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Observación (CEACR) - Adopción: 2018, Publicación: 108ª reunión CIT (2019)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Lituania (Ratificación : 1994)

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Artículo 2 del Convenio. Política nacional de igualdad. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno en su memoria, según la cual, en el marco de la aplicación del Plan de acción interinstitucional 2012 2014 sobre la promoción de la no discriminación, se organizaron varias formaciones y actos públicos. Toma nota de que se adoptó un nuevo Plan de acción interinstitucional 2015 2020 sobre la promoción de la no discriminación. No obstante, observa que la Unión Europea señaló recientemente una falta regular de financiación de los programas contra la discriminación y estimó aproximadamente que se otorgó sólo el 35 por ciento del presupuesto inicial a las medidas contra la discriminación proyectadas para 2016 (Unión Europea, informe de país sobre la no discriminación, 2017, pág. 105). La Comisión pide al Gobierno que comunique información sobre las medidas concretas adoptadas en el contexto del Plan de acción interinstitucional 2015 2020 sobre la promoción de la no discriminación o de otro modo, para promover efectivamente la igualdad de oportunidades y de trato en el empleo y la ocupación, con respecto a todos los motivos comprendidos en el Convenio, y para abordar las prácticas discriminatorias y que proporcione información sobre el impacto de tales acciones. También solicita al Gobierno que comunique información sobre el número, la naturaleza y los resultados de los casos de discriminación en el empleo y la ocupación, incluso respecto de las sanciones impuestas y de las reparaciones acordadas.
Igualdad de oportunidades y de trato de hombres y mujeres. La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual el Programa nacional sobre igualdad de oportunidades de mujeres y hombres para 2012 2014, identificó unas actitudes discriminatorias persistentes sobre las funciones de hombres y mujeres en el trabajo. El Gobierno indica también que, la promoción de la igualdad de oportunidades en el empleo para mujeres y hombres y la reducción de la segregación sectorial y profesional del mercado laboral, son aún parte de las metas prioritarias del nuevo Programa nacional sobre igualdad de oportunidades de mujeres y hombres para 2015 2021, y su correspondiente Plan de acción para 2015 2017, que está encaminado a crear mayores oportunidades para las mujeres, especialmente en las zonas rurales, así como al empleo por cuenta propia. A tal fin, en 2015 y 2016 se organizaron algunas actividades para promover el empoderamiento económico de la mujer. En ese sentido, la Comisión toma nota de que el Defensor de la Igualdad de Oportunidades realizó varias encuestas, formación y campañas de información pública, especialmente para luchar contra la discriminación de género en el proceso de contratación. Del informe del Defensor de la Igualdad de Oportunidades toma nota de que, en 2017, se presentaron 321 casos de discriminación basada en motivos de género, lo que representa casi un 44 por ciento de todas las quejas, la mitad de las cuales se relacionan con la discriminación en las relaciones laborales. Sin embargo, observa que, en 146 casos, el Defensor de la Igualdad de Oportunidades denegó el examen de la queja, dado que consideró que no era competente para ello. La Comisión solicita al Gobierno que comunique información sobre las medidas adoptadas, en el contexto del Programa nacional sobre igualdad de oportunidades de mujeres y hombres 2015 2021 y su correspondiente Plan de acción para 2015 2017 o de otro modo, para reducir eficazmente la segregación de género en el mercado laboral y promover la igualdad de oportunidades y de trato de hombres y mujeres en el empleo y la ocupación, incluso en la contratación, así como sobre los resultados obtenidos. La Comisión solicita una vez más al Gobierno que comunique información estadística sobre la distribución de hombres y mujeres en el empleo, desglosada por sector económico y ocupación.
Igualdad de oportunidades y de trato, sin distinción de raza, color y ascendencia nacional. En relación con sus comentarios anteriores sobre la comunidad romaní, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno, según la cual, en 2015, 389 romaníes participaron en sesiones de asesoramiento; 359 se beneficiaron de los servicios de información, y 55 participaron en medidas de política de mercado laboral activa. El Gobierno añade que, con el fin de abordar los estereotipos relativos a la comunidad romaní en el trabajo, se prevén medidas que los ayudarán a insertarse en el mercado de trabajo, dentro del Plan de acción interinstitucional 2015 2020, sobre la promoción de la no discriminación. Sin embargo, la Comisión toma nota de que, en su informe de 2016, la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia (ECRI) indicó que, a pesar de ciertos progresos en algunos ámbitos, la marginación social de la población romaní es aún evidente, por ejemplo, en las áreas de la enseñanza y del empleo. De hecho, los romaníes tienen unas tasas especialmente elevadas de desempleo y, según algunas fuentes, el número de romaníes que se desempeñan en trabajos regulares de la economía formal, se sitúa en menos del 10 por ciento. La Comisión toma nota asimismo de que la ECRI indicó que, tras unos logros insatisfactorios de los programas anteriores, las autoridades desarrollaron el nuevo Plan de acción para la integración de los romaníes en la sociedad lituana 2015 2020, que incluye, entre otras cosas, medidas en las áreas preescolares, escolares y de la educación para adultos, así como en el empleo. Sin embargo, existe aún una incertidumbre respecto de la financiación de las medidas que prevé el plan de acción. La ECRI recomendó que el Gobierno debería ampliar el apoyo de las actividades educativas de los romaníes y adoptar medidas más específicas para apoyar la integración de la población romaní en el mercado laboral, como la expansión de las actividades de formación profesional y la facilitación y la promoción de su registro en la bolsa de trabajo como así también la expansión de los cursos de educación para adultos orientados a la población romaní más allá de Vilna (documento CRI(2016)20, pág. 9 y párrafos 61, 67, 70 y 72). La Comisión toma nota asimismo de que, en julio de 2018, el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas también expresó su preocupación por los informes de que la comunidad romaní sigue sufriendo una extendida discriminación, especialmente en las áreas del empleo y la educación y manifiesta especialmente su preocupación por la persistencia de las bajas tasas de alfabetización de los romaníes; el bajo porcentaje de la población romaní con una educación general; el descenso de la población romaní en la enseñanza secundaria y superior; y la baja tasa de empleo en los romaníes, especialmente en las mujeres (documento CCPR/C/LTU/CO/4, 26 de julio de 2018, párrafo 7). De manera más general, la Comisión toma nota asimismo de que, en sus observaciones finales, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas (CERD) también expresó su preocupación por que muchas personas pertenecientes a minorías nacionales y étnicas indicaron que habían sufrido estereotipos y discriminación raciales que habían afectado de manera negativa su acceso al mercado laboral (documento CERD/C/LTU/CO/6 8, 6 de enero de 2016, párrafo 24). La Comisión pide al Gobierno intensificar sus esfuerzos, en colaboración con los trabajadores y los empleadores o sus organizaciones, para combatir los estereotipos y prejuicios contra las minorías nacionales y étnicas, incluida la comunidad romaní, en la educación, el empleo y la ocupación, y garantizar efectivamente la igualdad de oportunidades y de trato para estas minorías, de conformidad con el Convenio. La Comisión también solicita al Gobierno que comunique información específica sobre las medidas adoptadas, en el marco del Plan de acción para la integración de los romaníes en la sociedad lituana 2015 2020 o de otro modo, para promover la igualdad de oportunidades en la educación y el empleo para los miembros de la comunidad romaní y el impacto de las mismas. Solicita asimismo al Gobierno que transmita información sobre el número de casos en los que las personas pertenecientes a minorías nacionales y étnicas, incluida la comunidad romaní, han hecho frente a estereotipos y que discriminación raciales en la educación, el empleo y la ocupación y que se notificaron al Defensor del Pueblo sobre igualdad de oportunidades o a los tribunales, así como sobre las reparaciones acordadas.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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