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Observación (CEACR) - Adopción: 2015, Publicación: 105ª reunión CIT (2016)

Convenio sobre el trabajo portuario, 1973 (núm. 137) - Guyana (Ratificación : 1983)

Otros comentarios sobre C137

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La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Expresa su preocupación a este respecto. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar sus comentarios anteriores.
La Comisión tomó nota de la memoria del Gobierno para el período que finalizó en septiembre de 2002, según la cual no se han producido cambios en la aplicación del Convenio. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione una evaluación general de la forma en la que el Convenio se aplica en la práctica, incluyendo, por ejemplo, extractos de informes de las autoridades encargadas de la aplicación de las leyes y reglamentos, y la información disponible sobre el número de trabajadores portuarios registrados, de conformidad con el artículo 3 del Convenio y sobre los cambios que se produzcan al respecto (parte V del formulario de memoria).
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.
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