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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2023, Publicación: 112ª reunión CIT (2024)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Costa Rica (Ratificación : 1966)

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La Comisión toma nota de las observaciones de la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones de la Empresa Privada (UCCAEP), trasmitidas por el Gobierno en su memoria. Asimismo, toma nota de las observaciones de la Confederación de Trabajadores Rerum Novarum (CTRN), la Confederación Costarricense de Trabajadores Democráticos (CCTD), la Confederación Movimiento de Trabajadores Costarricenses (CMTC), la Confederación General de Trabajadores (CGT) y la Confederación Unitaria de Trabajadores (CUT), así como de las observaciones de la Confederación Sindical Internacional (CSI), recibidas el 1.º de septiembre de 2023. La Comisión pide al Gobierno que envíe sus comentarios respecto a estas últimas.
Artículo 1 del Convenio. Micro, pequeñas y medianas empresas (mipymes). Economía informal. El Gobierno indica que, según datos del Banco Central de Costa Rica (BCCR), en 2019 las pequeñas y medianas empresas (pymes) representaban el 97,4 por ciento del tejido empresarial. El Gobierno añade que contribuyen en un 34 por ciento al producto interior bruto (PIB) y que, de cada 100 empleos, 33 son generados por las pymes. El Gobierno destaca, por lo tanto, la importancia de estas empresas para hacer crecer la economía, el empleo formal y para asegurar una distribución más equitativa de los ingresos y de la riqueza. No obstante, el Gobierno indica que el 80 por ciento de las empresas son microempresas, las cuales arrastran una serie de debilidades y brechas en términos de gestión empresarial. Al respecto, el Gobierno reitera en su memoria la información relativa a las distintas iniciativas implementadas con el objetivo de impulsar el crecimiento de las mipymes y mejorar la competitividad de los emprendimientos, incluida la implementación del Política Nacional de Empresariedad (PNE) y de diferentes programas por parte de la Dirección General de Pequeña y Mediana Empresa (DIGEPYME). Por último, la Comisión observa, con base en el Sistema de Información Empresarial Costarricense (SIEC), que el número de pymes registradas continuó aumentando, entre 2019 y 2020, de 20 127 a 27 870. La Comisión subraya que, como se reconoce en la Recomendación sobre la creación de empleo en las pequeñas y medianas empresas, 1998 (núm. 189), la creación de un entorno favorable para el surgimiento de micro, pequeñas y medianas empresas sostenibles es una fuente para la creación de trabajo decente y productivo, y representa un componente clave para la eficacia de las estrategias de formalización. La Comisión pide al Gobierno que continúe proporcionando información detallada y actualizada, incluyendo información estadística, desglosada por edad y sexo, sobre el impacto de las políticas adoptadas por el Gobierno en favor de las mipymes y de las cooperativas en la generación de empleo. Asimismo, pide al Gobierno que continúe enviando información detallada y actualizada sobre los resultados de dichos programas en relación con la disminución de la tasa de informalidad.
Coordinación de la política de enseñanza y formación profesional con las oportunidades de empleo. La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno relativa a las medidas, programas y políticas implementados para promover la obtención de aprendizaje y habilidades con miras a fomentar la empleabilidad en el marco de un entorno laboral cambiante. El Gobierno se refiere, entre otras medidas, a la implementación del Marco Nacional de Cualificaciones (MNC), que norma las cualificaciones y las competencias asociadas a partir de un conjunto de criterios técnicos con el fin de orientar la formación, clasificar las ocupaciones y empleo, de conformidad con la dinámica del mercado de trabajo. El Gobierno indica que las empresas participan en la construcción de estándares de cualificación para asegurar que responden a las necesidades de los sectores. Asimismo, posibilita la cooperación entre los diferentes actores sociales relacionados con la educación y formación profesional, los empleadores, centros de formación y la sociedad civil. Por otro lado, el Gobierno indica que la Ley de Educación y Formación Técnica Dual, N°9728 de 2019 fue aprobada tras seis años de diálogo social y búsqueda de consenso entre diversos actores. La Comisión toma nota de las acciones llevadas a cabo con miras a implementar la señalada Ley, tales como la formulación y monitoreo de Estrategias Institucionales en Formación Dual, así como la celebración de foros de formación dual con la participación de empresas y de campañas informativas para divulgar sus resultados. La Comisión toma nota de que, por su parte, la CTRN, la CMTC, la CGT, la CCTD y la CUT afirman en sus observaciones que la Ley N°9728 fue adoptada de manera unilateral por el Gobierno y las organizaciones de empleadores, al margen del Consejo Superior del Trabajo y de la mesa tripartita creada en 2017 con el apoyo técnico de la OIT para orientar la elaboración de la nueva Ley. Señalan que la Ley implanta un modelo que crea condiciones precarias para los aprendices, quienes carecen de seguridad social, derechos y salario proporcional. Asimismo, en su estructura de gobernanza hay una Comisión Asesora, con carácter consultivo, conformada por 11 personas; de las cuales tan solo una procede del sector sindical.
La Comisión toma nota también de las medidas implementadas con miras a coordinar la oferta formativa con las demandas del mercado laboral, tales como la firma de convenios de cooperación entre la Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR) y el Instituto Nacional de Aprendizaje (INA). Por último, el Gobierno indica que, tras la celebración de un foro de diálogo social en el que participaron numerosos actores, incluidos representantes de los interlocutores sociales, se adoptó la Ley núm. 9931 de 2021 denominada «Fortalecimiento de la formación profesional para la empleabilidad, la inclusión social y la productividad de cara a la revolución industrial 4.0 y el empleo del futuro». Dicha Ley incorpora la empleabilidad como uno de los ámbitos de acción sustantivos del INA. La Comisión observa, no obstante, que el Gobierno no proporciona información sobre el impacto de las medidas implementadas. Por consiguiente, la Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que envíe información detallada y actualizada, incluyendo información estadística desagregada por edad y sexo, sobre el impacto de las medidas adoptadas para promover la educación dual en términos de inserción laboral de los participantes. Pide también al Gobierno que proporcione información estadística, desagregada por sexo y edad, sobre la naturaleza y el impacto de las medidas adoptadas o previstas con miras a coordinar la política de enseñanza y formación profesional con las oportunidades de empleo.
Empleo juvenil y de mujeres. La Comisión toma nota de que el Gobierno indica que en 2022 se llevó a cabo una reforma del Programa Nacional de Empleo (PRONAE), con miras a priorizar en las acciones implementadas a los jóvenes, las mujeres y otros grupos de población más afectados por el desempleo para potenciar su empleabilidad. El Gobierno informa de que, en febrero de 2023, se contó con la asistencia del Banco Interamericano de Desarrollo (BID) para establecer instrumentos estratégicos y operativos para medir el impacto de la modalidad «Empléate» del PRONAE. Adicionalmente, se creó un nuevo servicio dentro del PRONAE denominado «Búsqueda Activa de Empleo», por el que otorga transferencias monetarias condicionadas a jóvenes y mujeres que se encuentran activamente en busca de empleo. En relación con el empleo de mujeres, el Gobierno indica de manera general que la brecha de género disminuyó entre 2019 y 2022, gracias a, entre otras medidas, acciones de capacitación en igualdad de género, la mejora de las condiciones económicas y el avance de los derechos políticos de las mujeres. La Comisión observa, sin embargo, que el Gobierno no proporciona información sobre el resultado de las medidas adoptadas con miras a promocionar el empleo entre los jóvenes y las mujeres. La Comisión reitera su solicitud al Gobierno de que envíe información detallada y actualizada sobre el impacto de las medidas para promover el empleo juvenil, así como aquellas destinadas a fomentar el empleo entre las mujeres, incluyendo información estadística desagregada por edad y sexo. Asimismo, reitera su solicitud al Gobierno de que envíe información sobre las medidas concretas adoptadas para reducir la segregación ocupacional horizontal y vertical por motivo de género, y sobre los resultados obtenidos al respecto.
Personas con discapacidad. La Comisión toma nota de la información incluida en la memoria del Gobierno sobre las medidas implementadas para promocionar el empleo entre las personas con discapacidad, tales como la elaboración de un plan estratégico de aceleración de la implementación de la cuota de contratación de personas con discapacidad del 5 por ciento en el sector público. Asimismo, en 2019, se creó la Comisión Nacional para la Empleabilidad y el trabajo de las personas con discapacidad, que da seguimiento y acompañamiento a la implementación de las políticas públicas inclusivas para la empleabilidad, el empleo y el trabajo de las personas con discapacidad. La Comisión observa que en dicha Comisión Nacional participan representantes de los interlocutores sociales y de personas con discapacidad. Por último, el Gobierno indica que 348 personas con discapacidad accedieron al mercado de trabajo gracias a la intermediación laboral o estrategias en el sector empresarial impulsadas por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), superando la meta establecida en el Plan Nacional de Desarrollo e Inversión Pública (PNDIP) 2019-2022. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información actualizada y detallada, desagregada por sexo y edad, sobre el impacto de las medidas de empleo, incluidas las medidas de ajustes razonables y de implementación de la cuota del 5 por ciento en el sector público, que se han adoptado para ayudar a las personas con discapacidad a conseguir empleos sostenibles y decentes en el mercado regular de empleo, así como permanecer o reintegrarse en el empleo.
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