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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2011, Publicación: 101ª reunión CIT (2012)

Convenio sobre las agencias retribuidas de colocación (revisado), 1949 (núm. 96) - Argentina (Ratificación : 1996)

Otros comentarios sobre C096

Observación
  1. 2016
  2. 2015
  3. 2006
Solicitud directa
  1. 2014
  2. 2013
  3. 2011
  4. 2010
  5. 2001
  6. 1999

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Reglamentación de las agencias retribuidas de colocación. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de la memoria presentada en septiembre de 2011. El Gobierno recapitula la legislación y las políticas adoptadas desde 2004 para fomentar políticas activas de empleo y destaca que la red de servicios públicos de empleo (350 oficinas distribuidas en 23 provincias) permitió atender a más de 400.000 personas en 2010 y 2011. La Comisión recuerda que en la observación de 2006 y la solicitud directa de 2010, se pidió al Gobierno que comunique informaciones prácticas sobre las medidas adoptadas para vigilar las operaciones de las agencias cubiertas por el decreto núm. 489/2001, mediante el cual se reglamentó la parte III del Convenio núm. 96. La Comisión también se remite a la observación de 2010 para el Convenio sobre el servicio del empleo, 1948 (núm. 88). La Comisión pide nuevamente al Gobierno que en su próxima memoria comunique informaciones sobre las medidas tomadas para vigilar las operaciones de las agencias cubiertas por el decreto núm. 489/2001. Se solicita al Gobierno que agregue a su memoria decisiones de los tribunales sobre cuestiones de principio relativas a la aplicación del Convenio, resúmenes de los informes de inspección y también informaciones pertinentes sobre el número y la naturaleza de las infracciones observadas (artículo 14 del Convenio y partes IV y V del formulario de memoria).
[Se invita al Gobierno a que responda de manera detallada a los presentes comentarios en 2013.]
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