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Observación (CEACR) - Adopción: 2016, Publicación: 106ª reunión CIT (2017)

Convenio sobre las peores formas de trabajo infantil, 1999 (núm. 182) - Afganistán (Ratificación : 2010)

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Artículos 3, a) y 7, 2), b), del Convenio. Todas las formas de esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud y medidas efectivas y en un plazo determinado. Reclutamiento obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados y prestar la asistencia directa necesaria y adecuada para librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y asegurar su rehabilitación e inserción social. La Comisión toma nota de que el Gobierno informa de que la Ley sobre la Prohibición del Reclutamiento de Niños Soldados, que entró en vigor en 2014, penaliza el reclutamiento de menores de 18 años para que entren a formar parte de las fuerzas de seguridad afganas.
Asimismo, la Comisión toma nota de que según el informe de 20 de abril de 2016 del Secretario General de las Naciones Unidas sobre los niños y los conflictos armados (documento A/70/836-S/2016/360) (informe del Secretario General), en 2015 se documentaron un total de 116 casos (115 niños y una niña) de reclutamiento y utilización de niños. De esos casos, 13 se atribuyeron a las fuerzas nacionales de defensa y seguridad afganas; cinco a la policía local afgana; y tres al ejército nacional afgano; mientras que la mayoría de los casos verificados se atribuyeron a los talibanes y a otros grupos armados que utilizan a los niños para el combate y los atentados suicidas. Las Naciones Unidas verificaron 1 306 incidentes que causaron 2 829 bajas infantiles (733 muertos y 2 096 heridos); un promedio de 53 niños murieron o resultaron heridos cada semana. En 2015, un total de 92 niños fueron secuestrados en 23 incidentes.
A este respecto, la Comisión toma nota de la información que figura en el informe Children not soldiers-Afghanistan, de mayo de 2016, de la Oficina del Representante Especial del Secretario General para los niños y los conflictos armados en relación con las siguientes medidas adoptadas por el Gobierno:
  • -el Gobierno del Afganistán suscribió un plan de acción con las Naciones Unidas para prevenir y acabar con el reclutamiento y utilización de niños por parte de las fuerzas nacionales de defensa y seguridad afganas, incluida la policía nacional afgana y el ejército nacional afgano, el 30 de enero de 2011;
  • -una Hoja de ruta para acelerar la implementación del plan de acción recibió el respaldo del Gobierno el 1.º de agosto de 2014;
  • -el Gobierno avaló las directrices de evaluación de la edad para prevenir el reclutamiento de menores;
  • -en 2015 y principios de 2016 se establecieron tres unidades adicionales de protección de los niños en Mazar e Sharif, Jalalabad y Kabul, con lo cual ya hay siete unidades de este tipo. Estas unidades están integradas en los centros de reclutamiento de la policía nacional afgana y han logrado prevenir el reclutamiento de cientos de niños.
La Comisión toma nota de que, en febrero de 2016, el Representante Especial que visitó el Afganistán encomió el firme compromiso del Gobierno y los importantes progresos logrados para eliminar y prevenir el reclutamiento y la utilización de niños por las fuerzas nacionales de defensa y seguridad afganas (documento A/70/836-S/2016/360, párrafos 31 y 32). No obstante, los miembros del grupo de trabajo sobre los niños y los conflictos armados expresaron su profunda preocupación por el deterioro de la situación de los niños afectados por el conflicto en el Afganistán, especialmente por el aumento considerable de bajas infantiles y el continuo reclutamiento y utilización de niños, en contravención del derecho internacional aplicable, así como por los ataques contra hospitales y escuelas, en detrimento de la educación de las niñas en particular, por todas las partes en el conflicto (documento S/AC.51/2016/1, párrafo 4). La Comisión expresa su profunda preocupación por la situación y el número de niños involucrados en el conflicto. Reconociendo la difícil situación que atraviesa el país, la Comisión insta al Gobierno a adoptar medidas inmediatas y eficaces para acabar con la práctica del reclutamiento de menores de 18 años por parte de grupos armados y fuerzas armadas así como medidas para garantizar la desmovilización de los niños involucrados en el conflicto armado. Asimismo, insta al Gobierno a adoptar medidas inmediatas y eficaces para garantizar que se llevan a cabo investigaciones en profundidad y enjuiciamientos firmes en relación con las personas que reclutan por la fuerza a menores de 18 años para su utilización en el conflicto armado y que en la práctica se imponen sanciones lo suficientemente efectivas y disuasorias. Pide al Gobierno que adopte medidas efectivas y en un plazo determinado para sacar a los niños de los grupos armados y fuerzas armadas y garantizar su rehabilitación e integración social. Por último, solicita al Gobierno que transmita información sobre las medidas adoptadas a este respecto y sobre los resultados alcanzados.
Artículos 3, b) y 7, 2), b). Utilización, reclutamiento u oferta de niños para la prostitución y prestar la asistencia directa necesaria y adecuada para librar a los niños de las peores formas de trabajo infantil y asegurar su rehabilitación e inserción social. La Comisión toma nota de que según el informe del Secretario General sobre los niños y los conflictos armados sigue habiendo preocupación por la práctica cultural del bacha-bazi («niños bailarines»), que entraña la explotación sexual de niños varones por hombres que ocupan cargos de poder, incluidos los comandantes de las fuerzas nacionales de defensa y seguridad afganas (párrafo 25). También toma nota de que según un documento del UNICEF de 2015 en relación con la investigación de la comisión independiente de derechos humanos del Afganistán sobre los bacha-bazi, hay muchos niños víctimas de esta práctica, especialmente niños de edades comprendidas entre los 10 y los 18 años, que han sido objeto de explotación sexual durante largos períodos de tiempo. La Comisión también toma nota de que el Comité de los Derechos del Niño, en sus observaciones finales de abril de 2011, expresó su profunda preocupación por el hecho de que algunas familias vendan a sabiendas a sus hijos para practicar la prostitución forzada, incluso como bacha-bazi (documento CRC/C/AFG/CO/1, párrafo 72). Tomando nota con profunda preocupación del uso de niños, especialmente varones, para la prostitución, la Comisión insta al Gobierno a adoptar medidas efectivas y en un plazo determinado para eliminar la práctica del bacha bazi, librar a los niños de esta peor forma de trabajo infantil y proporcionar asistencia para su rehabilitación y reintegración. Pide al Gobierno que transmita información sobre las medidas adoptadas a este respecto y sobre los resultados alcanzados.
Artículo 7, 2). Apartados a) y e). Impedir la ocupación de niños en las peores formas de trabajo infantil y tener en cuenta la situación especial de las niñas. Acceso a la educación básica gratuita. La Comisión toma nota de que en su memoria el Gobierno señala que los niños y los jóvenes son los que se han visto más afectados por las tres últimas décadas de conflicto, la inseguridad y la sequía, y que una mayoría de esos niños y jóvenes no reciben educación o formación adecuadas. La Comisión toma nota de que, según el documento del UNICEF de 2015, el Afganistán es uno de los países con peores resultados en lo que respecta a proporcionar suficiente educación a su población. En 2013, muchos niños y niñas de 16 de las 34 provincias no podían ir a la escuela debido a los ataques de los insurgentes y a las amenazas que conducen a la clausura de las escuelas. En el informe de las Naciones Unidas de 2016 titulado Education and Health Care at Risk se señala también que, además de los problemas derivados de la inseguridad que hubo durante todo 2015, ciertos elementos antigubernamentales restringieron deliberadamente el acceso de las niñas a la educación, incluso clausurando escuelas de niñas y prohibiendo la educación de éstas. En 2015, más de 369 escuelas fueron cerradas parcialmente o completamente lo cual afectó al menos a 139 048 estudiantes y más de 35 escuelas fueron utilizadas con fines militares. Por último, la Comisión toma nota de que el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, en sus observaciones finales de 30 de julio de 2013, expresó preocupación por la escasa matriculación de las niñas, especialmente en la escuela secundaria, y su alta tasa de abandono escolar, particularmente en las zonas rurales, debido principalmente a la falta de seguridad en sus trayectos a la escuela. Asimismo, el CEDAW expresó su profunda preocupación por el incremento de los ataques a las escuelas de niñas y las amenazas por escrito de grupos armados no estatales en las que se advierte a las niñas de que dejen de asistir a la escuela (documento CEDAW/C/AFG/CO/1-2, párrafo 32). Recordando que la educación contribuye a evitar que los niños sean víctimas de la peores formas de trabajo infantil, la Comisión insta al Gobierno a adoptar las medidas necesarias para mejorar el funcionamiento del sistema educativo y garantizar el acceso a la educación básica gratuita, en particular tomando medidas para incrementar las tasas de matriculación y de finalización de la educación, tanto a nivel primario como secundario, especialmente de las niñas.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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