en igual período de 2004 (Panorama laboral 2005 (Avance primer semestre), Lima, OIT, 2005, pág. 35). Como también se expresa en otra publicación de la OIT, los distintos programas desarrollados en Chile en los últimos años surgieron en respuesta a diferentes situaciones del mercado de trabajo y aún no constituyen un sistema integrado de políticas (Chile: Superando la crisis. Mejorando el empleo. Políticas de mercado de trabajo, 2000-2005, Santiago, OIT, 2006, pág. 7). La Comisión se remite al párrafo 3 de su solicitud directa de 2004, y advierte nuevamente la pertinencia de las disposiciones del Convenio que requieren que el Gobierno formule y lleve a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido — como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. En consecuencia, la Comisión pide al Gobierno que informe en detalle en su próxima memoria sobre la manera en que se ha formulado una política activa destinada a fomentar el pleno empleo productivo en el marco de una política económica y social coordinada (artículos 1 y 2 del Convenio). La Comisión invita al Gobierno a que identifique en su próxima memoria cuáles han sido los programas más eficaces y que tengan repercusiones más positivas en relación con la generación de empleo para los grupos más vulnerables, tales como las mujeres, los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones.
2. Coordinación de las medidas de enseñanza y formación profesionales con la política del empleo. En su comentario anterior, la Comisión había recordado que el Gobierno se proponía capacitar 1 millón de trabajadores anualmente a partir del año 2005. La Comisión pide al Gobierno que informe en detalle sobre las actividades del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y los resultados alcanzados por el programa de certificación de competencias laborales. La Comisión reitera su interés por recibir informaciones sobre la manera en que se asegura la coordinación de las políticas de educación, formación y aprendizaje permanente con la prospección de las oportunidades de empleo.
3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. La Comisión comprueba nuevamente que la memoria no contiene indicaciones sobre las consultas que requiere esta importante disposición del Convenio. En la publicación antes mencionada de la OIT, se indica que podría ser interesante impulsar una instancia (fundación o corporación) privada o público-privada de apoyo a la gestión de políticas del mercado de trabajo a nivel local, que pueda ejecutar programas, asistir técnicamente, coordinar a los actores públicos y privados, según lo determine la autoridad pública central (Chile: Superando la crisis. Mejorando el empleo. Políticas de mercado de trabajo, 2000-2005, Santiago, OIT, 2006, págs. 30-31). La Comisión se remite a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en la economía informal. La Comisión pide al Gobierno que comunique, en su próxima memoria, informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación y ejecución de la política del empleo (artículo 3). Sírvase indicar además si se han establecido con este objeto procedimientos formales de consulta así como la acción emprendida como consecuencia de la asistencia o asesoramiento recibido de la OIT (parte V del formulario de memoria).
1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período diciembre 2000-2002 que contiene informaciones generales sobre la evolución del mercado laboral. El Gobierno indica que desde el 2000 se verificó una desaceleración en el crecimiento del empleo como consecuencia de la crisis internacional. El desempleo llegó a un máximo de 10 por ciento en el tercer trimestre del 2000 - siendo los grupos más afectados los jóvenes y las mujeres. Para los jóvenes de 15 a 19 años, la tasa de desocupación llegó a fines del 2001 al 25,7 por ciento y para las mujeres fue del 8,4 por ciento. El Gobierno menciona un programa de apoyo a los desocupados y medidas a favor de la capacitación de trabajadores (756.080 trabajadores fueron capacitados y beneficiados con acciones de calificación laboral en 2001). Se destaca también que Chile ha sido el país en América Latina que muestra la mayor tasa promedio de crecimiento económico durante el período 1994-2001, con la más baja tasa de inflación - sin déficit fiscal. La memoria enumera también otras medidas que dan aplicación al Convenio tales como el sistema de información del mercado laboral, el programa SENCE-OMIL, el programa de certificación de competencias laborales y la Agenda Pro-Crecimiento.
2. Según las informaciones publicadas por la OIT en el Panorama Laboral 2003, el PIB en 2002 aumentó un 2,2 por ciento (calculándose un crecimiento del 3,2 por ciento en 2003 y un mayor vigor de la actividad económica como consecuencia de la entrada en vigencia de los acuerdos comerciales suscritos con la Unión Europea y de las expectativas positivas generadas por los Tratados de Libre Comercio con Estados Unidos y Corea del Sur). Se han mantenido programas especiales de empleo público y de subsidio a la contratación de nuevos trabajadores siendo sólo el 1,6 por ciento de los trabajadores que cobran un seguro de desempleo (en 2000). Según datos publicados por la CEPAL en el Estudio Económico de América Latina y el Caribe, 2002-2003, los programas de empleo público directo y de subsidios al empleo privado (bonos de reinserción y de capacitación) habrían financiado 160.000 puestos de trabajo durante el trimestre invernal de 2002.
3. Artículos 1 y 2 del Convenio. Teniendo en cuenta los indicadores anteriores, la Comisión observa la pertinencia de las disposiciones del Convenio que requieren que el Gobierno formule y lleve a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido - como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. Tal como lo viene solicitando desde hace varios años, la Comisión desearía disponer de una memoria detallada que contenga indicaciones sobre los programas ejecutados y los resultados alcanzados para satisfacer las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores, tales como las mujeres, los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones.
4. La Comisión agradecería al Gobierno que precise en su próxima memoria las medidas de política de empleo que se hayan formulado y los programas que se están ejecutando, así como la medida en que las iniciativas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo.
5. La Comisión recuerda la meta de capacitar 1 millón de trabajadores anualmente a partir del año 2005 y entiende que 843.804 trabajadores se beneficiaron, en 2003, del programa de franquicia tributaria del SENCE. La Comisión espera que, en su próxima memoria, el Gobierno continuará informando sobre las actividades del SENCE y los resultados alcanzados por el programa de certificación de competencias laborales. En este sentido, el Gobierno puede referirse a las orientaciones de la Recomendación núm. 195 de 2004 sobre educación, formación y aprendizaje permanente.
6. Artículo 3. La Comisión comprueba que la memoria no contiene indicaciones sobre las consultas que requiere esta importante disposición del Convenio. La Comisión se remite nuevamente a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en el sector informal. La Comisión pide al Gobierno que comunique informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de una política del empleo.
7. La preparación de una memoria detallada que contenga respuestas a los puntos planteados en esta solicitud directa permitirá al Gobierno y a los interlocutores sociales evaluar la manera de alcanzar el objetivo de pleno empleo productivo establecido por el Convenio. La Comisión recuerda que la preparación de una memoria completa sobre la aplicación del Convenio puede exigir consultas con los demás ministerios o agencias gubernamentales interesados, como son, por ejemplo, los que se ocupan de la planificación, la economía y la estadística. El Gobierno puede igualmente estimar útil remitirse al Estudio general de 2004 sobre la promoción del empleo.
La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas sobre las cuestiones planteadas en su solicitud directa de 2001, que estaba redactada del modo siguiente:
1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período agosto de 1998-noviembre de 2000. El Gobierno señala los cambios que intervinieron desde 1998 cuando se verificó una desaceleración en el crecimiento del empleo como consecuencia de la crisis financiera internacional. El desempleo a nivel nacional alcanzó, a fines de 1999, el 8,9 por ciento - afectando particularmente a los jóvenes de 15 a 19 años (26,8 por ciento) y de 20 a 24 años (18,8 por ciento), así como a las mujeres (10,3 por ciento). La Comisión observa que se asignaron recursos para programas de mejoramiento urbano, de mejoramiento de barrios y del Ministerio de la Vivienda. Además, se duplicaron los subsidios de cesantía y aumentaron los recursos destinados a capacitación. Sin embargo, el crecimiento de la economía - según un análisis del Equipo técnico multidisciplinario de Santiago - no generó suficientes empleos, lo que se debería no sólo a las dificultades de la reactivación económica, sino también a la situación de las empresas pequeñas. Las empresas grandes habrían vuelto a contratar trabajadores a tasas importantes, mientras que el empleo de las empresas pequeñas se mantendría constante. Por su parte, el Gobierno concluye indicando que la crisis económica afectó en menor medida a Chile que al resto de los países de América Latina en términos de crecimiento, inflación y déficit fiscal. Sin embargo, los efectos de la crisis económica, desde 1999, se vienen trasladando al empleo. En estas circunstancias, la Comisión espera que se seguirán tomando en cuenta las disposiciones del Convenio y que se formulará y llevará a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido - como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. En este sentido, la Comisión confía en que, en su próxima memoria, el Gobierno tendrá a bien abordar los siguientes asuntos - también evocados en su solicitud directa de 1997: i) sírvase continuar brindando indicaciones sobre los programas ejecutados y los resultados alcanzados para satisfacer las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores, tales como las mujeres, los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones; ii) sírvase precisar las medidas de política de empleo que se hayan formulado y los programas que se están ejecutando, así como la medida en que las iniciativas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo. 2. La Comisión toma nota de que, según el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), las empresas usaron sólo el 35 por ciento de los recursos destinados a capacitación de los trabajadores. Sírvase indicar en qué medida se va alcanzando el objetivo de capacitar a un millón de trabajadores anualmente a partir de 2005. 3. Artículo 3. La Comisión se remite a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en el sector informal. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a que comunique informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de una política del empleo. 4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado conocimiento con interés de los estudios preparados por el Equipo técnico multidisciplinario de Santiago sobre políticas de empleo y subsidio a la contratación de mano de obra y ruega al Gobierno que se sirva indicar, en su próxima memoria, la acción emprendida como consecuencia de la asistencia brindada por la OIT en relación con la política del empleo o los factores que hayan impedido o retrasado tales acciones.
1. Artículos 1 y 2 del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período agosto de 1998-noviembre de 2000. El Gobierno señala los cambios que intervinieron desde 1998 cuando se verificó una desaceleración en el crecimiento del empleo como consecuencia de la crisis financiera internacional. El desempleo a nivel nacional alcanzó, a fines de 1999, el 8,9 por ciento - afectando particularmente a los jóvenes de 15 a 19 años (26,8 por ciento) y de 20 a 24 años (18,8 por ciento), así como a las mujeres (10,3 por ciento). La Comisión observa que se asignaron recursos para programas de mejoramiento urbano, de mejoramiento de barrios y del Ministerio de la Vivienda. Además, se duplicaron los subsidios de cesantía y aumentaron los recursos destinados a capacitación. Sin embargo, el crecimiento de la economía - según un análisis del Equipo técnico multidisciplinario de Santiago - no generó suficientes empleos, lo que se debería no sólo a las dificultades de la reactivación económica, sino también a la situación de las empresas pequeñas. Las empresas grandes habrían vuelto a contratar trabajadores a tasas importantes, mientras que el empleo de las empresas pequeñas se mantendría constante. Por su parte, el Gobierno concluye indicando que la crisis económica afectó en menor medida a Chile que al resto de los países de América Latina en términos de crecimiento, inflación y déficit fiscal. Sin embargo, los efectos de la crisis económica, desde 1999, se vienen trasladando al empleo. En estas circunstancias, la Comisión espera que se seguirán tomando en cuenta las disposiciones del Convenio y que se formulará y llevará a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido - como parte integrante de una política económica y social coordinada y en consulta con todos los sectores interesados. En este sentido, la Comisión confía en que, en su próxima memoria, el Gobierno tendrá a bien abordar los siguientes asuntos - también evocados en su solicitud directa de 1997:
i) sírvase continuar brindando indicaciones sobre los programas ejecutados y los resultados alcanzados para satisfacer las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores, tales como las mujeres, los jóvenes que ingresan en el mercado de trabajo, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por las reestructuraciones;
ii) sírvase precisar las medidas de política de empleo que se hayan formulado y los programas que se están ejecutando, así como la medida en que las iniciativas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo.
2. La Comisión toma nota de que, según el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE), las empresas usaron sólo el 35 por ciento de los recursos destinados a capacitación de los trabajadores. Sírvase indicar en qué medida se va alcanzando el objetivo de capacitar a un millón de trabajadores anualmente a partir de 2005.
3. Artículo 3. La Comisión se remite a sus anteriores comentarios en los que había puesto en relieve que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural y en el sector informal. La Comisión invita nuevamente al Gobierno a que comunique informaciones detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de una política del empleo.
4. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado conocimiento con interés de los estudios preparados por el Equipo técnico multidisciplinario de Santiago sobre políticas de empleo y subsidio a la contratación de mano de obra y ruega al Gobierno que se sirva indicar, en su próxima memoria, la acción emprendida como consecuencia de la asistencia brindada por la OIT en relación con la política del empleo o los factores que hayan impedido o retrasado tales acciones.
La Comisión toma nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. La Comisión espera que se envíe una memoria para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contenga informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa anterior, que estaba redactada del modo siguiente:
1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período que finaliza en julio de 1998 que contiene indicaciones detalladas en relación con su solicitud directa de 1997. La Comisión advierte que la probada eficacia de las políticas macroeconómicas gubernamentales coexiste con un porcentaje significativo de trabajadores (25 al 30 por ciento) que está empleado en puestos precarios, es decir, sin contratos o con contratos de trabajo temporales, escaso acceso a la seguridad social y baja productividad. Los datos transmitidos por el Gobierno revelan que, si bien el desempleo ha permanecido constante (con tasas más elevadas para las mujeres y los jóvenes), es preocupante la vulnerabilidad del mercado de trabajo chileno la cual proviene de las condiciones precarias de empleo de una porción importante de trabajadores. En consecuencia, la Comisión agradecería al Gobierno que su próxima memoria contenga las indicaciones que se requieren en el formulario de memoria para el Convenio sobre las medidas adoptadas con el fin de satisfacer todas las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores que desde hace muchos años tienen dificultades para encontrar empleo duradero como son las mujeres, los jóvenes, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por reestructuraciones. Sírvase asimismo indicar si se han fijado los objetivos de empleo en los planes y programas gubernamentales que actualmente se llevan a cabo y precisar las medidas de política del empleo que se han formulado y llevarán a cabo en futuros planes y programas de desarrollo (artículo 1 del Convenio). Sírvase indicar también la manera en que las medidas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo (artículo 2). 2. La Comisión ha tomado nota de que se ha aprobado la ley núm. 19518 por la cual se modifica el Estatuto de Capacitación. La Comisión advierte que las innovaciones más importantes del nuevo estatuto tienden a la ampliación de la cobertura y mejor focalización de las políticas de capacitación productiva, la creación del Fondo Nacional de Capacitación, administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y la creación de mecanismos de participación tripartita como el Consejo Nacional de Capacitación. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre los resultados alcanzados por los programas ejecutados por el SENCE para favorecer el empleo duradero de los trabajadores en períodos de ajuste. 3. La Comisión ruega al Gobierno que continúe facilitando informaciones sobre el empleo duradero creado en el marco de los distintos planes y programas mencionados en su memoria para favorecer la igualdad de oportunidades de las mujeres, la capacitación laboral de los jóvenes y la pequeña empresa. El Gobierno puede considerar útil consultar las disposiciones de la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189). 4. Artículo 3. La Comisión toma nota de las informaciones transmitidas sobre los eventos realizados por los foros regionales de desarrollo productivo. La Comisión vuelve a recordar que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo; y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural o en el sector informal. La Comisión invita al Gobierno a comunicar informaciones más detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de la política del empleo, tal como lo requiere esta importante disposición del Convenio.
1. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período que finaliza en julio de 1998 que contiene indicaciones detalladas en relación con su solicitud directa de 1997. La Comisión advierte que la probada eficacia de las políticas macroeconómicas gubernamentales coexiste con un porcentaje significativo de trabajadores (25 al 30 por ciento) que está empleado en puestos precarios, es decir, sin contratos o con contratos de trabajo temporales, escaso acceso a la seguridad social y baja productividad. Los datos transmitidos por el Gobierno revelan que, si bien el desempleo ha permanecido constante (con tasas más elevadas para las mujeres y los jóvenes), es preocupante la vulnerabilidad del mercado de trabajo chileno la cual proviene de las condiciones precarias de empleo de una porción importante de trabajadores. En consecuencia, la Comisión agradecería al Gobierno que su próxima memoria contenga las indicaciones que se requieren en el formulario de memoria para el Convenio sobre las medidas adoptadas con el fin de satisfacer todas las demandas de empleo que provienen de categorías desfavorecidas de trabajadores que desde hace muchos años tienen dificultades para encontrar empleo duradero como son las mujeres, los jóvenes, los trabajadores precarios y los trabajadores afectados por reestructuraciones. Sírvase asimismo indicar si se han fijado los objetivos de empleo en los planes y programas gubernamentales que actualmente se llevan a cabo y precisar las medidas de política del empleo que se han formulado y llevarán a cabo en futuros planes y programas de desarrollo (artículo 1 del Convenio). Sírvase indicar también la manera en que las medidas destinadas a fomentar el desarrollo económico o lograr otros objetivos económicos y sociales han tenido en cuenta su impacto sobre el mercado de trabajo (artículo 2).
2. La Comisión ha tomado nota de que se ha aprobado la ley núm. 19518 por la cual se modifica el Estatuto de Capacitación. La Comisión advierte que las innovaciones más importantes del nuevo estatuto tienden a la ampliación de la cobertura y mejor focalización de las políticas de capacitación productiva, la creación del Fondo Nacional de Capacitación, administrado por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE) y la creación de mecanismos de participación tripartita como el Consejo Nacional de Capacitación. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre los resultados alcanzados por los programas ejecutados por el SENCE para favorecer el empleo duradero de los trabajadores en períodos de ajuste.
3. La Comisión ruega al Gobierno que continúe facilitando informaciones sobre el empleo duradero creado en el marco de los distintos planes y programas mencionados en su memoria para favorecer la igualdad de oportunidades de las mujeres, la capacitación laboral de los jóvenes y la pequeña empresa. El Gobierno puede considerar útil consultar las disposiciones de la Recomendación sobre la creación de empleos en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189).
4. Artículo 3. La Comisión toma nota de las informaciones transmitidas sobre los eventos realizados por los foros regionales de desarrollo productivo. La Comisión vuelve a recordar que las consultas exigidas en virtud de esta disposición del Convenio deberían extenderse al conjunto de los aspectos de la política económica y social que tienen una incidencia sobre el empleo; y asociar, además de los representantes de los empleadores y de los trabajadores, a representantes de otros sectores de la población activa, tales como las personas que trabajan en el sector rural o en el sector informal. La Comisión invita al Gobierno a comunicar informaciones más detalladas sobre la manera en que se tiene plenamente en cuenta las experiencias y opiniones, cómo se logra la plena cooperación y se obtiene el apoyo necesario de los interlocutores sociales para la formulación de la política del empleo, tal como lo requiere esta importante disposición del Convenio.
1. La Comisión toma nota de la memoria comunicada por el Gobierno correspondiente al período que finaliza en junio de 1996. La Comisión advierte que a pesar de una tasa elevada de crecimiento de la actividad económica, la tasa de desempleo, que alcanzaba el 4,7 por ciento a fines de 1995, no ha disminuido durante el período considerado. Además, la Comisión observa la persistencia de problemas particulares que afectan a ciertas categorías de la población activa, en particular a los jóvenes menores de 25 años de edad, cuya tasa de desempleo es de 12 por ciento. A este respecto, la Comisión agradecería al Gobierno que comunique en sus próximas memorias datos estadísticos más detallados sobre el nivel y las tendencias de la evolución de la población activa, del empleo, del subempleo y del desempleo por sector de actividad, por sexo, edad y nivel de calificación, para todo el período considerado. La Comisión solicita asimismo al Gobierno que suministre informaciones sobre la duración del desempleo.
2. La Comisión toma nota de las indicaciones comunicadas por el Gobierno sobre los principales aspectos de su política económica y social destinada a favorecer el crecimiento en un contexto de estabilidad macroeconómica, la inserción en el comercio internacional, la modernización de las relaciones laborales, la mejora de las infraestructuras, el fortalecimiento de la competitividad en los mercados y la modernización de la gestión de las empresas públicas. La Comisión espera encontrar en la próxima memoria del Gobierno informaciones más precisas acerca de la contribución de cada una de esas políticas a la promoción del empleo. Además, la Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando informaciones detalladas sobre su política de formación profesional y la forma en que ésta está coordinada con las perspectivas del empleo.
3. La Comisión observa que el número de beneficiarios de los diferentes planes y programas de política del mercado de trabajo destinados, en particular, a favorecer el empleo de las mujeres y la inserción de los jóvenes ha aumentado significativamente durante el período considerado. La Comisión agradecería al Gobierno que completara las informaciones sobre el gasto incurrido y el número de participantes, transmitiendo una evaluación de los resultados obtenidos gracias a esos planes y programas en términos de inserción efectiva y duradera de los interesados en el empleo productivo.
4. Artículo 3 del Convenio. La Comisión toma nota de las indicaciones relativas a la celebración de foros de desarrollo productivo que asocian a los representantes de los empleadores y de los trabajadores, que se han referido, entre otros temas, al empleo y a las relaciones laborales. La Comisión solicita al Gobierno se sirva seguir comunicando informaciones detalladas sobre el efecto dado a esta importante disposición del Convenio, precisando la frecuencia de las reuniones mencionadas, las cuestiones inscritas en el orden del día, las opiniones recogidas y la manera en que éstas han sido consideradas.
La Comisión toma nota de que no ha sido recibida la correspondiente memoria. La Comisión espera que una memoria será enviada para examinarla en su próxima reunión y que dicha memoria contendrá informaciones completas acerca de las cuestiones planteadas en su solicitud directa anterior que estaba así redactada:
La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período comprendido entre julio de 1992 y junio de 1994, así como de la respuesta a los comentarios formulados por la Comisión en 1994.
1. El Gobierno indica que ha continuado manteniendo una política activa destinada a fomentar el empleo productivo y libremente elegido, procurando que el desarrollo continuo y la expansión de la actividad económica traigan a la par la creación de nuevas fuentes de trabajo y consecuentemente disminuyan las tasas de desocupación. La tasa de desocupación del trimestre abril-junio de 1993 alcanzó al 4,7 por ciento (4,9 por ciento para igual período en 1992). El Gobierno declara que se debía tener en cuenta que, si bien había disminuido la desocupación y aumentado los empleos, existían grupos específicos a los cuales les afecta en mayor medida tanto los niveles de desocupación como el tipo de empleos para quienes acceden al mercado. La tasa de desocupación de los jóvenes alcanza niveles del orden del 11 por ciento y en las mujeres del orden del 6,6 por ciento. Estas dos categorías de trabajadores acceden generalmente - según indica el Gobierno - a los puestos de trabajo menos valorados y en condiciones de mayor precariedad. El Gobierno ha diseñado un Plan de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y un Programa de Capacitación Laboral de Jóvenes.
2. El Gobierno declara haber definido una estrategia de desarrollo basada en el crecimiento con equidad y que la aplicación de políticas macroeconómicas tienen por objeto (entre otros) disminuir la inflación, crecer a un ritmo del 5,5 por ciento, alcanzar un crecimiento del empleo del orden del 2,5 por ciento anual y de la productividad laboral del 3 por ciento. Por su parte, en un análisis más reciente de la Oficina Regional para América Latina y el Caribe de la OIT (Avance panorama laboral 1995. Primer semestre), se indica que las políticas de afinamiento para evitar que el crecimiento perjudique los logros sobre el control de la inflación que se han practicado en Chile en 1994, condujeron a una disminución del crecimiento económico acompañado de un mayor desempleo. Sin embargo, en 1995 el crecimiento esperado del producto se aceleró al 6,5 por ciento (en comparación con el 4,2 por ciento registrado en 1994), y la inflación en doce meses (julio de 1994/julio de 1995) continuó disminuyendo al 7,9 por ciento (inferior a la del año anterior, que se situaba en 8,9 por ciento). Se advertía también que el desempeño del mercado laboral ha sido positivo: disminuía la tasa de desocupación del segundo trimestre de 1995 (6,3 por ciento, en 1994; 5,7 por ciento, en 1995) y aumentaba el poder adquisitivo de los salarios industriales y de los salarios mínimos.
3. Por su parte, el Gobierno declara que alcanzar el pleno empleo, de por sí, es una meta muy difícil de lograr. Sin embargo, el desarrollo y ejecución de las políticas y programas derivados de la estrategia de desarrollo, han permitido obtener tasas de desempleo muy bajas aunque existen todavía dificultades respecto de la calidad de los empleos, los niveles de remuneración productivos y las condiciones en que los trabajadores allí se desempeñan. El Gobierno se propone fortalecer las actividades de fiscalización y de orientación sobre la legislación laboral, aumentar la productividad de los empleos, entre otras cosas, a través de la capacitación laboral permanente y el profesionalismo de las ocupaciones, lo que redundará en mejores remuneraciones. La Comisión se permite invitar al Gobierno a que considere la utilidad de referirse a los instrumentos sobre el desarrollo de los recursos humanos (estrechamente relacionados con los de la política del empleo) adoptados por la Conferencia en 1975 (Convenio núm. 142 y Recomendación núm. 150) así como a su Estudio general de 1991. En la memoria anterior, el Gobierno ya había mencionado una propuesta de modificación del Reglamento de Capacitación y Empleo con el propósito de establecer un sistema con procedimientos de consulta oficiales en la materia. La Comisión reitera su interés por recibir informaciones sobre los avances registrados al respecto.
4. La Comisión, que desde hace muchos años formula comentarios sobre la aplicación del Convenio, está en condiciones de apreciar plenamente los logros que en materia de política del empleo se han alcanzado en el marco de una política económica y social coordinada. Confía en que las próximas memorias del Gobierno continuarán comunicando las informaciones que requiere el formulario de memoria, sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo, y en la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores desfavorecidos que tengan dificultades para encontrar un empleo duradero (mujeres, jóvenes, trabajadores de edad madura, desempleados durante un largo período, trabajadores afectados por reestructuraciones, tales como los del sector del carbón; indígenas). Sírvase indicar además el grado en que se han alcanzado los objetivos de crecimiento del PIB, del empleo y de la productividad laboral mencionados por el Gobierno en su memoria. Ruega, en especial, al Gobierno tener a bien describir, en su próxima memoria, los procedimientos adoptados para garantizar que las medidas principales de política del empleo sean decididas y revisadas regularmente en el marco de una política económica y social coordinada (artículos 1 y 2 del Convenio).
5. El Gobierno declara que la política laboral comprende tres aspectos fundamentales: equidad, modernización y concertación sociales. En relación con la concertación social, la Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, tenga a bien incluir indicaciones sobre los resultados alcanzados en materia de política del empleo como consecuencia de consultas celebradas para tener plenamente en cuenta las experiencias y opiniones de los representantes de las personas interesadas - incluyendo representantes de otros sectores de la población, tales como quienes se encuentran en el sector rural y en el sector no estructurado. La Comisión apreciaría que se precise si se ha logrado el apoyo de empleadores y trabajadores para alcanzar tanto los objetivos del empleo, en el sentido del Convenio, como los demás objetivos económicos y sociales (artículo 3).
En relación con los comentarios que figuran en su observación sobre este Convenio, la Comisión solicita al Gobierno se sirva comunicar en su próxima memoria informaciones sobre los puntos siguientes:
1. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre las actividades del sistema público de oficinas de colocación, así como sobre las que llevan a cabo organismos privados de colocación, indicando si se han tomado o previsto medidas para mejorar la eficacia de la colocación y contratación de quienes solicitan empleo, principalmente mediante el servicio público y gratuito de colocación.
2. Sírvase indicar qué resultados ha tenido el plan de reconversión laboral de los trabajadores del carbón y otras medidas adoptadas para atender a la necesidad de ofrecer un empleo duradero a los trabajadores afectados por la reconversión industrial.
3. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre la aplicación del Programa de Formación para los Jóvenes e indicar en qué medida los objetivos previstos para el período 1991-1994 han sido alcanzados o están a punto de serlo. En particular, la Comisión agradecería al Gobierno que comunicase información sobre los resultados de las evaluaciones efectuadas sobre su incidencia efectiva en los programas de formación.
4. Artículo 3 del Convenio. El Gobierno menciona en su memoria una propuesta de modificación del Reglamento del Estatuto de Capacitación y Empleo con el propósito de establecer un sistema con procedimientos oficiales en la materia. La Comisión agradecería al Gobierno se sirva comunicar informaciones sobre cómo se aseguran las consultas, refiriéndose en su caso a las disposiciones pertinentes de los instrumentos de la OIT sobre el desarrollo de los recursos humanos (Convenio núm. 142 y Recomendación núm. 150).
La Comisión agradecería al Gobierno se sirva continuar comunicando informaciones detalladas sobre las consultas celebradas con organizaciones de empleadores y de trabajadores, destacando las que se hayan llevado a cabo sobre políticas del empleo y precisando eventuales consultas mantenidas con representantes de otros sectores de la población económicamente activa, como las personas ocupadas en el sector rural y en el sector informal urbano (SIU).
5. Sírvase continuar comunicando informaciones sobre las acciones emprendidas por el Servicio Nacional de la Mujer, la Oficina Nacional de Retorno y la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena.
6. Por último, la Comisión agradecería al Gobierno se sirviera continuar informando sobre las medidas tomadas como consecuencia de los proyectos de cooperación técnica del PREALC, no sólo con respecto a proyectos específicos en materia de empleo sino también con investigaciones llevadas a cabo por el Ministerio de Planificación y Cogestión para evaluar las repercusiones de la política macroeconómica en la distribución de los ingresos y cuantificar la incidencia de la acción del Gobierno en la consecución de su objetivo central de desarrollo y equidad.
1. La Comisión toma nota con interés de la memoria del Gobierno para el período 1990-1992, que contiene un análisis pormenorizado de los problemas y las políticas del empleo, así como las informaciones solicitadas en comentarios anteriores.
2. En relación con su observación precedente, la Comisión ha tomado nota de la continuación de la tendencia a que mejore la situación del empleo y del mercado de trabajo. Tras una disminución en 1990, como resultado de la política de ajuste para hacer frente a presiones inflacionistas, el empleo volvió a aumentar a partir de 1991 (más de 100.000 nuevos puestos de trabajo fueron creados en ese año, habiendo aumentado la población activa ocupada en más de 200.000 personas entre 1991 y 1992). El Gobierno destaca el carácter productivo de los empleos creados (el 70 por ciento de los nuevos empleos se han creado en los sectores industriales y en la construcción) y su concentración en el sector estructurado (sólo un cuarto de los nuevos empleos corresponden a actividades del sector no estructurado). La tendencia hacia una disminución de la desocupación, ya señalada, no se ha interrumpido pues la tasa de desempleo descendió a casi un 5 por ciento de la población activa en abril-junio de 1992, situación que el Gobierno califica de "próxima del pleno empleo". En cuanto a la remuneración y distribución de los ingresos, los datos que figuran en la memoria ponen de manifiesto una progresión de los salarios reales (4,5 por ciento durante el último año) que se estima ha favorecido fundamentalmente a los salarios más bajos y que en parte son resultado de una serie de acuerdos tripartitos sobre cuestiones económicas y sociales.
3. La Comisión ha recibido comentarios sobre la memoria del Gobierno del Programa Regional de Empleo para América Latina y el Caribe (PREALC) que corroboran globalmente los análisis y evaluaciones de dicha memoria. Sin embargo, el PREALC señala que aún subsisten algunos problemas de mercado de trabajo, como el elevado porcentaje de trabajadores ocupados en empleos de escasa productividad, en regiones o industrias en crisis (como la del carbón), de trabajadores temporeros en la agricultura, y el desempleo de los jóvenes. El Gobierno no oculta que le sigue preocupando el problema del desempleo de los jóvenes, cuya tasa (11 por ciento) es el doble de la tasa que corresponde al total de la población activa y que afecta principalmente a los hogares jóvenes de menos recursos.
4. El Gobierno atribuye estos resultados a la aplicación de una política activa de empleo y recursos humanos en el marco de un programa económico cuyo objetivo es conciliar el desarrollo con la equidad. Los indicadores económicos, en especial una tasa de crecimiento anual del producto del 7 por ciento anual, al igual que los antes mencionados del mercado de trabajo (empleo y desocupación) ponen de manifiesto los progresos registrados durante el período considerado. La Comisión aprecia además las informaciones sobre el desarrollo de procedimientos de consulta y el nuevo vigor que ha adquirido el diálogo social, al parecer centrado más en cuestiones de salarios y remuneraciones que en el empleo, pero cuya evolución se orienta sin embargo en el sentido de las disposiciones del artículo 3 del Convenio. También toma nota con interés de las diversas actividades de cooperación técnica del PREALC y de las medidas tomadas en consecuencia, que concurren a la aplicación del Convenio.
5. La Comisión agradecería al Gobierno se sirva continuar informando en su próxima memoria sobre cómo se han continuado realizando los objetivos del empleo según se les define en el artículo 1, por medio de medidas que, a tenor del artículo 2, se deben determinar y revisar regularmente como parte integrante de una política económica y social coordinada.
Por otra parte, en una solicitud directa, la Comisión expresa su deseo de contar con informaciones complementarias sobre algunos otros puntos, en especial la incidencia, aún difícil de evaluar como lo confirma el PREALC, de las políticas o de instrumentos específicos para las ya mencionadas categorías de trabajadores y grupos de población, que continúan teniendo dificultades en el mercado de trabajo.
1. La Comisión ha tomado nota de la memoria del Gobierno para el período comprendido entre julio de 1988 y junio de 1990. La memoria incluye un detallado análisis, preparado por el Ministerio de Planificación y Cooperación sobre el empleo y las políticas del empleo. Asimismo, la Comisión ha recibido comentarios del Programa Regional para el Empleo en América Latina y el Caribe (PREALC), coincidentes en destacar que los cambios en el empleo y los salarios han sido positivos durante el período considerado.
2. Siguiendo con una tendencia iniciada a principios de la década (cuando el desempleo ajustado llegó a alcanzar, en 1982-1983, el 28 por ciento), el empleo aumentó con rapidez hasta mediados de 1989. Hasta 1990, la tasa de crecimiento del empleo se redujo sensiblemente, debido a la política de ajuste que debió adoptarse para enfrentar las presiones inflacionarias. Durante 1988-1990, la ocupación aumentó un 7,4 por ciento, lo que permitió que la tasa de desempleo abierto descienda de 9,1 por ciento al 6,5 por ciento. El Gobierno indica que el centro del problema se ha desplazado desde el desempleo abierto a la informalidad de los empleos, así como a los bajos salarios que perciben una parte importante de la población. Se afirma que la pobreza es el principal problema social, y que el problema del empleo es la causa principal de la pobreza. La política laboral del Gobierno apunta a mantener una baja tasa de desempleo abierto, mejorar la calidad de los empleos actuales y a modificar las normas que regulan las relaciones entre las partes sociales. En este sentido, se han aprobado diversas leyes modificatorias del Código del Trabajo de 1987, señaladamente en relación con la terminación del contrato de trabajo y estabilidad en el empleo; con las centrales sindicales; y con las organizaciones sindicales y la negociación colectiva. La Comisión confía en que el Gobierno se servirá incluir en la próxima memoria indicaciones sobre las relaciones que se han establecido entre los objetivos de una política "activa" del empleo, tal como lo requieren las disposiciones de los artículos 1 y 2 del Convenio, y los demás objetivos económicos y sociales del Gobierno.
3. El Gobierno indica que, entre las medidas destinadas a armonizar la oferta y demanda de mano de obra a nivel nacional, funciona un sistema público y gratuito de oficinas de colocación. Se han reestructurado las actuales oficinas municipales de colocación, y se lleva a cabo un plan piloto que pone énfasis en las acciones de orientación profesional dirigidas a personas jóvenes. Se ha diseñado un programa que permite la capacitación de personas jóvenes en empresas combinando la formación con períodos de trabajo en los establecimientos. En este sentido, la Comisión se permite recordar la atención que ha prestado en su Estudio general de 1991 a los instrumentos internacionales del trabajo relativos al desarrollo de los recursos humanos, y confía en que el Gobierno continuará brindando indicaciones sobre el efecto de las medidas adoptadas para coordinar las políticas de enseñanza y formación profesional con la prospección de las oportunidades de empleo.
4. La Comisión le estaría reconocida al Gobierno que se sirva también incluir indicaciones sobre las medidas destinadas a satisfacer las necesidades de categorías particulares de trabajadores, tales como las que promueve el Servicio Nacional de la Mujer y la Oficina Nacional de Retorno para los trabajadores migrantes. Sírvase también incluir informaciones sobre las medidas adoptadas o previstas en pro de los trabajadores de edad madura, los trabajadores minusválidos, y de las poblaciones indígenas.
5. Artículo 3. El Gobierno destaca en su memoria que se busca combinar dos objetivos: la flexibilidad para que los empresarios puedan adaptar su empresa a los cambios del mercado con mayor estabilidad en el empleo, más organización sindical y mayor poder de negociación de los trabajadores, para asegurar una adecuada distribución de los beneficios del desarrollo. El proceso de reforma de la legislación del trabajo se inició en un acuerdo marco entre la Confederación de la Producción y del Comercio, la Central Unitaria de Trabajadores y las autoridades gubernamentales. Informa también que se han creado en las diversas regiones del país comités integrados por representantes de trabajadores y de empleadores. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, incluya indicaciones sobre el objeto de las consultas, recordando que, en cuanto al propósito de las consultas, dispone el Convenio que se consultará a los representantes de las personas interesadas "en relación con la política del empleo... con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones y, además, de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución". Sírvase también precisar si se han celebrado consultas con representantes de otros sectores de la población económicamente activa tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector informal urbano (SIU).
6. Parte V del formulario de memoria. La Comisión ha tomado nota con interés que PREALC está colaborando con el Ministerio de Hacienda, en preparar el programa de capacitación de jóvenes; con el Ministerio del Trabajo y Previsión Social, en la evaluación de los efectos del aumento del salario mínimo; con el Ministerio de Planificación y Cooperación, en determinar los efectos sociales de la política microeconómica; y con el Fondo de Solidaridad e Inversión Social, en evaluar los mecanismos de crédito para microempresas. La Comisión confía en que, en su próxima memoria, el Gobierno se servirá incluir indicaciones sobre la acción emprendida como consecuencia del asesoramiento recibido de PREALC.
1. La Comisión ha tomado nota de la memoria detallada del Gobierno correspondiente al período comprendido de julio de 1986 a junio de 1988. En su precedente observación, la Comisión había solicitado al Gobierno que se prestara especial atención a las informaciones sobre la evolución del empleo en los sectores público y privado, a la parte que corresponde al sector informal en la creación de empleos, a la situación de los jóvenes con instrucción en lo que se refiere al desempleo, a la evolución del empleo productivo y al obtenido por medio de programas especiales, tales como el Programa de Empleo Mínimo (PEM) y el Programa de Empleo de Jefes de Hogar (POJH). Además, la Comisión había expresado su preocupación por las medidas adoptadas por el Gobierno en relación con su capacidad para asegurar que el sistema de educación y formación responda a las necesidades de mano de obra de la economía nacional, y, simultáneamente, los individuos tengan las posibilidades de adquirir las calificaciones necesarias y puedan utilizarlas en los empleos que les convengan, como lo requiere el artículo 1 del Convenio.
2. En lo que se refiere a las medidas de política global, el Gobierno ha transmitido un análisis que contiene informaciones sobre la coordinación de las políticas arancelarias, fiscal, crediticia y tributaria y de sus resultados en materia de política del empleo, elaborado por la Oficina de Planificación Nacional (ODEPLAN). En dicho documento se afirma que para enfrentar el problema de la deuda en forma realista y buscando mecanismos tendientes a aminorar su carga financiera, se buscó un ajuste con crecimiento. Considerando la existencia de un mercado secundario de deuda externa chilena, se diseño un mecanismo que autorizaba su capitalización mediante la conversión de títulos de deuda externa por obligaciones domésticas, pretendiéndose que estos incentivos a la inversión derivados de los mecanismos de conversión de deuda se constituyeran en un importante estímulo al empleo en el mediano plazo, y posibilitasen incrementos en las remuneraciones reales. Al evaluar los resultados de la estrategia adoptada para superar el costo de la crisis económica de 1982, ODEPLAN indica que la recuperación de la actividad económica (tasa de crecimiento sostenida vecina al 5 por ciento anual desde 1984) y en especial el auge del sector exportador, han permitido reducir considerablemente el problema del desempleo. Los datos comunicados por el Gobierno manifiestan, para el período julio de 1987 a septiembre de 1988, un aumento del 6,4 por ciento de la cantidad de personas empleadas, un descenso del 8,2 por ciento de la cantidad de desempleados y del 3,4 por ciento de la tasa de desempleo, estimada al 8,7 por ciento de la población activa en 1988. Los datos transmitidos por el Programa Regional para el Empleo en América Latina y el Caribe (PREALC), confirman esta evolución en el campo del empleo y del desempleo, pero indican que este mejoramiento no fue acompañado de una recuperación igualmente significativa de los salarios reales; las remuneraciones de la mayor parte de los trabajadores, en especial los de la construcción, de la agricultura y de los menos calificados, permanecieron muy deprimidos. Paralelamente, el número de personas adscriptas a los programas gubernamentales de empleo, que superaba los 500 000 trabajadores en 1983, también disminuyó drásticamente. En septiembre de 1988, 5 413 personas estaban adscriptas al PEM y 20 583 personas al POJH. En una memoria general correspondiente al período que terminó el 30 de junio de 1989, el Gobierno declara que en el mes de diciembre de 1989 se puso término a los programas PEM y POJH, correspondiendo lo anterior a un traspaso de los adscriptos de estos programas hacia empleos estables y productivos.
3. En lo que se refiere a las políticas de enseñanza y de formación profesional, la memoria del Gobierno describe el "programa de empresas" - que permite descontar parte del costo de las acciones de capacitación del personal - y los programas de capacitación ocupacional administrados por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE). El Gobierno indica que al interior de cada universidad e instituto profesional se confrontan las carreras profesionales ofrecidas con aquellas demandadas por los alumnos. Declara, además, que no se han generado, como consecuencia de los despidos de docentes, casos de alumnos sin matrícula, puesto que, como criterio de racionalización, se determinó mantener la relación alumno/profesor proporcional a las necesidades detectadas en cada comuna. El Gobierno brinda informaciones sobre la cantidad de docentes despedidos (6 118 docentes), precisando que los despidos efectivos han representado tan sólo el 2,5 por ciento del total de docentes del sector educación. Al respecto, la Comisión recuerda que la Comisión de la Conferencia, en su reunión de 1987, compartió, en particular, sus preocupaciones relacionadas con el despido de docentes y con los aspectos de las políticas de educación y de formación en tanto que elementos de una política del empleo. Por otra parte, el Comité de Libertad Sindical instó al Gobierno a que estudie la posibilidad, dentro de las normas de flexibilidad instauradas para la reintegración de docentes, de considerar particularmente el caso de los dirigentes sindicales docentes que habían sido despedidos.
4. La Comisión agradecería al Gobierno que continúe ofreciendo informaciones sobre los asuntos planteados en esta observación, así como las indicaciones que requiere el formulario de memoria para los artículos 1, 2 y 3 del Convenio sobre las nuevas medidas de política del empleo adoptadas para promover los objetivos del Convenio. Confía en que se incluirán, en particular, informaciones sobre la política de ingresos y salarial, las medidas destinadas a armonizar la oferta y la demanda de mano de obra a cambios estructurales, las políticas en materias de enseñanza y formación profesional y las disposiciones que garantizan que cada trabajador tenga todas las posibilidades de adquirir la formación necesaria. La Comisión agradecería asimismo al Gobierno que describa las medidas destinadas a satisfacer las necesidades de categorías particulares de trabajadores (mujeres, jóvenes, trabajadores minusválidos, poblaciones indígenas, etc.). Finalmente, agradecería al Gobierno que comunique informaciones complementarias sobre los procedimientos adoptados para garantizar que los efectos en el empleo de las medidas tomadas para fomentar el desarrollo económico y lograr otros objetivos económicos y sociales son tomados en consideración (artículo 2), así como también sobre las consultas con los representantes de las organizaciones profesionales en relación con la política del empleo, haciendo particular referencia a las consultas con representantes de otros sectores de la población activa tales como los que trabajan en el sector rural y en el sector no estructurado (artículo 3).