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Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) - Côte d'Ivoire (Ratificación : 1987)

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Consultas tripartitas requeridas por el Convenio. Formación. La Comisión toma nota de las comunicaciones de la Confederación General de Empresas de Côte d’Ivoire (CGECI) transmitida al Gobierno en enero de 2011. La Comisión también toma nota de la respuesta del Gobierno a la observación de 2009 recibida en junio de 2011, que incluye las actas de la sesión del Comité Tripartito sobre la OIT. En la sesión del 20 de diciembre de 2010, el Comité Tripartito trató las cuestiones previstas en el artículo 5 del Convenio y la actualización de la lista de sus miembros. El representante de una organización de trabajadores señaló que todos los miembros del Comité Tripartito deberían recibir formación para cumplir adecuadamente sus funciones. La CGECI expresó la esperanza que esa estructura funcione regularmente, un propósito también confirmado por el Gobierno en su memoria. La Comisión invita al Gobierno a que proporcione indicaciones detalladas sobra las «consultas efectivas» en el período cubierto por la próxima memoria. La Comisión desearía examinar informaciones precisas y detalladas respecto de las consultas realizadas sobre todas las cuestiones a que se hace referencia en el artículo 5, párrafo 1, del Convenio. La Comisión invita al Gobierno a que facilite informaciones relativas a los acuerdos celebrados, eventualmente con la asistencia de la OIT, para financiar la formación que puedan necesitar los participantes en los procedimientos de consulta sobre las normas internacionales del trabajo previstas por el Convenio (artículo 4, párrafo 2).
Sumisión a la Asamblea Nacional de los instrumentos adoptados por la Conferencia. La CGECI indica en su comunicación que no ha sido informada ni consultada respecto de la sumisión a la Asamblea Nacional de los instrumentos adoptados por la Conferencia Internacional del Trabajo. El Gobierno indica que el proceso de sumisión a la Asamblea Nacional de los instrumentos adoptados por la Conferencia se inició en noviembre de 2009. Asimismo, el Gobierno señala que dichos instrumentos fueron objeto de consultas tripartitas. La Comisión expresa la esperanza de que el proceso de sumisión a la Asamblea Nacional de los instrumentos adoptados por la Conferencia entre 1996 y 2011 finalizará en breve y que el Gobierno proporcionará informaciones precisas y detalladas sobre las propuestas sometidas a la Asamblea Nacional, tal como lo requiere el artículo 5, párrafo 1, b), del Convenio.
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