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Observación (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) - Irlanda (Ratificación : 1979)

Otros comentarios sobre C144

Solicitud directa
  1. 2008
  2. 2007
  3. 2005
  4. 1998
  5. 1995
  6. 1993

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Consultas tripartitas requeridas por el Convenio. La Comisión toma nota con profunda preocupación de que, desde su última memoria que se recibió en octubre de 2005, el Gobierno no ha transmitido información alguna sobre la aplicación del Convenio. La Comisión confía en que el Gobierno transmitirá una memoria detallada sobre la aplicación del Convenio incluyendo informaciones sobre las consultas tripartitas efectivas celebradas sobre los asuntos del orden del día de la Conferencia, las propuestas sobre la sumisión al Parlamento de los instrumentos adoptados por la Conferencia, el reexamen de los convenios no ratificados y de las recomendaciones, los asuntos que se plantean en las memorias sobre la aplicación de los convenios, la denuncia de convenios (artículo 5, párrafo 1, del Convenio).
[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2012.]
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