ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Caso individual (CAS) - Discusión: 2023, Publicación: 111ª reunión CIT (2023)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - Nepal (Ratificación : 2002)

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

2023-NPL-182-Sp

Información escrita proporcionada por el Gobierno

El Gobierno subraya que el artículo 39 de la Constitución de Nepal garantiza los derechos de los niños al prever que ningún niño podrá ser empleado en fábricas, minas o cualquier otro trabajo peligroso. Los datos existentes recopilados a través de la Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Nepal 2017-2018 indican que el trabajo infantil en Nepal se ha reducido considerablemente, ya que el número de niños ocupados en trabajo infantil ha pasado de 1,6 millones en 2008 a 1,1 millones en 2018. Sin embargo, estas cifras siguen siendo muy altas. Por este motivo, el Gobierno ha estado llevando a cabo intervenciones eficaces y eficientes. A través del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MoLESS), el Gobierno de Nepal ha formulado el Plan director nacional para la eliminación del trabajo infantil 2018-2028. En 2022, el Ministerio inició su plan de acción. Las funciones de ejecución se asignan a las administraciones federales, provinciales y locales, y a las partes interesadas pertinentes. Este año, el MoLESS y la OIT en Nepal han organizado conjuntamente una consulta con las partes interesadas sobre la revisión de la lista de ocupaciones peligrosas para los niños. Los participantes en el taller representaron a las organizaciones de la sociedad civil, los sindicatos, las organizaciones de empleadores, los organismos de las Naciones Unidas y los asociados para el desarrollo. El MoLESS también creó un Comité Tripartito Técnico para revisar la lista de ocupaciones peligrosas, y recomendó su inclusión en el proceso de enmienda de la Ley sobre el Trabajo Infantil (Prohibición y Regulación), de 2000. El Gobierno está realizando asimismo un estudio y un examen de los modelos actuales de rehabilitación de los niños librados del trabajo infantil en Nepal, con la intención de hacerlos más sostenibles, económicos y centrados en los niños. Los resultados del estudio proporcionarán orientaciones claras para que todas las oficinas del trabajo comiencen a rescatar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y les proporcionen el apoyo y los cuidados adecuados. El Gobierno ha llevado a cabo el programa «Declaración a nivel local libre de trabajo infantil». Más de 100 administraciones locales han manifestado su interés en una declaración libre de trabajo infantil. Este es un enfoque basado en zonas, y está dirigido a determinadas zonas geográficas con el objetivo de abordar todas las formas de trabajo infantil, incluidas las peores formas. Se trata de una estrategia gubernamental para lograr zonas libres de trabajo infantil, y tiene por objeto llegar a las 753 zonas locales y conseguir que participen las administraciones locales.

El Gobierno está comprometido a poner fin a todas las formas de trabajo forzoso. Aprovechamos esta oportunidad para poner de relieve que, en 2022, Nepal declaró libres a los trabajadores en régimen de servidumbre (haruwa charuwa, que es el trabajo en régimen de servidumbre basado en la agricultura). Las leyes y las políticas existentes han garantizado los derechos de estas personas. En años recientes, se han adoptado una serie de medidas administrativas para fomentar la escolarización de los niños, lo cual ha conducido a una tasa de escolarización del 97,1 por ciento en el año fiscal actual. El MoLESS, en colaboración con la OIT, ha impartido formación basada en competencias a antiguos trabajadores en régimen de servidumbre. Su rehabilitación a largo plazo ya ha comenzado. Se ha elaborado un proyecto de ley sobre la fuerza de trabajo integrada. Aseguramos a la Comisión que el Gobierno de Nepal ayudará a abordar las cuestiones restantes posteriormente. El apoyo a los medios de sustento ayudará a las familias a poner fin al trabajo infantil.

Nuestro Gobierno también reitera que la Oficina contra la Trata de Personas de la Policía de Nepal ha estado tomando medidas significativas, en particular la sensibilización de la comunidad y el establecimiento de puestos fronterizos, a fin de prevenir la trata de personas en Nepal. Se ha iniciado el programa «Alianza con la Policía Comunitaria». La Oficina contra la Trata de Personas de la Policía de Nepal ha adoptado tres estrategias para poner freno a la trata de personas, incluida la trata de niñas. Adoptando un enfoque preventivo, lleva a cabo programas de sensibilización en los puestos fronterizos, con inclusión del Aeropuerto Internacional de Tribhuvan, el Aeropuerto Internacional de Gautam Buddha y la frontera con la India. Realiza actividades de protección, tales como operaciones de rescate de los países de destino, envía a las víctimas a centros de rehabilitación para que reciban orientación, y registra casos. Lleva a cabo regularmente investigaciones, acciones judiciales y una labor de vigilancia. Durante el año fiscal actual, se ha rescatado a 15 niñas víctimas de trata de personas. Sin embargo, se ha observado que, en Nepal, muchos casos de trata no se denuncian por temor y debido al estigma social, por lo que la policía comunitaria está informando y empoderando a las comunidades para que hablen y denuncien los casos a la policía. Asimismo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos está estableciendo en sus propias instalaciones una Sección contra la Trata de Personas. El Ministerio de la Mujer, de la Infancia y de los Ciudadanos Mayores ha elaborado un Plan de acción decenal para combatir la trata de personas. Del mismo modo, se formulará una política contra la trata de personas. El Ministerio de la Mujer, de la Infancia y de los Ciudadanos Mayores organiza programas de sensibilización, conciencia a las administraciones locales y colabora con la oficina cibernética. Imparte asimismo formación basada en competencias a los supervivientes de la trata y apoya al centro de rehabilitación.

El Consejo Nacional de Derechos del Niño ha puesto en funcionamiento una línea telefónica de ayuda a la infancia (1098) y presta servicios a través de 18 oficinas repartidas por todo el país. Los Centros de Respuesta para los Niños Desaparecidos rescatan, a través de 240 unidades, a niños que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. Existen suficientes mecanismos para dar solución a los problemas de la infancia, como el propio Ministerio de la Mujer, el Consejo Nacional de los Derechos del Niño, el Comité Provincial de los Derechos del Niño, los comités locales de los derechos del niño y los funcionarios encargados del bienestar infantil. Se han constituido unos 238 comités de derechos del niño a nivel local. Además, se han creado fondos para la protección de la infancia en 213 zonas locales. Se han asignado funcionarios para el bienestar infantil a 266 zonas locales. Se han elaborado procedimientos asociados al sistema nacional de protección infantil en 323 zonas locales.

El Ministerio de Ordenación Territorial, Cooperativas y Mitigación de la Pobreza ha detectado 16 322 familias haliya (víctimas del sistema de trabajo en régimen de servidumbre), de las cuales 12 820 han sido rehabilitadas y 1 135 han sido puestas a disposición de las unidades locales. Del mismo modo, se han detectado 27 570 familias kamaiyas (trabajadores en régimen de servidumbre), de las cuales 27 021 han sido rehabilitadas y 300 entregadas a nivel local. Desde que Nepal se convirtió en país pionero y miembro de la Alianza 8.7, se ha creado una Secretaría de la Alianza 8.7 Nepal en el marco del MoLESS, que cuenta con el apoyo rotatorio de organismos de las Naciones Unidas, entre ellos la OIT. La Secretaría presenta informes anuales a la Secretaría de la Alianza 8.7. Este año, en abril, la Secretaría de Nepal, en estrecha coordinación con el MoLESS, presentó el informe anual de Nepal sobre trabajo infantil, trabajo forzoso, trata de personas y esclavitud moderna. Consultó a más de diez organismos gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil para recabar información. Los datos detallados sobre estos ámbitos de acción se especifican en el informe anual. El MoLESS, a través de la Secretaría de la Alianza 8.7 Nepal, ha iniciado la recopilación de datos e información sobre los progresos realizados por diversos ministerios e instituciones en materia de trabajo infantil, trabajo forzoso y trata de personas en Nepal. Por otra parte, se está desarrollando un software integrado para almacenar datos e información que resulta útil para planificar e iniciar intervenciones específicas encaminadas a combatir el trabajo infantil, incluidas sus peores formas.

El Gobierno ha concedido prioridad a los hornos de ladrillos como uno de los sectores de intervención regular para proteger a los niños y prevenir el trabajo infantil. Se están llevando a cabo varias intervenciones a nivel de origen (aldeas) y de destino (hornos), con vistas a crear una industria del ladrillo libre de trabajo infantil y a lograr que los empleadores sean más responsables a la hora de impedir la utilización de mano de obra infantil en el sector. Se han creado guarderías en las fábricas de ladrillos. La Oficina Nacional de Estadística realizará la próxima Encuesta de la fuerza de trabajo de Nepal en 2024. El MoLESS ha pedido a la Oficina Nacional de Estadística que facilite nuevos datos sobre el trabajo infantil, incluidas sus peores formas, y que desglose los datos hasta el nivel local. Así se proporcionará una nueva visión del trabajo infantil y se allanará el camino para futuras intervenciones en Nepal. El Gobierno de Nepal, en colaboración con los asociados para el desarrollo, los sindicatos, las organizaciones de empleadores y otras partes interesadas, sigue comprometido con el principio establecido en la Constitución de Nepal de 2015 y con el cumplimiento de sus compromisos internacionales, consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Discusión por la Comisión

Presidente - Como ya he mencionado, el segundo caso que figura en nuestro orden del día es el referido a la aplicación del Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) por parte del Nepal. Invito al representante del Gobierno, el secretario adjunto del MoLESS a tomar la palabra.

Representante gubernamental - En relación con el caso de Nepal, se han planteado algunas preguntas sobre cuestiones como el trabajo infantil en régimen de servidumbre; la reinserción social; la oferta de niños para la pornografía; los casos de trata de niños; la educación gratuita, básica y de calidad; la retirada de los niños de la explotación sexual comercial; y la explotación y la retirada inmediata de los niños de las peores formas de trabajo en los hornos de fabricación de ladrillos.

El Gobierno ha facilitado la siguiente información en respuesta a las observaciones formuladas por la Comisión de Expertos.

El Gobierno subraya que el artículo 39 de la Constitución de Nepal garantiza los derechos de los niños al prever que ningún niño podrá ser empleado en fábricas, minas o cualquier otro trabajo peligroso. Los datos existentes recopilados a través de la Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Nepal 2017-2018 indican que el trabajo infantil en Nepal se ha reducido considerablemente pasando de 1,6 millones en 2008 a 1,1 millones en 2018. Sin embargo, estas cifras siguen siendo muy altas. Por este motivo, el Gobierno ha estado llevando a cabo intervenciones eficaces y eficientes. El MoLESS ha formulado el Plan director nacional para la eliminación del trabajo infantil 2018-2028. En 2022, el Ministerio inició su plan de acción. Las funciones de ejecución se asignan a las administraciones federales, provinciales y locales, y a las partes interesadas pertinentes.

Este año, el MoLESS y la OIT en Nepal han organizado conjuntamente una consulta con las partes interesadas sobre la revisión de la lista de ocupaciones peligrosas para los niños. Los participantes en el taller representaron a las organizaciones de la sociedad civil, los sindicatos, las organizaciones de empleadores, los organismos de las Naciones Unidas y los asociados para el desarrollo. El MoLESS también creó un comité tripartito técnico para revisar la lista de ocupaciones peligrosas, y recomendó su inclusión en el proceso de enmienda de la Ley sobre el Trabajo Infantil (Prohibición y Regulación), de 2000. El Gobierno está realizando asimismo un estudio y un examen de los modelos actuales de rehabilitación de los niños en Nepal con la intención de hacerlos más sostenibles, centrados en los niños y económicos. Los resultados del estudio proporcionarán orientaciones claras para que todas las oficinas del trabajo comiencen a rescatar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y les proporcionen el apoyo y los cuidados adecuados.

El Gobierno ha establecido el programa «Declaración a nivel local libre de trabajo infantil». Más de 100 administraciones locales han manifestado su interés en una declaración libre de trabajo infantil. Este es un enfoque basado en zonas, y está dirigido a determinadas zonas geográficas con el objetivo de abordar todas las formas de trabajo infantil, incluidas las peores formas. Se trata de una estrategia gubernamental para lograr zonas libres de trabajo infantil, y tiene por objeto llegar a las 753 zonas locales y conseguir que participen las administraciones locales. El Gobierno está comprometido a poner fin a todas las formas de trabajo forzoso. Aprovechamos esta oportunidad para poner de relieve que, en 2022, Nepal se ha declarado libre de trabajo en régimen de servidumbre (haruwa charuwa, que es el trabajo en régimen de servidumbre en la agricultura). Las leyes y las políticas existentes han garantizado los derechos de estas personas. En los últimos tres años, se han adoptado una serie de medidas administrativas para fomentar la escolarización de los niños, lo cual ha conducido a una tasa de escolarización del 97,1 por ciento en el año fiscal actual. El MoLESS, en colaboración con la OIT, ha impartido formación basada en competencias a antiguos trabajadores en régimen de servidumbre. Su rehabilitación a largo plazo ya ha comenzado. Se ha elaborado un proyecto de ley sobre la fuerza de trabajo integrada. Aseguramos a la Comisión que el Gobierno ayudará a abordar las cuestiones pendientes posteriormente. El apoyo a los medios de sustento ayudará a las familias a poner fin al trabajo infantil.

Nuestro Gobierno también reitera que la Oficina contra la Trata de Personas de la Policía de Nepal ha estado tomando medidas significativas, en particular la sensibilización de la comunidad y el establecimiento de puestos fronterizos, a fin de prevenir la trata de personas en Nepal. Se ha iniciado el programa «Alianza con la Policía Comunitaria». La Oficina contra la Trata de Personas de la Policía de Nepal ha adoptado tres estrategias para poner freno a la trata de personas, incluida la trata de niñas. Adoptando un enfoque preventivo, lleva a cabo programas de sensibilización en los puestos fronterizos, con inclusión del aeropuerto internacional de Tribhuvan, el aeropuerto internacional de Gautam Buddha y la frontera con la India. Realiza actividades de protección, tales como operaciones de rescate de los países de destino, envía a las víctimas a centros de rehabilitación para que reciban orientación, y registra casos. Lleva a cabo regularmente investigaciones, acciones judiciales y una labor de vigilancia. Durante el año fiscal actual, se ha rescatado a 15 niñas víctimas de trata de personas. Sin embargo, se ha observado que, en Nepal, muchos casos de trata no se denuncian por temor y debido al estigma social, por lo que la policía comunitaria está informando y empoderando a las comunidades para que hablen y denuncien los casos a la policía. Asimismo, la Comisión Nacional de Derechos Humanos está estableciendo en sus propias instalaciones una sección contra la trata de personas. El Ministerio de la Mujer, de la Infancia y de los Ciudadanos Mayores ha elaborado un Plan de acción decenal para combatir la trata de personas. Del mismo modo, se formulará una política contra la trata de personas. El Ministerio de la Mujer, de la Infancia y de los Ciudadanos Mayores organiza programas de sensibilización, conciencia a las administraciones locales y colabora con la oficina cibernética. Imparte asimismo formación basada en competencias a los supervivientes de la trata y apoya al centro de rehabilitación. El Consejo Nacional de Derechos del Niño ha puesto en funcionamiento una línea telefónica de ayuda a la infancia (1098) y presta servicios a través de 18 oficinas repartidas por todo el país. Los Centros de Respuesta para los Niños Desaparecidos rescatan, a través de la línea de atención telefónica (104) y de 240 unidades, a niños que se encuentran en situaciones de vulnerabilidad. Existen suficientes mecanismos para dar solución a los problemas de la infancia, como el propio Ministerio de la Mujer, el Consejo Nacional de los Derechos del Niño, el Comité Provincial de los Derechos del Niño, los comités locales de los derechos del niño y los funcionarios encargados del bienestar infantil. Se han constituido unos 238 comités de derechos del niño a nivel local. Además, se han creado fondos para la protección de la infancia en 213 zonas locales. Se han asignado funcionarios para el bienestar infantil a 266 zonas locales. Se han elaborado procedimientos asociados al sistema nacional de protección infantil en 323 zonas locales. El Ministerio de Ordenación Territorial, Cooperativas y Mitigación de la Pobreza ha detectado 16 322 familias haliya (víctimas del sistema de trabajo en régimen de servidumbre), de las cuales 12 820 han sido rehabilitadas y 1 135 han sido puestas a disposición de las unidades locales. Del mismo modo, se han detectado 27 570 familias kamaiyas (trabajadores en régimen de servidumbre), de las cuales 27 021 han sido rehabilitadas y 300 entregadas a nivel local.

Desde que Nepal se convirtió en país pionero y miembro de la Alianza 8.7, se ha creado una Secretaría de la Alianza 8.7 Nepal en el marco del MoLESS, que cuenta con el apoyo rotatorio de organismos de las Naciones Unidas, entre ellos la OIT. La Secretaría presenta informes anuales a la Secretaría de la Alianza 8.7. Este año, en abril, la Secretaría de Nepal, en estrecha coordinación con el MoLESS, presentó el informe anual de Nepal sobre trabajo infantil, trabajo forzoso, trata de personas y esclavitud moderna. Consultó a más de diez organismos gubernamentales y organizaciones de la sociedad civil para recabar información. Los datos detallados sobre estos ámbitos de acción se especifican en el informe anual.

El MoLESS, a través de la Secretaría de la Alianza 8.7 Nepal, ha iniciado la recopilación de datos e información sobre los progresos realizados por diversos ministerios e instituciones en materia de trabajo infantil, trabajo forzoso y trata de personas en Nepal. Por otra parte, se está desarrollando un software integrado para almacenar datos e información que resulta útil para planificar e iniciar intervenciones específicas encaminadas a combatir el trabajo infantil, incluidas sus peores formas.

El Gobierno ha concedido prioridad a los hornos de fabricación de ladrillos como uno de los sectores de intervención regular para proteger a los niños y prevenir el trabajo infantil. Se están llevando a cabo varias intervenciones a nivel de origen (aldeas) y de destino (hornos), con vistas a crear una industria del ladrillo libre de trabajo infantil y a lograr que los empleadores rindan cuentas por la utilización de mano de obra infantil en el sector. Se han creado guarderías en las fábricas de ladrillos. La Oficina Nacional de Estadística realizará la próxima Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Nepal en 2024. El MoLESS ha pedido a la Oficina Nacional de Estadística que facilite nuevos datos sobre el trabajo infantil, incluidas sus peores formas, y que desglose los datos hasta el nivel local. Así se proporcionará una nueva visión del trabajo infantil y se allanará el camino para futuras intervenciones en Nepal. El Gobierno de Nepal, en colaboración con los asociados para el desarrollo, los sindicatos, las organizaciones de empleadores y otras partes interesadas, sigue comprometido con el principio establecido en la Constitución de Nepal de 2015 y con el cumplimiento de sus compromisos internacionales, consagrados en la Carta de las Naciones Unidas y en la Declaración Universal de Derechos Humanos.

Miembros trabajadores - El trabajo infantil es una grave violación de los derechos fundamentales. A pesar del firme compromiso de los Estados Miembros para acabar con el trabajo infantil, como demuestra la ratificación universal del Convenio, en la actualidad, 160 millones de niños en el mundo siguen trabajando, lo que representa casi 1 de cada 10 niños en todo el mundo. El Llamamiento a la Acción de Durban de 2022 de la OIT hizo hincapié en la necesidad de actuar urgentemente, debido a las consecuencias de la pandemia de COVID-19, los conflictos armados y las crisis alimentaria, humanitaria y medioambiental, que amenazan con revertir años de progreso contra el trabajo infantil. Poner fin al trabajo infantil en todas sus formas para 2025 también está incluido en la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). En Nepal, el trabajo infantil sigue prevaleciendo en muchas provincias y sectores. La Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Nepal 2017-2018, realizada por la Oficina Nacional de Estadística en colaboración con la OIT, revela que casi 1,1 millones de niños están ocupados en trabajo infantil, de los cuales 200 000 en sus peores formas.

Con respecto a las cuestiones planteadas por la Comisión de Expertos en sus observaciones, tomamos nota de la adopción de la Ley relativa a los niños, de 2018, que ahora cubre a todos los niños y tipifica una serie de delitos relacionados con el abuso sexual infantil, el reclutamiento obligatorio de niños para su utilización en conflictos armados y la utilización, el reclutamiento y la oferta de niños para la producción y el tráfico de drogas. También tomamos nota de la adopción del Plan director nacional para la eliminación del trabajo infantil 2018-2028, que tiene como objetivo proteger a los niños que realizan trabajos peligrosos a través de programas de escolarización, programas de apoyo familiar y opciones de cuidado alternativo.

Con estas iniciativas, el Gobierno ha marcado su rumbo. Sin embargo, no basta para garantizar el cese definitivo de estas prácticas. El marco jurídico adoptado en 2018 y el Plan director nacional deben aplicarse eficazmente mediante medidas específicas de rehabilitación e inserción social, así como investigaciones oportunas, acciones judiciales y condenas rápidas y eficaces, y sanciones disuasorias.

En relación con las observaciones de la Comisión de Expertos, tomamos nota de los esfuerzos realizados por el Gobierno para luchar contra el trabajo infantil, en particular mediante la aplicación de diversos programas destinados a:

- garantizar la rehabilitación y la inserción social de las niñas haliya y kamaiya, es decir, las que están atrapadas en prácticas de trabajo en régimen de servidumbre en la agricultura, y de las niñas kamlari, es decir, las que se ofrecen para su ocupación en el trabajo doméstico a familias de propietarios de latifundios;

- luchar contra la trata de niños, y

- mejorar el acceso de los niños a la educación, incluyendo la facilitación de becas para las niñas y los niños dalit.

Acogemos con agrado las iniciativas adoptadas por el Gobierno. Sin embargo, observamos que siguen existiendo importantes desafíos, entre ellos la falta de impacto de las medidas adoptadas para mejorar el acceso a la educación y el importante número de niños que siguen sin escolarizar. Por lo tanto, pedimos al Gobierno que siga intensificando sus esfuerzos para:

- garantizar que todos los niños víctimas del trabajo en régimen de servidumbre reciban servicios adecuados para su rehabilitación e inserción social, incluido el acceso a la educación;

- combatir la trata de niños mediante investigaciones, enjuiciamientos y condenas;

- prestar apoyo y asistencia a los niños víctimas de la trata, y

- facilitar el acceso a la educación gratuita, básica y de calidad para todos los niños, con especial atención en las niñas y en los niños indígenas.

Además, tomamos nota de que la Comisión de Expertos planteó cuestiones relativas a la falta de medidas eficaces y sujetas a plazos para prevenir la participación de los niños en las peores formas de trabajo infantil, apartarlos de ese tipo de trabajo y garantizar su rehabilitación e inserción social. La Comisión de Expertos se refiere en particular a la explotación sexual comercial de niños y a la utilización de niños en hornos de fabricación de ladrillos, una actividad que es inherentemente peligrosa. Se calcula que más de 13 000 y 17 000 niños trabajan en estos sectores respectivamente.

Nos hacemos eco del llamamiento de la Comisión de Expertos al Gobierno para que adopte medidas eficaces y sujetas a plazos para:

- alejar a los niños de la explotación sexual comercial en el sector del ocio, y brindarles la asistencia adecuada para garantizar su rehabilitación y su inserción social, e

- impedir que todos los niños trabajen en la industria de fabricación de ladrillos y prever su rehabilitación e inserción social.

Además, observamos que, según el informe sobre la Encuesta de la Fuerza de Trabajo de Nepal 2017-2018, alrededor de 31 000 personas se encuentran en situación de trabajo forzoso, de las cuales se estima que el 17 por ciento son niños. Pedimos al Gobierno que adopte las medidas necesarias para apartar a los niños del trabajo forzoso.

Si bien tomamos debida nota de los esfuerzos realizados por el Gobierno para combatir el trabajo infantil, nos vemos obligados a señalar que el trabajo infantil, y especialmente sus peores formas, sigue proliferando en el país. Instamos al Gobierno a redoblar sus esfuerzos y movilizar todos los medios a su alcance para combatir el trabajo infantil en todas sus formas y prever la rehabilitación e inserción social de los niños víctimas del trabajo infantil, incluido el acceso a la educación.

Miembros empleadores - Agradecemos al Gobierno el envío de información actualizada sobre este caso. El Convenio es el primer Convenio de la OIT que ha logrado la ratificación universal de sus 187 Estados Miembros, un logro histórico que, lamentablemente, no es sinónimo de una aplicación universal automática en la legislación y en la práctica. Es imprescindible que los Estados cumplan con el Convenio. La lucha para erradicar el trabajo infantil y sus peores formas, no obstante, nos concierne a todos, se trata de un compromiso compartido y, por lo tanto, requiere el esfuerzo conjunto de todas las partes implicadas para lograr que los niños puedan desarrollar todo su potencial y garantizar el futuro de nuestras sociedades.

Tomamos nota de que, desde la ratificación del Convenio por parte de Nepal en 2002, la Comisión de Expertos ha formulado cinco observaciones sobre este caso, concretamente en 2012, 2015, 2016, 2018 y 2022. Hoy es la primera vez que debatimos en la aplicación del Convenio por parte de Nepal. Déjenme iniciar el caso refiriéndome al contexto actual de Nepal, un contexto de extrema pobreza, agravada por la pandemia que afectó duramente la economía y el turismo y de gran volatilidad política: teniendo en cuenta que en 2018 se celebraron las primeras elecciones tras la aprobación de la Constitución de Nepal y, en noviembre de 2022, Nepal vivió sus segundas elecciones federales y provinciales desde la entrada en vigor de su actual Constitución.

Pese a todo, tomamos nota de las medidas adoptadas por el Gobierno como la aprobación del Plan director nacional para la eliminación del trabajo infantil 2018-2028, para cuya implementación actualmente está recibiendo apoyo de la Oficina de la OIT en Nepal. Además, Nepal participa en otros proyectos e iniciativas de la OIT, en particular la coalición mundial Alianza 8.7, la Iniciativa sobre seguridad y salud para todos los trabajadores en Asia Meridional y el Programa de Asociación OIT-FCDO sobre contratación justa y trabajo decente para las trabajadoras migrantes en Asia Meridional y Oriente Medio, por mencionar algunos. Con respecto a las observaciones de 2022, la Comisión de Expertos identificó cinco cuestiones principales relativas a este caso.

La primera cuestión se refiere a las medidas de asistencia directa para la eliminación, rehabilitación e integración social de los niños víctimas de las peores formas de trabajo infantil, de conformidad con el artículo 3, a) y el artículo 7, 2), b) del Convenio.

Los miembros empleadores acogemos con satisfacción los esfuerzos del Gobierno para proporcionar asistencia directa a las víctimas del trabajo infantil en condiciones de servidumbre. Tomamos nota también de las 27 021 familias de kamaiyas (estos trabajadores en régimen de servidumbre), de un total de 27 570, que han sido rehabilitadas, y 300 entregadas a nivel local, según informa el Gobierno. Sin embargo, el Gobierno debe proseguir sus esfuerzos para garantizar que todos los niños y niñas víctimas del trabajo forzoso reciban los servicios adecuados para su rehabilitación e integración social, incluido el acceso a la educación. Asimismo, el Gobierno debe seguir proporcionando información sobre las medidas adoptadas y los niños y las niñas víctimas del trabajo forzoso rehabilitados.

La segunda cuestión se refiere a la utilización, reclutamiento u oferta de niños y niñas para la producción de pornografía o para actuaciones pornográficas, tal y como se consagra en el artículo 3), b) del Convenio. Los miembros empleadores tomamos nota de la adopción de la Ley relativa a los niños, de 2018, que tipifica como delito una serie de actividades relacionadas con el abuso y explotación sexual infantil y la producción de materiales o actos obscenos y las sanciona con una multa de hasta 100 000 rupias y penas de prisión de hasta cinco años. Si bien acogemos con satisfacción estas disposiciones legislativas, imprescindible es una aplicación efectiva de la ley para que se produzca el cambio social deseado y esperado. En este sentido, será preciso, como indica la Comisión de Expertos, recibir información sobre la aplicación en la práctica de las sanciones relacionadas con los delitos mencionados, así como sobre el número de casos denunciados, procesamientos y condenas llevados a cabo y penas aplicadas.

La tercera cuestión se refiere a los mecanismos de control, las sanciones y la asistencia directa a los niños y niñas víctimas de las peores formas de trabajo infantil, tal como se consagra en los artículos 5, 7, 1) y 7, 2), b), con especial atención a la trata de niños.

A la luz de la información recibida por parte del Gobierno, la Oficina contra la Trata de Personas de la Policía de Nepal está adoptando medidas para frenar la trata de personas, incluida la de niñas, como la sensibilización de la comunidad y el establecimiento de puestos de control fronterizos, que tratan de evitar la trata de personas en Nepal. El Gobierno parece haber observado que muchos casos de trata no se denuncian en Nepal por miedo y estigma social, por lo que la policía comunitaria está informando y capacitando a las comunidades para que hablen y denuncien los casos a la policía. Pese a todo ello, insistimos, el Gobierno debe continuar con su esfuerzo para combatir la trata de niños por su extrema gravedad y proporcionar información sobre las actividades emprendidas y los resultados obtenidos.

La cuarta cuestión se refiere a la adopción de medidas preventivas como el acceso a la educación básica gratuita, como exige el artículo 7, 2), a) del Convenio. Según la última información recibida por parte del Gobierno, en los últimos años, se han tomado varias medidas administrativas para fomentar la escolarización de los niños, lo que ha dado como resultado un 97,1 por ciento de escolarización en el año fiscal en curso. Tomamos nota de que en Nepal la educación gratuita está garantizada hasta la educación secundaria; sin embargo, según la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), más de 74 000 niños y 189 000 adolescentes estaban sin escolarizar en 2021. En este sentido es esencial que el Gobierno continúe sus esfuerzos para promover el acceso a una educación gratuita, básica y de calidad para todas las niñas y los niños y, en particular, para las niñas y los niños indígenas.

La última cuestión se refiere a la adopción de medidas para prevenir la participación de los niños y las niñas en la explotación sexual comercial y en el trabajo en hornos clandestinos, su retirada de dichos trabajos y la garantía de su rehabilitación e integración social. Los datos de la explotación sexual comercial en el sector del entretenimiento para adultos son graves, y más de 13 000 personas empezaron a trabajar siendo menores de 18 años. Por otro lado, en la industria del ladrillo en Nepal trabajan más de 17 000 niños y el 44,5 por ciento de ellos realizan trabajos peligrosos, pese a que, según informa el Gobierno, se están llevando a cabo intervenciones con vistas a crear una industria del ladrillo libre de trabajo infantil. Con esta situación, los miembros empleadores no podemos más que sumarnos a la Comisión de Expertos insistiendo en que el Gobierno adopte medidas eficaces para acabar con esta situación de explotación, así como proporcionar la asistencia adecuada para la rehabilitación e integración social de estos niños menores de 18 años de edad.

Los miembros empleadores queremos destacar que, para erradicar la participación de los niños en las peores formas de trabajo infantil, las medidas preventivas son sustanciales, pero lamentablemente insuficientes: el enjuiciamiento y la sanción de los adultos, así como la retirada de los niños de las peores formas de trabajo infantil, no pueden ser suficientes, eficaces ni sostenibles por sí solos. Es imprescindible tomar un enfoque multicausal para acabar con el trabajo infantil y adoptar políticas destinadas a abordar las causas profundas del trabajo infantil: la pobreza, el conflicto, las crisis, la falta de acceso a la protección social, la falta de acceso a la educación y también las circunstancias socioeconómicas que conducen a la explotación de los niños y las niñas. Serán necesarias políticas económicas que promuevan el desarrollo de las regiones con más factores de riesgo de trabajo infantil.

Miembro trabajadora, Nepal - Me presento hoy aquí para abordar la cuestión relativa al trabajo infantil y la acuciante necesidad de una acción inmediata en Nepal. Acogemos con beneplácito la iniciativa positiva adoptada por el Gobierno y el apoyo de los sindicatos y la sociedad civil en la lucha contra el trabajo infantil. Nepal ha logrado reducir con éxito el trabajo infantil en el periodo comprendido entre 2008 y 2018 y el Gobierno ha adoptado algunas medidas positivas. Nepal ha firmado para ser un país pionero en la consecución del ODS 8.7 y se ha convertido en miembro de la Alianza 8.7. Sin embargo, los progresos realizados son muy lentos y el Gobierno no ha tomado suficientes iniciativas para cumplir el ODS de poner fin a todas las formas de trabajo infantil para 2025. A pesar de los grandes esfuerzos realizados para luchar contra el trabajo infantil, todavía hay varias zonas en las que persisten las peores formas de trabajo infantil. Estas zonas ponen de relieve la urgente necesidad de intervenciones específicas y estrategias eficaces para abordar estas cuestiones. Algunos de los principales ámbitos de las peores formas de trabajo infantil en Nepal incluyen la agricultura y el trabajo doméstico, los hornos de fabricación de ladrillos y la construcción, las minas y canteras, la venta ambulante y la mendicidad forzosa, y la explotación sexual en la industria del ocio. Es determinante señalar que estas son las áreas en las que el trabajo infantil a menudo se cruza con otras formas de vulnerabilidad, como: la pobreza, la falta general de educación y las altas tasas de abandono escolar, la discriminación y la exclusión social. Abordar el trabajo infantil en estas áreas requiere estrategias integrales centradas en la mitigación de la pobreza, el acceso a una educación de calidad, la aplicación de la legislación laboral, programas de protección social y campañas de sensibilización para cambiar las actitudes y los comportamientos sociales.

Desafortunadamente, hasta ahora el Gobierno no ha adoptado medidas suficientes para acabar con el trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas. Para luchar contra el trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas, el Gobierno debe revisar el marco jurídico vigente. El marco jurídico esencial que debe revisarse es la Ley sobre el Trabajo Infantil (Prohibición y Regulación), de 2000, y la Ley sobre el Control y Castigo de la Trata de Personas, de 2007. Ambas no están aún en consonancia con las nuevas disposiciones constitucionales, los sistemas federales y el espíritu de los convenios de la OIT. Además, aún no se ha avanzado en la hoja de ruta para la aplicación de la Alianza 8.7, aunque se ha establecido la unidad nacional en el Ministerio para apoyar el desarrollo de los asociados pertinentes. Esta estructura todavía no existe a nivel provincial ni local. Los regímenes de protección social siguen sin poder incluir a los trabajadores del sector informal, debido a la falta de orientación jurídica sobre el registro y la distribución de las tarjetas de identificación.

Los inspectores del trabajo tienen una capacidad y una financiación muy limitadas para supervisar y tomar medidas, y apenas llegan a los trabajadores del sector informal. Se cuenta con 11 inspectores y, por lo que sabemos, no inspeccionan el trabajo infantil. El Gobierno no ha seguido la aplicación de la disposición sobre auditoría laboral y no ha realizado los cursos de formación anunciados para ellos. En el reciente discurso sobre el presupuesto del Gobierno, no ha habido ninguna disposición para el Órgano Nacional Superior sobre Derechos del Niño (Consejo Nacional de Derechos del Niño), los centros de respuesta para los niños desaparecidos (línea de atención telefónica 104), las líneas telefónicas directas para los niños (1098) y el presupuesto de rescate y rehabilitación para niños de la calle y niños que trabajan.

Pedimos al Gobierno que aplique la Ley sobre el Trabajo Infantil (Prohibición y Regulación), la Ley sobre el Control y la Sanción de la Trata de Personas, y que armonice las leyes sobre el trabajo infantil, así como las leyes sobre educación obligatoria, trabajo forzoso y empleo en el extranjero. Además, pedimos al Gobierno que adopte una ley federal integrada sobre la prohibición, el fin y la rehabilitación del trabajo forzoso; que promueva el registro y la distribución de tarjetas de identidad para todos los trabajadores del sector informal a través de las administraciones locales, y que los incluya en la cobertura de los programas de seguridad social; que amplíe el número de oficinas de empleo o que establezca unidades de servicios de empleo en las oficinas de empleo locales con recursos humanos y financieros adecuados, capaces y competentes. Además, pedimos al Gobierno que rectifique y reasigne inmediatamente un presupuesto suficiente para el Consejo Nacional de los Derechos del Niño, los centros de respuesta para los niños desaparecidos y la línea telefónica directa para los niños; que promueva la auditoría laboral y las inspecciones de trabajo con formación y concesión de licencias; que promueva el plan de acción de la Alianza 8.7 en las administraciones locales y provinciales; y que adopte un enfoque por zonas en las políticas y programas y aumente las inversiones para incrementar el número de municipios libres de trabajo infantil en Nepal.

Miembro gubernamental, Suiza - La Comisión de Expertos ya ha formulado varias observaciones sobre la aplicación del Convenio por Nepal en los últimos diez años. En consecuencia, Suiza lamenta que el Gobierno no haya tomado las medidas adecuadas para cumplir con sus obligaciones internacionales.

La situación del trabajo infantil en Nepal es especialmente preocupante en dos sectores: el sector del ocio para adultos y las fábricas de ladrillos. Según un informe de la Alianza 8.7, más de 10 000 menores de 18 años, en su gran mayoría niñas, trabajan en el sector del ocio para adultos. Estos niños están muy expuestos a formas de trata y explotación sexual comercial. En las fábricas de ladrillos, miles de niños trabajan en condiciones que pueden dañar gravemente su integridad física y su salud mental. Los niños están expuestos a las llamas, trabajan durante periodos excesivamente largos, a veces de noche, y tienen que transportar cargas muy pesadas.

Las condiciones de trabajo descritas en estos dos sectores no respetan el Convenio. Por ello, el Gobierno de Suiza pide al Gobierno de Nepal que adopte de inmediato todas las medidas necesarias para poner fin a estas formas de trabajo y librar a todos los niños de las mismas. Esto significa, entre otras cosas, adoptar disposiciones legislativas que prohíban el trabajo infantil, prestar asistencia a los niños víctimas de las peores formas de trabajo para garantizar su rehabilitación e inserción social, y castigar penalmente a los empleadores que recurran al trabajo infantil en estos sectores.

No obstante, Suiza toma buena nota de la información facilitada por el Gobierno. Acogemos con agrado los esfuerzos realizados por el Gobierno para luchar contra las peores formas de trabajo infantil, en particular en la agricultura y el trabajo doméstico. También celebramos el compromiso de Nepal como país pionero en la Alianza 8.7 contra el trabajo infantil, el trabajo forzoso y la trata de personas. Estos esfuerzos deben continuar e intensificarse, mediante la aplicación efectiva del Plan de Acción de Nepal contra el Trabajo Infantil. Suiza pide al Gobierno que facilite información y estadísticas sobre los resultados de las medidas adoptadas y lo anima a continuar su cooperación con la OIT.

Miembro empleador, México - La primera parte de esta intervención, claramente, es una invitación a la reflexión de todos los aquí presentes, ya que resulta claro que si algo causa dolor en nuestra sociedad es el maltrato de los menores y, por ello, no podemos permanecer ajenos a las prácticas que atentan contra su integridad, toda vez que son el pilar del futuro de nuestra sociedad y por tal motivo, debemos resaltar que, de acuerdo con el preámbulo del Convenio, «[…] la eliminación efectiva de las peores formas de trabajo infantil requiere una acción inmediata y general que tenga en cuenta la importancia de la educación básica gratuita y la necesidad de librar de todas esas formas de trabajo a los niños afectados y asegurar su rehabilitación y su inserción social al mismo tiempo que se atienden las necesidades de sus familias».

En representación del sector empleador de México, se repudian los actos tendientes a generar la trata de menores, su explotación en actividades sexuales e insalubres, así como en cualquier actividad que pueda poner en riesgo su integridad y, lo más valioso que debe ser tutelado, su derecho a la vida.

Se hace un atento llamado al Gobierno de Nepal a efecto de que dé cumplimiento al Convenio ya que está obligado a llevar a cabo acciones inmediatas para evitar que se generen los tipos de trabajo infantil que menciona el artículo 3 del mismo, debiéndose considerar que la Comisión de Expertos ha efectuado cinco observaciones al respecto en los años 2012, 2015, 2016, 2018 y, la más reciente, en el 2022.

No olvidemos que el maltrato infantil no es exclusivo de una sola zona geográfica y, si bien es cierto que hoy estamos tratando el caso de Nepal, de igual manera, se hace un llamado a la comunidad internacional aquí presente para evitar que se continúen con estas lamentables prácticas a efecto de erradicar la violencia contra los menores. Muchos de los aquí presentes somos padres y necesitamos tener una posición mucho más empática respecto de esta situación para generar las acciones necesarias en favor de los menores. Los niños necesitan ser niños y tenemos que generar las condiciones adecuadas a efectos de brindar rehabilitación a quienes han sido objeto de tan detestables prácticas y ofrecerles las herramientas necesarias para su desarrollo y crecimiento, debiéndose garantizar por parte de los Estados Miembros el derecho a una niñez plena, a la salud y a la vida.

Debemos evitar que se continúen propagando historias lamentables, incluso originadas por la presente pandemia mundial, como la que se cita a continuación: que es de un pequeño nepalí de 13 años a quien cito textualmente y dice: «Desde que cerraron el colegio, pasaba todo el día en casa. Mis padres perdieron el trabajo y pronto empezamos a quedarnos sin dinero y sin comida. No podía aguantar esa situación y decidí hacer algo».

Se insiste en que el futuro de los menores debe ser garantizado, ya que sin una niñez plena estamos destinados a continuar enfrentando las atrocidades que se han cometido hasta el día de hoy.

Finalmente, todos los miembros de esta honorable sala hemos tenido, o tuvimos alguna vez, menos de 18 años. Esto lo comento ¿por qué? Porque de acuerdo con el artículo 2 del Convenio, para efectos del mismo, el término «niño» designa toda persona menor de 18 años. Claramente los aquí presentes tuvimos la oportunidad de allegarnos probablemente de diversas condiciones, sin embargo, nos permitieron llegar a este podio y tenemos que recordarlo. Se hace un atento llamado, como adultos responsables, porque no vamos a ser eternos y el día de mañana ya no estaremos aquí y tenemos que recordar que las siguientes generaciones que vienen se van a encargar del debate en este tipo de eventos. Por eso insistimos en que debe generarse la protección de los menores y por eso se hace un atento llamado, tanto al Gobierno de Nepal como a toda la comunidad internacional, a efecto de poder erradicar estas prácticas.

Interpretación del alemán: Miembro trabajadora, Alemania - Es preciso reconocer el compromiso del Gobierno en la lucha contra el trabajo infantil. Nepal ratificó el Convenio y formuló un Plan director nacional para eliminar el trabajo infantil antes de 2028. Se ha revisado el Código del Trabajo y se han previsto sanciones. Sin embargo, la situación económica tras la pandemia ha provocado un aumento del trabajo infantil. Actualmente, hay 1,1 millones de niños afectados, lo que representa aproximadamente el 15 por ciento de los niños de Nepal. Sin embargo, la Ley sobre el Trabajo Infantil (Prohibición y Regulación), de 2000, solo cubre a los menores de 16 años. Es esencial proteger también a los jóvenes de entre 16 y 18 años de los trabajos peligrosos. Del mismo modo, la Ley relativa a los niños debe ampliarse a los niños de entre 16 y 18 años, lo cual tiene que aprobarse en el Parlamento. Hay que tener más en cuenta los derechos de esos niños.

Existen problemas estructurales que propician el trabajo infantil. En Nepal existe un amplio sector informal que socava la eficacia de toda medida. En particular, en las regiones fronterizas con la India y China, difíciles de controlar, hay una alta incidencia de trata de personas y por eso la prostitución forzosa de menores tiene lugar a menudo en esas regiones. En este sentido, permítanme también relacionar la situación económica de los padres con la prevalencia del trabajo infantil. Todos los trabajadores, independientemente de su sexo, clase o casta, deben recibir una remuneración adecuada. Si los padres recibieran salarios más altos, menos niños se verían obligados a ir a trabajar para completar los ingresos del hogar. Eso ha quedado claro. En este caso concreto, estamos hablando de las peores formas de trabajo infantil, en las condiciones más peligrosas. El trabajo en los hornos es muy peligroso para los niños. Hay que prohibirlo de inmediato. Los inspectores del trabajo deben vigilar más de cerca esta industria y aumentar las sanciones. Para ello, se debe aumentar significativamente el presupuesto y el personal, porque, por lo que sabemos, solo hay 11 inspectores del trabajo en todo el país. En cuanto a la explotación sexual transfronteriza de menores, se necesita apoyo internacional. Además, dado que las niñas son especialmente vulnerables a la explotación sexual, la reforma de la legislación laboral debe centrarse en gran medida en protegerlas. Reforzar la capacidad del Estado es crucial en la lucha contra el trabajo infantil. El Ministerio de Trabajo ha emprendido medidas, pero debemos asegurarnos de que sean sostenibles. Asimismo, debe establecerse un sistema de protección social más completo. La OIT debería brindar asistencia técnica al Gobierno en este sentido, tanto en lo relativo a la legislación como a la puesta en práctica. Por último, deseo destacar el papel central que han desempeñado los sindicatos en Nepal en los progresos realizados. Su participación en todas las iniciativas seguirá siendo esencial para alcanzar los objetivos que acabamos de esbozar.

Miembro gubernamental, Guatemala - Los niños y las niñas del mundo no son solo el futuro, también son el presente, y por ello es responsabilidad de todos acelerar las acciones para prevenir y erradicar el trabajo infantil y sus peores formas. El trabajo infantil priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, siendo perjudicial para su desarrollo físico y psicológico. Y si bien el Gobierno ha realizado diversas acciones en su lucha para cumplir con lo establecido en el Convenio y erradicar el trabajo infantil, pareciera ser insuficiente. No podemos ignorar que no se trata únicamente de tomar acciones concernientes a eliminar el trabajo infantil, sino de atacar directamente las causas raíz, las cuales responden a un enfoque multicausal, abriendo camino para que las prácticas descritas en las observaciones de la Comisión de Expertos no se den: como es la trata de niños; la pornografía y el abuso infantil; la entrega de los hijos para que laboren con la finalidad de pagar deudas familiares; los abusos físicos, sexuales y psicológicos; la explotación sexual comercial; la baja escolaridad, y, no menos importante, la realización de trabajo forzoso, peligroso, insalubre e inseguro. Todas estas, acciones contrarias a diversos derechos fundamentales establecidos por la OIT.

Problemáticas como la pobreza extrema, la corrupción, la violencia, la informalidad, la falta de acceso a la educación y a la salud, deben abordarse y combatirse con acciones que promuevan el empleo decente, de calidad, la oportunidad de los adultos de contar con formación y capacitación necesarias para poder insertarse en el mundo del trabajo. Hay que implementar políticas de protección social y trabajar en la promoción del derecho a la seguridad y la salud en el trabajo, creando así un entorno seguro para los niños. Los niños tienen derecho a ser niños, deben tener libertad para poder divertirse y jugar, derecho a recibir una protección especial para crecer física, mental y socialmente sanos y libres, derecho a una educación gratuita, entendiendo que ellos son el futuro de nuestras sociedades. El trabajo infantil debe erradicarse de manera conjunta entre los Estados, las organizaciones de trabajadores, las organizaciones de empleadores y la sociedad en su conjunto, entendiendo las diversas situaciones que lo provocan y haciendo uso del diálogo social.

Miembro trabajadora, Japón - La queja que nos ocupa se presenta en relación con el primer convenio de la OIT que logró la ratificación universal. Es preciso erradicar de nuestra sociedad las peores formas de trabajo infantil, incluidas la esclavitud, la explotación sexual y la utilización de niños en conflictos armados u otros trabajos ilícitos o peligrosos susceptibles de menoscabar la salud, la moral o el bienestar psicológico de los niños.

Tomamos nota de los esfuerzos y progresos realizados por el Gobierno para eliminar las peores formas de trabajo infantil y mejorar las tasas de escolarización y de finalización de estudios de los niños. Sin embargo, muchos niños siguen sin ir a la escuela, y son los que corren mayor riesgo de verse sometidos a trabajo infantil en sus peores formas. La situación se ha visto agravada por la pandemia de COVID-19.

Estamos profundamente preocupados por los datos desglosados comunicados por el Gobierno, junto con la OIT, que revelan que 79 de las 134 víctimas de trata de personas fueron niños en el año fiscal 2020-2021 en Nepal. Las niñas son especialmente vulnerables a la explotación sexual comercial que se deriva de la trata de personas.

La investigación realizada por CLARISSA (Trabajo infantil: Acción-Investigación-Innovación en Asia Meridional y Sudoriental) revela además diferentes prácticas abusivas y de explotación, incluido el acoso y la intimidación a niños en el sector del entretenimiento para adultos, por parte tanto de los clientes como de los empleadores. En el estudio también se constata la participación de diferentes intermediarios, normalmente parientes, amigos, vecinos o agentes a los que los niños recurren para encontrar trabajo.

Nosotros, la Confederación de Sindicatos del Japón (JTUC-RENGO), creemos que la alternativa obvia al trabajo infantil es la educación. Mediante la educación gratuita y obligatoria, podríamos prevenir y eliminar la participación de los niños en las peores formas de trabajo infantil. Asimismo, estamos desarrollando una iniciativa para vincular a los niños nepaleses con las escuelas, en colaboración con la Fundación Internacional del Trabajo del Japón (JILAF) y los sindicatos de Nepal.

El problema de las peores formas de trabajo infantil en Nepal sigue siendo persistente y sistémico. Esperamos que el Gobierno adapte continuamente la legislación y las prácticas de la inspección del trabajo al Convenio, tal y como se recomienda en el Informe de la Comisión de Expertos, y que se comprometa a aplicar, junto con los interlocutores sociales, las recomendaciones formuladas por esta comisión.

Miembro empleadora, Colombia - Primero, considero importante manifestar el carácter prioritario que como empleadores atribuimos al Convenio, mediante el cual se pretende proteger a los niños, los miembros más vulnerables de la sociedad. Con la adopción de este convenio, la OIT reconoció este tema como fundamental para todos los Estados Miembros de la Organización. Como todos sabemos, con esta norma se busca dar solución a una situación particularmente aberrante. El Convenio aborda las peores formas de trabajo infantil y hace un llamado de atención claro e incuestionable, para que todos los Estados Miembros tomen medidas urgentes y completas para su erradicación.

En concordancia con el artículo 1 del Convenio, el Gobierno debe adoptar las medidas necesarias para conseguir la prohibición y la eliminación de las peores formas del trabajo infantil, entre las que se encuentra, el literal b) del artículo 3, que hace referencia a la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas. De acuerdo con la información proporcionada, la Ley relativa a los niños, de 2018, tipifica como delito una serie de actividades relacionadas con el abuso y la explotación sexual infantil y la producción de materiales o actos obscenos y los sanciona con una multa de hasta 100 000 rupias y penas de prisión de hasta cinco años. Reconocemos en ese sentido los avances hechos por el Gobierno.

Sin embargo, reiteramos el llamado de la vocera de los miembros empleadores para que el Gobierno informe en la práctica sobre cómo se ha hecho cumplir esta ley. Instamos a la Comisión para que requiera al Gobierno que se suministren ejemplos concretos y evidencias sobre el número de casos denunciados, investigados y con condenas. El Gobierno debe comprometerse a implementar y cumplir en forma efectiva el Convenio y la legislación; por ende, solicitamos la información que demuestre la aplicación práctica de la misma.

De igual forma, hacemos un llamado para que se analice la problemática del trabajo infantil teniendo en cuenta un enfoque multicausal. Debe avanzarse en la construcción de políticas públicas, mediante el diálogo social tripartito, que se enfoquen en promover el desarrollo del país, la creación de trabajo decente y empresas sostenibles, así como, la extensión de la protección social con la finalidad de que los niños, niñas y adolescentes puedan tener acceso a la seguridad social y a la educación.

Para avanzar verdaderamente en la erradicación del trabajo infantil es necesario establecer medidas económicas concretas que promuevan el desarrollo de los países y regiones con mayor riesgo de trabajo infantil.

Finalmente, solicitamos al Gobierno que con la asistencia técnica de la OIT y a través de los diversos mecanismos de cooperación internacional existentes, continúe avanzando para poner en conformidad la legislación y la práctica con las disposiciones del Convenio y se logre, con carácter urgente, la erradicación de las peores formas del trabajo infantil en el país.

Miembro trabajadora, Guinea - Hablo en nombre de los sindicatos de docentes de Guinea y de todo el mundo. Comparto la profunda preocupación de la Internacional de la Educación por la cuestión del trabajo infantil en Nepal. Como organización comprometida con la promoción de los derechos y el bienestar de los docentes y estudiantes, somos sensibles a esta grave vulneración de los derechos de los niños.

El trabajo infantil no solo priva a los niños de su derecho fundamental a la educación, sino que también los expone a condiciones peligrosas y de explotación, obstaculizando su desarrollo físico, emocional e intelectual. Deben promoverse de manera amplia las oportunidades de educación pública de calidad para todos los niños, sin excepción, y pienso especialmente en las niñas y en los niños de comunidades marginadas, indígenas y desfavorecidas.

La Comisión de Expertos alienta firmemente al Gobierno a proseguir sus esfuerzos para facilitar el acceso a una educación gratuita, básica y de calidad para todos los niños, prestando especial atención a las niñas y a los niños indígenas.

Como docente y sindicalista, puedo dar fe de los esfuerzos de los sindicatos de docentes por defender los derechos de todos los niños a una educación pública de calidad y a la protección frente al trabajo infantil. Así, es importante que las medidas gubernamentales impliquen a los sindicatos y a los docentes en las iniciativas para rescatar a los niños trabajadores y prevenir el abandono escolar. Asimismo, me gustaría destacar el valor de la educación preescolar para implicar a los niños y a sus padres en el ciclo escolar desde una edad temprana. Obviamente, esto requiere una financiación pública adecuada de la educación.

En mi país, Guinea, muchos niños trabajan en el sector doméstico y en la minería artesanal conocida como «extracción tradicional de oro». Soy muy consciente del problema y no estoy minimizando el reto al que se enfrenta el Gobierno de Nepal.

Por lo tanto, pedimos respetuosamente al Gobierno que solicite asistencia técnica a la OIT para redoblar sus esfuerzos en la lucha contra el trabajo infantil y promover los derechos de los docentes como trabajadores.

Miembro empleador, Francia - «Una ciencia sola hay que enseñar a los niños, que es la de las obligaciones del hombre». Como saben, el caso de Nepal se refiere a las peores formas de trabajo infantil. Acaban de escuchar los detalles que han dado las portavoces y los distintos oradores, basándose en el Informe de la Comisión de Expertos.

Observamos que este Informe muestra que el Gobierno está avanzando en la eliminación del trabajo infantil obligatorio y celebramos que así sea. Sin embargo, constatamos que aún queda mucho camino por recorrer para que la situación de los niños se ajuste a los principios del Convenio, sobre todo porque algunos se ven expuestos a situaciones peligrosas, por ejemplo, cuando se les obliga a trabajar en un horno en el que se fabrican ladrillos, o cuando las niñas son víctimas de explotación sexual. ¿Qué hay de la aplicación del derecho penal, en particular en lo relativo a la utilización de niños como mero material para espectáculos pornográficos? Nos gustaría obtener más explicaciones.

«Una ciencia sola hay que enseñar a los niños, que es la de las obligaciones del hombre». ¿Cuáles son las obligaciones del hombre para con los niños, si no la simple aplicación de los principios de la OIT? ¿Qué nos dice el Convenio, ratificado por Nepal? Su objetivo es prohibir y eliminar las peores formas de trabajo infantil, como una de las principales prioridades de la acción nacional e internacional, con el fin de facilitar el acceso a la educación básica gratuita.

¿Cómo pueden eliminarse las peores formas de trabajo infantil sin una acción global, que tenga en cuenta la importancia de la educación gratuita y las necesidades de las familias de los niños? La respuesta es de carácter social, pero también económica. Por eso, animamos al Gobierno a que asuma la causa de los niños como una de las prioridades clave de la acción nacional. Entendemos que la difícil situación económica hace que estos niños sean más vulnerables.

Según queda dicho en el propio Convenio, el trabajo infantil se debe en gran parte a la pobreza, y la solución a largo plazo radica en un crecimiento económico sostenido conducente al progreso social. En consecuencia, conviene invitar al Gobierno a que inicie una política pública capaz de cambiar la situación económica para aliviar la pobreza, sin dejar de poner en marcha mecanismos de control, sanciones eficaces y ayudas directas con el fin de alejar a los niños de las peores formas de trabajo.

«Una ciencia sola hay que enseñar a los niños, que es la de las obligaciones del hombre». Esta frase, que ha marcado mi intervención, fue pronunciada por un filósofo nacido aquí, en Ginebra, Jean Jacques Rousseau. Nos recuerda que el futuro está en manos de nuestros hijos, y que no podremos construir un mundo más humano si no les enseñamos los principios del trabajo decente y la justicia social.

Observador, Internacional de Trabajadores de la Construcción y la Madera (ICM) - Quisiera señalar a su atención la situación del trabajo infantil en el sector de los hornos de fabricación de ladrillos en Nepal. El trabajo en estos hornos es peligroso por naturaleza y la utilización generalizada del trabajo infantil es motivo de grave preocupación y socava el Convenio. Las salvaguardias constitucionales y legales han fracasado hasta ahora. Esto ocurre a pesar de la Ley del Trabajo de Nepal, de 2017, y también de la anterior Ley sobre el Trabajo Infantil (Prohibición y Regulación), de 2000, que prohíbe que los menores de 18 años realicen trabajos peligrosos. El Gobierno también ha puesto en marcha el segundo Plan director nacional para la eliminación del trabajo infantil 2018-2028.

Quisiera citar el Informe sobre el trabajo infantil en Nepal de 2021, que reveló que casi 1,1 millones de niños trabajan, 200 000 de los cuales están implicados en las peores formas de trabajo infantil, incluido el de los hornos de fabricación de ladrillos. Además, otro importante informe específico sobre el sector de la fabricación de ladrillos, preparado conjuntamente por la Oficina Nacional de Estadística, el Gobierno de Nepal, la OIT y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y considerado como la primera investigación representativa a nivel nacional sobre la industria del ladrillo, revela importantes estadísticas que exponen la prevalencia del trabajo infantil, con 6 229 niños o el 3,5 por ciento realizando un trabajo forzoso, entre los 176 373 trabajadores manuales en los hornos de fabricación de ladrillos (incluidos los miembros de la familia). Además, se calcula que 34 593 niños (de entre 5 y 17 años) viven en fábricas de ladrillos y que los niños representan aproximadamente el 10 por ciento (17 738) del total de trabajadores. Alrededor del 9,6 por ciento, es decir, 17 032 de estos niños, fueron identificados como trabajadores infantiles.

Este informe valida las conclusiones de los afiliados de la ICM en Nepal, a las que han llegado consultando a los trabajadores de los hornos de fabricación de ladrillos y que han presentado constantemente a las autoridades gubernamentales pertinentes. Debido a la inseguridad y a la informalidad del empleo, a menudo se deniega a los trabajadores la libertad sindical, lo que da lugar a una baja tasa de sindicación lo cual también socava la resolución de las quejas de los trabajadores y la realización del trabajo decente en el sector.

El pago de salarios en el sector se realiza en gran medida mediante un sistema de pago a destajo que es abismalmente bajo y empuja a los niños a contribuir también al trabajo para aumentar los ingresos familiares. Cuando los trabajadores realizan un trabajo decente y reciben salarios decentes, los niños no tienen que contribuir con su trabajo para mantener a sus familias. El trabajo infantil en el sector de los hornos de fabricación de ladrillos es un síntoma grave de la falta de trabajo decente para los adultos y sus familias. Allí donde los derechos de los trabajadores adultos están consagrados en los convenios de la OIT y se respetan debidamente, los ingresos familiares son más elevados y los niños tienen más probabilidades de ir a la escuela que de trabajar. Además, unos sindicatos fuertes en el lugar de trabajo y en la comunidad son el medio más eficaz para garantizar que los niños y esos lugares de trabajo y comunidades no se enfrenten a la explotación.

Por lo tanto, es de vital importancia promover el registro y la distribución de tarjetas de identificación para todos los trabajadores del sector informal, a través de las administraciones locales, y otorgarles la cobertura de los programas de seguridad social.

Representante gubernamental - Gracias por la preocupación y las cuestiones que se plantean en esta sala. Respetamos y acatamos esta decisión. Respetamos las obligaciones que tenemos. Respetamos la legislación que tenemos.

Las peores formas de trabajo infantil en Nepal no se deben solo a una causa, sino a varias. La pobreza es la que más influye y la estructura social no está tan desarrollada. No disponemos de mecanismos de sensibilización y nuestro entorno socioeconómico es muy pobre. Estas son las principales causas y, además, no tenemos un sistema educativo adecuado.

El Gobierno ha adoptado medidas, pero no son suficientes, y creemos que la estrategia que seguimos no nos está dando los resultados adecuados. Sobre la base de la estrategia que seguimos, tenemos un plan de acción y un plan director viable, contando con muchas intervenciones en este ámbito. Como ya he mencionado, no es suficiente y el resultado es muy pobre, soy consciente de ello.

En cuanto a la cantidad de niños trabajadores, hemos reducido gradualmente el número de víctimas.

Cuando hablamos de las medidas adoptadas, necesitamos una intervención directa, como se nos ha sugerido. Cuando regrese a Nepal, se lo sugeriré al Gobierno y a quien corresponda, incluidos los mandantes tripartitos que se ocupan de todas las cuestiones laborales, con quienes compartiremos estas cuestiones y reaccionaremos en consecuencia.

La erradicación de la pobreza es el factor más importante a la hora de abordar toda la situación; el desarrollo de las capacidades y la sensibilización también son importantes. Hay que desarrollar el sistema educativo. Nos encontramos en una situación en la que más del 97 por ciento de los niños van a la escuela, pero todavía no contamos con una educación de calidad. Esto tiene un impacto.

Cuando hablamos de las investigaciones, los enjuiciamientos y las sentencias, también hablamos de las intervenciones. Cuando hablamos del sistema jurídico, hemos previsto la enmienda de la Ley sobre el Trabajo Infantil, de conformidad con la Constitución. Cuando hablamos de la correcta asignación del presupuesto, podemos decir que no es cierto.

Por último, su preocupación es muy importante para nosotros, y sus intervenciones también lo son. En cuanto a la intervención sobre las cuestiones relativas al trabajo infantil en Nepal, no se trata solo de abordar las peores formas de trabajo infantil, sino también el hecho de que los niños tienen el derecho a ir a la escuela para recibir una educación adecuada. Cuando no les proporcionamos educación, los niños no tienen capacidad de análisis, ni los conocimientos que corresponden. Como parte del Gobierno, asumo la responsabilidad de esto. Les agradezco su preocupación y sus sugerencias, que son muy importantes para nosotros.

Miembros empleadores - Los miembros empleadores deseamos agradecer a los distintos oradores que han tomado la palabra, y en particular al Gobierno, sus intervenciones y la información facilitada. En nuestras observaciones finales quisiéramos subrayar, una vez más, la importancia del Convenio y de su cumplimiento por parte de todos los Estados que lo han ratificado. Solo garantizando la fiel aplicación de sus disposiciones podremos erradicar las formas más deplorables de trabajo infantil y cumplir el objetivo de eliminar el trabajo infantil para 2025, tal y como se consagra en el ODS 8.7.

Si bien tomamos buena nota de los pasos adelante dados por el Gobierno tanto en la legislación como en la práctica, no podemos ignorar que es necesario un mayor esfuerzo a nivel nacional para aplicar plenamente el Convenio y alcanzar sus objetivos subyacentes. Por lo tanto, en línea con las recomendaciones de la Comisión de Expertos, los miembros empleadores deseamos solicitar al Gobierno de Nepal: que adopte un enfoque multicausal para acabar con el trabajo infantil y adopte políticas destinadas a abordar las causas profundas del trabajo infantil (la pobreza, el conflicto, las crisis, la falta de acceso a la protección social, la falta de acceso a la educación y también las circunstancias socioeconómicas que conducen a la explotación de los niños); que adopte políticas económicas que promuevan el desarrollo de las regiones con más factores de riesgo de trabajo infantil; que prosiga sus esfuerzos para garantizar que todos los niños y las niñas víctimas del trabajo en condiciones de servidumbre reciban servicios adecuados para su rehabilitación e integración social, incluido el acceso a la educación gratuita, básica y de calidad, y siga facilitando información sobre las medidas adoptadas a este respecto, así como sobre los niños y las niñas víctimas del trabajo en condiciones de servidumbre que hayan sido rehabilitados; que, asimismo, facilite información sobre la aplicación en la práctica de las sanciones relacionadas con los delitos recientemente introducidos en relación con los abusos sexuales a menores, así como sobre el número de casos denunciados, procesamientos y condenas llevados a cabo, y penas aplicadas, y que adopte medidas eficaces para retirar a los niños menores de 18 años de la explotación sexual comercial en la industria del espectáculo y de la industria del ladrillo, y que proporcione asistencia adecuada para su rehabilitación e integración social.

Por último, los miembros empleadores deseamos invitar al Gobierno a seguir recurriendo a la asistencia técnica de la OIT y a seguir colaborando con la Oficina, en particular a través de los proyectos e iniciativas existentes sobre la erradicación del trabajo infantil. Contamos con la colaboración del Gobierno de Nepal para la aplicación de las recomendaciones mencionadas sin demora, a fin de lograr el pleno respeto del Convenio en la legislación y en la práctica.

Miembros trabajadores - Sin duda, el Gobierno ha demostrado su voluntad política de hacer frente al trabajo infantil y sus peores formas, mediante la adopción de leyes que prohíben el trabajo infantil y de medidas para proteger, rehabilitar y reinsertar a los niños víctimas del trabajo infantil. El Gobierno también ha adoptado un Plan director nacional para la eliminación del trabajo infantil para el periodo 2018-2028.

A pesar de estos esfuerzos, demasiados niños en Nepal siguen expuestos al trabajo infantil. De los 7 millones de niños de entre 5 y 17 años que hay en Nepal, 1,1 millones están ocupados en el trabajo infantil, con una gran prevalencia en el sector agrícola. Los niños de Nepal también son vulnerables a las peores formas de trabajo infantil, como el trabajo en régimen de servidumbre en la agricultura, la explotación sexual comercial y el trabajo peligroso en la industria de los hornos de fabricación de ladrillos.

Observamos que, según un informe conjunto de la OIT y de la Oficina Nacional de Estadística, de 2021, aunque en el país se ha producido un descenso del trabajo infantil en las dos últimas décadas, aún queda mucho por hacer. El considerable número de niños que trabajan pone de manifiesto la falta de una aplicación adecuada de las leyes y políticas destinadas a eliminar el trabajo infantil. Los informes conjuntos también señalan la necesidad de adoptar un enfoque coordinado para aplicar leyes y prácticas que colmen las brechas existentes en materia de trabajo infantil y protección de la infancia en el país.

Uno de los principales retos para acabar con el trabajo infantil en Nepal es la falta de recursos y de capacidad del Gobierno. El MoLESS es el ministerio encargado del trabajo infantil, pero carece de recursos suficientes para proteger a los niños.

Tomamos debida nota de los esfuerzos realizados por el Gobierno de Nepal para abordar la cuestión del trabajo infantil y sus peores formas. Nos hacemos eco del llamamiento de la Comisión de Expertos al Gobierno para que: redoble sus esfuerzos para garantizar que todos los niños víctimas del trabajo en régimen de servidumbre reciban servicios adecuados para su rehabilitación e inserción social, incluido el acceso a la educación; proporcione apoyo y asistencia a los niños víctimas de trata; luche contra la trata de niños mediante investigaciones, enjuiciamientos y condenas; y facilite el acceso a una educación gratuita, básica y de calidad para todos los niños, con especial atención a las niñas y a los niños indígenas.

El Gobierno también debe adoptar medidas efectivas y en un plazo determinado con el fin de librar a los niños de la explotación sexual comercial en el sector del ocio, proporcionarles la asistencia adecuada para garantizar su rehabilitación e inserción social, impedir que todos los niños trabajen en la industria de los hornos de fabricación de ladrillos y prever su rehabilitación e inserción social.

Tomando nota de que Nepal se beneficia actualmente de la asistencia técnica de la OIT, invitamos al Gobierno a seguir recurriendo a esta, centrándose especialmente en la creación de capacidades en la administración del trabajo y otras autoridades públicas encargadas de la lucha contra el trabajo infantil y la protección de los niños, y en el refuerzo de la coherencia y la coordinación de las políticas a nivel nacional y regional.

Teniendo en cuenta que el Plan director nacional se encuentra a mitad de camino del plazo previsto para su finalización, podría llevarse a cabo una revisión de los progresos realizados y de las brechas que aún persisten en su aplicación.

Conclusiones del Comité

La Comisión tomó nota de la información oral y escrita proporcionada por el Gobierno y de la discusión que tuvo lugar a continuación.

La Comisión tomó nota de las iniciativas emprendidas por el Gobierno para luchar contra las peores formas de trabajo infantil.

La Comisión tomó nota con profunda preocupación de la persistencia del fenómeno, incluido el trabajo en régimen de servidumbre en la agricultura, la explotación sexual comercial y el trabajo peligroso en la industria de hornos de ladrillos.

Habida cuenta de la discusión, la Comisión pide al Gobierno, en consulta con los interlocutores sociales, que:

- elimine las peores formas de trabajo infantil, en particular en la agricultura, la industria de hornos de ladrillos y la industria del esparcimiento, y garantice que los niños víctimas de estos trabajos peligrosos sean librados de estas situaciones y rehabilitados, en particular a través del acceso a la educación y a la formación profesional gratuitas;

- redoble sus esfuerzos para poner fin al trabajo infantil mediante un enfoque multicausal y adopte políticas para abordar las principales causas del trabajo infantil;

- prosiga sus esfuerzos para garantizar que todos los niños víctimas de trabajo en régimen de servidumbre reciban servicios adecuados para su rehabilitación e inserción social, incluido el acceso a la educación gratuita, básica y de calidad y continúe proporcionando información sobre las medidas adoptadas a este respecto, así como sobre los niños víctimas de trabajo en régimen de servidumbre que han sido rehabilitados;

- adopte medidas eficaces y en un plazo definido para librar a los niños de la explotación sexual comercial, el trabajo en régimen de servidumbre en la agricultura y el trabajo peligroso en la industria del esparcimiento y la industria de hornos de ladrillos y para proporcionar asistencia adecuada con miras a su rehabilitación e inserción social, y facilite información a la Comisión de Expertos sobre las medidas adoptadas a este respecto y los resultados obtenidos, indicando el número de niños menores de 18 años que han sido librados y rehabilitados;

- aumente los recursos materiales asignados al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para ayudar a combatir las peores formas de trabajo infantil;

- proporcione información a la Comisión de Expertos sobre la aplicación en la práctica del artículo 72 en relación con los artículo 66, párrafo 3, incisos d), h) y j) de la Ley relativa a los Niños, de 2018, para los delitos relacionados con la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la producción de pornografía o actuaciones pornográficas, indicando el número de casos denunciados, enjuiciamientos, condenas y sanciones impuestas;

- redoble sus esfuerzos para combatir la trata de niños y proporcione información a la Comisión de Expertos sobre las actividades realizadas por la policía de Nepal y el equipo de tareas de alto nivel, a fin de vigilar e identificar a niños víctimas de trata, y sobre el número de casos de trata de niños identificados, de investigaciones, de enjuiciamientos, de condenas y de sanciones impuestas;

- mejore el funcionamiento del sistema educativo para facilitar el acceso a la educación gratuita, básica y de calidad para todos los niños, en particular las niñas y los niños indígenas, y tome medidas para aumentar las tasas de matriculación, asistencia a la escuela y finalización de los estudios y para disminuir la tasa de abandono escolar, y proporcione información a la Comisión de Expertos sobre las medidas adoptadas a este respecto y sobre los resultados obtenidos, y

proporcione información sobre la aplicación práctica de sanciones relacionadas con los delitos tipificados recientemente de abuso sexual de niños, y sobre el número de casos denunciados, enjuiciamientos, condenas y sanciones aplicadas.

La Comisión pide al Gobierno que siga recurriendo a la asistencia técnica de la OIT a fin de garantizar el pleno cumplimiento del Convenio sin demora, centrándose en particular en:

- reforzar la capacidad de la administración del trabajo, del sistema de inspección del trabajo y de otras autoridades públicas encargadas de combatir el trabajo infantil y de proteger a los niños, y

- reforzar la coherencia de las políticas y la coordinación a nivel nacional y regional.

La Comisión pide al Gobierno que proporcione la información solicitada por la Comisión de Expertos, antes del 1.º de septiembre de 2023, junto con información detallada sobre las medidas adoptadas para aplicar estas recomendaciones.

Representante gubernamental - Me complace tener la oportunidad de estar aquí y suministrar información sobre los casos de niños sometidos a trabajo forzoso y en régimen de servidumbre en Nepal, que requieren una acción inmediata por parte del Gobierno. Hemos leído las conclusiones y recomendaciones formuladas por la Comisión y tenemos algunos comentarios que hacer.

El Gobierno ha tomado medidas y emprendido acciones que, por sí solas, pueden no ser suficientes para resolver todos estos problemas, teniendo en cuenta los principios de la OIT. Conocemos bien a los empresarios y a los sindicatos, pero parece que existen muchos factores que pueden reconsiderarse en el futuro.

Todas las recomendaciones se toman en serio y cualquier medida que se requiera se aplicará en el futuro. También se enviará la memoria a la Oficina a su debido tiempo. El Gobierno de Nepal se compromete a hacer todo lo posible por encontrar soluciones.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer