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Observación (CEACR) - Adopción: 2019, Publicación: 109ª reunión CIT (2021)

Convenio sobre el cáncer profesional, 1974 (núm. 139) - Guyana (Ratificación : 1983)

Otros comentarios sobre C139

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La Comisión toma nota con profunda preocupación de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores. La Comisión informa al Gobierno de que si antes de 1.º de septiembre de 2020 no transmite las respuestas a los puntos planteados, podría examinar la aplicación del Convenio sobre la base de la información de que disponga en su próxima reunión.
Repetición
La Comisión toma nota de que el proyecto de reglamento de 31 de enero de 2003 sobre la utilización sin riesgos de productos químicos en el trabajo se está examinando. Además, toma nota de la declaración el Gobierno según la cual este proyecto de reglamento prevé la protección contra el cáncer profesional y remite a la norma internacional establecida para los límites de exposición por la Conferencia Americana de Higienistas Industriales Gubernamentales. Asimismo, la Comisión toma nota de que el capítulo 3.6 del anexo 2 del proyecto contiene reglas aplicables en materia de efectos cancerígenos. También toma nota de la declaración del Gobierno, según la cual este proyecto debería prever exámenes médicos. Espera que el reglamento se adopte próximamente y que garantice la aplicación del Convenio y prevea exámenes médicos o bilógicos u otras pruebas o investigaciones, durante y después del empleo, de conformidad con el artículo 5 del Convenio. La Comisión ruega al Gobierno que en su próxima memoria proporcione información sobre las medidas adoptadas para garantizar la aplicación del Convenio y que transmita una copia de este reglamento una vez que se haya adoptado.
La Comisión espera firmemente que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.
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