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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (núm. 100) - Bolivia (Estado Plurinacional de) (Ratificación : 1973)

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Brecha salarial. La Comisión toma nota de que el Gobierno informa que el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas es el responsable de fijar las políticas salariales y que en virtud de la ley núm. 045 contra el racismo y toda forma de discriminación de 8 de octubre de 2010, no puede haber diferencia en cuanto al salario mínimo que perciben los hombres y las mujeres. El Gobierno señala que de existir diferencias, las mismas se deben al recurso al trabajo precario o al subempleo. El Gobierno añade que todavía no se puede evaluar el impacto del Plan Quinquenal de las Mujeres 2008-2012 porque el mismo se encuentra en período de ejecución. El Gobierno informa asimismo que el Ministerio de Trabajo es el responsable de establecer los mecanismos eficaces de vigilancia del cumplimiento de las disposiciones relativas a la no discriminación en el empleo. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre las medidas concretas adoptadas con miras a reducir la brecha salarial, incluyendo toda medida pertinente adoptada por el Ministerio de Justicia en el marco del decreto supremo núm. 29894 que establece la estructura organizativa del Estado. La Comisión pide asimismo al Gobierno que, cuando esté disponible, envíe información sobre el impacto del Plan Quinquenal de las Mujeres 2008-2012 en la reducción de la brecha salarial. La Comisión pide al Gobierno que envíe la información disponible sobre la incidencia del trabajo precario y el subempleo en la ocupación femenina y masculina.
Distribución de hombres y mujeres en el sector público. La Comisión toma nota de que el Gobierno señala que no cuenta con información al respecto. La Comisión alienta al Gobierno a que tome medidas para recopilar informaciones sobre los porcentajes de hombres y mujeres en el sector público, incluyendo los sectores de salud y educación, desglosados según la categoría profesional y de remuneración, con inclusión de los complementos salariales. Además, la Comisión pide al Gobierno que informe sobre toda medida adoptada últimamente para promover el principio de igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor en el sector público.
Sector privado. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre toda iniciativa adoptada en el sector privado, en cooperación con las organizaciones de empleadores y trabajadores, con miras a reducir la brecha salarial.
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