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Caso individual (CAS) - Discusión: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Colombia (Ratificación : 1976)

Otros comentarios sobre C087

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Un representante gubernamental indicó que para cumplir con las obligaciones adquiridas con la OIT, su Gobierno ha iniciado una reforma de fondo que atañe igualmente a la legislación del trabajo, dado que el Código vigente en el país data de 1948. Recordó que se había concluido un trabajo confiado a especialistas a fin de proponer una serie de reformas a las instituciones de trabajo, tanto en el campo del derecho individual como del derecho colectivo del Código del Trabajo. En relación con los comentarios de la Comisión de Expertos, indicó que el año pasado el Gobierno había efectuado una reforma de la estructura del Ministerio de Trabajo, con apoyo del personal del Ministerio, de expertos colombianos y de la OIT, a través del PREALC. En particular, se ha previsto una reorganización de la Oficina de registro de sindicatos, dado que se habían presentado muchas quejas, lo que está indicado en el informe de la Comisión de Expertos, en relación con la inscripción del registro de sindicatos y su autorización. Las cifras mencionadas en el informe de la Comisión de Expertos ya no están al día, pues recientemente se han autorizado más de 200 organizaciones. Sin embargo, indicó que el problema de fondo se planteaba en relación con la personería jurídica de los sindicatos. Señaló que actualmente se ha reconocido la personería jurídica a más de 6 000 organizaciones. Empero, de acuerdo con las últimas cifras, más de 4 000 de esas organizaciones están inactivas. Por otra parte, y en relación con la personería jurídica, indicó que ésta no podía ser objeto de suspensión sino a través de un procedimiento claramente establecido. Respecto al mantenimiento del derecho a la negociación colectiva, señaló al alto número de convenios colectivos firmados en los últimos años y el reducido número de huelgas que demuestran la posibilidad que existe de celebrar acuerdos libremente entre las partes y, cuando es necesario, con la participación y coordinación del Ministerio. Reiteró que, una vez que la nueva estructura del Ministerio de Trabajo se ponga en marcha, se reemplazará la Oficina de registro de sindicatos, lo que permitirá dar efecto a las leyes 26 y 27, que aplicarán las disposiciones de este Convenio y de otros convenios ratificados por el país.

El miembro trabajador del Reino Unido recordó que a raíz de la larga discusión sobre la aplicación por Colombia de este Convenio, el año pasado la Comisión mencionó este caso en un párrafo especial. Recordó asimismo que la Comisión había considerado los problemas técnicos planteados por la Comisión de Expertos, y la discusión de fondo con el representante gubernamental de los casos en Colombia que habían sido considerados por el Comité de Libertad Sindical. En sus conclusiones la Comisión había solicitado al Gobierno que: "adopte todas las medidas necesarias para poner la ley y la práctica en plena conformidad con las exigencias del Convenio, esforzándose particularmente en establecer un clima propicio al restablecimiento de las libertades civiles y, por ende, de las libertades sindicales, y en garantizar la integridad física de los sindicalistas". La Comisión concluyó expresando su profunda esperanza para que el Gobierno pudiera "el año próximo referirse a los progresos sustanciales en este campo". El orador expresó su desacuerdo sobre la manera en que el representante gubernamental había tratado este punto. Nada de lo que se había dicho le permitía considerar que había habido un cambio sustancial respecto de la protección de los sindicalistas en Colombia. El año pasado se había referido a las informaciones provenientes de Amnistía Internacional relativas a los sindicalistas; al respecto, el orador podría ofrecer datos actualizados relacionados con las amenazas de mueste y los asesinatos de los sindicalistas. El representante del Gobierno había dado algunas estadísticas sobre la reducción del número de huelgas en los años recientes. Si bien dichas cifras son interesantes, el orador estaba más interesado en conocer el número de sindicalistas que habían sido desaparecidos o asesinados en los últimos cinco años a fin de saber si había habido una reducción sustancial al respecto. Aparentemente éste no fue el caso. Líderes sindicales, abogados laboralistas, consejeros jurídicos de los sindicatos han recibido amenazas de muerte provenientes de los grupos paramilitares llamados "Escuadrones de la muerte". Muchos de estos sindicalistas que habían continuado en sus actividades legítimas sindicales habían sido asesinados o desaparecidos, aparentemente después de haber sido detenidos por las fuerzas de seguiridad o por civiles que se encubrían bajo los llamados "Escuadrones de la muerte". En numerosas ocasiones, altos funcionarios de las fuerzas armadas o autoridades civiles han afirmado públicamente que el movimiento sindical ha sido infiltrado por movimientos subversivos de izquierda; ésta es la excusa que ellos utilizan. Han acusado a los dirigentes sindicales y a los activistas de tener vínculos directos con los movimientos guerrilleros. Como resultado de estas acusaciones no probadas, en muchos casos conocidas del orador, tales acusaciones trajeron como consecuencia el asesinato de esas personas por los grupos paramilitares llamados "Escuadrones de la muerte", integrados pos personas identificadas con las fuerzas de seguridad. La región bananera se ha visto particularmente afectada por una campaña sistemática de intimidación de los miembros de los sindicatos, incluyendo arrestos arbitrarios, desapariciones o asesinatos afectuados por motivos políticos. Nuevamente, las fuerzas paramilitares, que actúan bajo el mando o con el acuerdo de las fuerzas del ejército regular o incluso pagadas por propietarios locales, habían cometido en reiteradas ocasiones asesinatos en esa región. Sin embargo, de acuerdo con las pruebas con que se cuenta, el ejército y la policía aparecían como los directamente responsables de algunas de las ejecuciones extrajudiciales. El orador indicó que el Gobierno continuaba afirmando su preocupación por salvaguardar los derechos humanos. Si bien esta declaración es bienvenida, lo que realmente se necesita es que se lleve a cabo una acción al respecto. Cualquier medida adoptada para salvaguardar los derechos fundamentales del hombre es bienvenida, pero hablando desde el punto de vista de los trabajadores, que puede ser también el punto de vista de la Comisión, el orador consideraba que se requerían medidas más inmediatas y efectivas a fin de poner un alto a las violaciones de los derechos humanos. Pidió enérgicamente a las autoridades de Colombia que condujesen una investigación a fondo e imparcial y que asegurasen que los responsables de las violaciones de derechos humanos serían conducidos ante los tribunales. En muchos casos, las autoridades civiles y judiciales habían iniciado los procedimientos previstos por la ley a raíz de unos informes sobre ejecuciones extrajudiciales y desapariciones. Pero, en realidad, sólo excepcionalmente esas investigaciones habían dado como resultado una persecución y condena de los culpables. A pesar de los esfuerzos del procurador general, del Ministerio Público y de la jurisdicción civil para identificar y perseguir a los responsables de las violaciones contra los derechos humanos y de las ejecuciones extrajudiciales de sindicalistas, de las torturas y de las desapariciones, éstos continúan cometiéndose con virtual impunidad. En la mayoría de los casos, cuando el resultado de las investigaciones trae como consecuencia la identificación de miembros de las fuerzas armadas como personas implicadas en abusos motivados por razones políticas, las jurisdicciones regulares transmiten estos casos a los tribunales militares. Estos tribunales no actúan de manera imparcial para procesar o condenar a miembros de la policía o del ejército implicados en actos criminales por violaciones en contra de los sindicalistas. Esta falla constante de las autoridades judiciales para perseguir y condenar a los miembros del ejército responsables de esas ejecuciones extrajudiciales, torturas y desaparición de los sindicalistas han deteriorado considerablemente la confianza en la posibilidad de que el Gobierno pueda tratar la grave crisis existente en Colombia, en lo que respecta a los derechos humanos y la libertad de sindicación. El orador expresó el deseo de que los comentarios formulados en el curso de este debate fuesen sometidos a la consideración de la Comisión de Expertos. Asimismo, espera que los representantes gubernamentales de Colombia llamarán a la atención del nuevo Presidente y del nuevo Congreso, que entrarán en funciones en julio, sobre lo discutido en esta Comisión a fin de permitirles encontrar una solución a los problemas que los gobiernos anteriores no pudieron resolver.

Un miembro trabajador de Colombia indicó que las explicaciones e informaciones proporcionadas por el representante del Gobierno no eran aceptables. Señaló que las violaciones a este Convenio eran, en su país, cada d)ia más flagrantes. Indicó que no era cierto que se respetase el derecho de organización, ya que un gran número de organizaciones desaparecen antes de ser constituidas. Observó que, salvo casos excepcionales, las organizaciones de los trabajadores deben crearse en la clandestinidad, a fin de evitar el despido precipitado de los trabajadores que desean constituirlas. Luego, se tiene que hacer frente al tortuoso camino del reconocimiento de la organización, aun que a menudo, cuando se obtiene este reconocimiento, el sindicato ya no existe, pues muchos de los trabajadores que deseaban constituirlo han sido despedidos. Refiriéndose a las cifras indicadas por el representante gubernamental, señaló que era necesario completarlas, indicando las razones por las cuales los sindicatos dejan de funcionar y la razón por la que existen algunas personerías jurídicas sin miembros. Por otra parte, señaló que, cuando en octubre de 1988 se decidió llevar a cabo un paro nacional, el Gobierno expidió de inmediato una serie de decretos contra el movimiento sindical, con penas de prisión y de despido para aquellos que participasen en el paro. Es difícil entender este tipo de medidas coercitivas en un Estado que se declara de derecho y democrático. El orador indicó que era importante señalar que el problema de la violencia física ejercida por los terroristas del narcotráfico, los grupos militares y paramilitares que asesinaban indiscriminadamente o proveniente de los grupos guerrilleros, no era quizás la violencia más importante que sufrían los trabajadores. Existe otro tipo de violencia mucho más grave, la violencia ejercida contra los niños y los viejos abandonados en las calles, la violencia y el hambre para las familias colombianas, la violencia ejercida a través del desempleo, la violencia expresada en la muerte de miles de niños por hambre o por enfermedad, la violencia originada en la marginalidad social y niveles terribles de pobreza. Luego, si a menudo se habla de la violencia física, esto se hace para ocultar el problema de fondo, el problema de la descomposición social que caracteriza la realidad del país. El Gobierno debe comprometerse a garantizar el respeto de este Convenio.

Un miembro trabajador de España señaló que el problema de fondo no reside en agilizar o no los trámites para el registro de los sindicatos, El problema consiste en que los sindicatos tengan derecho a constituirse, a adoptar los estatutos, a elegir los dirigentes de su elección, sin autorización o control administrativo, sin la presencia de representantes gubernamentales, y en todo caso, cuando se trata del reconocimiento de la personería jurídica, que sea una autoridad judicial y no administrativa la que proceda a hacerlo. Señaló que esperaba que el representante del Gobierno híciera la distinción entre autoridad administrativa y judicial. Empero, debe quedar claro para la Comisión que el mayor atentado contra la libertad sindical eran los asesinatos de los dirigentes sindicales. A ese respecto, se refirió a un informe de Amnistía Internacional de abril de 1990, en el que se indica que desde 1986, fecha en que fue creada la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), más de 300 de sus miembros han sido asesinados por motivos políticos. En ese mismo informe se indica que un destacado dirigente sindical, Sebastián Mosquera, fue asesinado cuando viajaba en la región de Uraba, el 9 de septiembre de 1989. En ese mismo informe se indica el asesinato de otras cuatro personas, Silvia Margarita Duzán, Josué Vargas, Miguel Barajas y Saúl Castañeda, en el área de Cimitarra, del departamento de Santander, el 26 de febrero de 1990. Citó también el caso del asesinato de dos de los candidatos a la presidencia de la República, en el curso de este año. Hace pocos días el orador recibió al secretario general de la CUT, Sr. Garzón, que tuvo que exiliarse para no ser asesinado en virtud de un complot descubierto oportunamente por Amnistía Internacional. Reiteró que Amnistía Internacional había llegado a la conclusión de que la violencia de los derechos humanos en Colombia en gran escala no era algo que simplemente se tolerase en el seno de las fuerzas armadas de Colombia, sino el resultado de una política deliberada de asesinatos políticos. Habida cuenta de lo anterior, consideró que el caso de Colombia debería citarse por lo menos en un párrafo especial, si no como un caso de grave y continuo incumplimiento.

Un miembro trabajador de Colombia indicó que este caso era dramático y recordó que la CUT, de la cual ella es la secretaria general, había perdido 381 compañeros que habían sido asesinados en los tres años de existencia de esa Central. Recordó que en 1990, de enero a mayo, se habían cometido más de 40 asesinatos y que la semana en que se inció la Conferencia no pudo partir de su país, ya que se había cometido el asesinato de siete trabajadores, dos de la zona bananera, un trabajador petrolero, dos profesores universitarios y dos profesores de secundaria, todos ellos miembros de sindicatos de su Central. Ello significa que la oradora y su compañero, presidente de la Central, forman parte de los sobrevivientes. Indicó que la CUT estaba pagando un alto costo de sangre. También recordó el asesinato del secretario general de la Confederación de Trabajadores de Colombia (CTC), Sr. Víctor Almanza, en la ciudad de Pereyra. Consideró que era necesario explicar a la comunidad internacional que su país, desde hacía cuarenta años, salvo escasas excepciones, vive bajo el estado de sitio. En consecuencia, cuando los trabajadores decretan un paro nacional, éste es tratado por el Gobierno como un problema de orden público y no como un problema laboral, lo que implica que el ejército puede entrar en las fábricas, en los establecimientos y en cualquier otro lugar. Subrayó que era importante tener en cuenta los comentarios de la Comisión de Expertos. Indicó que en Colombia se está en camino de abolir prácticamente el derecho de huelga. Así, por ejemplo, señaló el caso de la mina de carbón del "Cerrejón", la mina más grande de Colombia, en donde hace un mes los trabajadores se fueron a la huelga y el Gobierno expidió un decreto levantando por orden administrativa la huelga de los trabajadores, argumentando que había una grave afectación de la economía nacional. Se pueden citar otros casos de esta misma naturaleza, algunos de los cuales no son en estricto rigor un movimiento de huelga, sino manifestaciones efectuadas por los trabajadores y declaradas ilegales por el Gobierno. Lo anterior permite concluir que si el Gobierno continúa actuando de esta manera se llegará a abolir el derecho de huelga. Habida cuenta de la declaración del Gobierno indicando que hay avances en la legislación laboral, la oradora se preguntaba si ello conllevaría la verdadera libre elección de los dirigentes sindicales, sin necesidad de someterlos al acuerdo del Ministerio; la adopción libre de los estatutos por los propios sindicatos, y si los sindicatos podrán subsistir sin el reconocimiento obligado de las autoridades administrativas. A este respecto, hizo mención del sindicato del sector bancario, al que prácticamente se le derogó la personería jurídica por una decisión del consejo del Gobierno del país. Hizo referencia de igual manera a la prohibición para que los miembros de los sindicatos, en particular los del sector oficial, intervengan en actividades políticas e indicó que hay decenas de procesos disciplinarios, recordando específicamente el caso de los maestros que pueden ser despedidos por haberse presentado como candidatos a los consejos y corporaciones públicas del país. Ello significa que se niega el ejercicio de los derechos políticos a los sindicalistas. La oradora expresó el deseo de solicitar que la OIT enviase a su país una misión, como ya lo hizo en 1988, para contribuir a detener el baño de sangre que agobia al país y permitir que algunos de los sindicalistas puedan regresar a las tribunas de la OIT, pues se corre el peligro de que los dirigentes sindicales en Colombia no queden vivos. Manifestó que lanzaba un grito de alarma no sólo a los otros sindicatos, sino también a los gobiernos y a los empleadores, a fin de que todos coadyuven a detener la violencia desatada en su país, para que la impunidad no impere en el país, en donde los crímenes no son perseguidos y en donde los grupos paramilitares fueron creados por una resolución del Gobierno nacional. A este último respecto recordó que dicha resolución fue derogada el año pasado, aunque de hecho los grupos siguen actuando en todo el país. Por ello, reiteró la necesidad de que los órganos de la OIT intervengan y lanzó un llamamiento apelando a la comunidad internacional para que se detuviese la feroz campaña dirigida en contra de los sindicatos, campaña de carácter político, y se respetase la vida e integridad de los dirigentes sindicales que se encontraban en el país.

Otro miembro trabajador de Colombia expresó su reconocimiento por la atención prestada al caso de su país, lo que manifestaba el interés de la comunidad internacional por la suerte de un país que luchaba por mantenerse dentro de la comunidad civilizada. Recordó que muchos de los presentes en la Comisión habían aprobado el año pasado un párrafo especial en el caso de Colombia, y manifestó que una vez más este año debería haber un párrafo especial, ya que no había razón para que no fuera así. Si bien es importante referirse al derecho de asociación, al derecho de huelga, es también importante referirse al derecho a la vida, sin el cual los otros derechos no pueden existir. Recordó al respecto que desde la última reunión de la Conferencia anterior habían sido asesinados 91 sindicalistas, lo que demuestra que la situación en su país ha empeorado, que las investigaciones no han desembocado en la detención de los responsables, ni en la aplicación de las sanciones previstas por la legislación penal. Indicó que es indudable que en el ámbito laboral nada se ha hecho para poner la legislación del país en concordancia con las disposiciones del Convenio. Al respecto, recordó el caso de las minas del "Cerrejón" precisando que esas minas, a cielo abierto, son las más grandes del mundo. Dichas minas pertenecen a la empresa multinacional Eon, que explota el petróleo y el carbón, y que cuenta con 102 00bajadores. Esta opera en más de 80 países y las utilidades que obtuvo en el año 1988 llegan a más de 5 000 millones de dóla res. Los trabajadores de esa empresa en Colombia habían hecho la huelga para mejorar sus condiciones de vida y de trabajo. El Gobierno argumentó que dicha huelga afectaba a la economía del país a fin que ordenara que se le diera término. El orador recordó que, en cualquier país en vías de desarrollo, una huelga afecta efectivamente a la economía del país; de no ser así no habría en rigor derecho de huelga. La Comisión de Expertos se ha referido a las limitaciones existentes para el ejercicio del derecho de huelga, ya que el Ministro puede ordenar el levantamiento de la huelga cuando han transcurrido cuarenta días e imponer un tribunal de arbitraje, lo que contraviene abiertamente al Convenio. El orador expresó que, dada la lucha que libra el pueblo de Colombia en contra del narcotráfico, éste merecía el apoyo de la OIT, y si bien era cierto que debería incluirse este caso en un párrafo especial, también lo era que se tenía que influir para que se prestase el auxilio necesario.

Un miembro trabajador de España expresó que al margen de las medidas que el Gobierno pueda tomar para modificar la legislación y adecuarla a las disposiciones del Convenio, cabía preguntar al representante gubernamental si el Gobierno está dispuesto a detener o encarcelar a los miembros de los "Escuadrones de la muerte" vinculados a las fuerzas armadas e incluidos en las nóminas salariales de dichas fuerzas. Como segundo punto concreto, deseaba saber si los funcionarios del Ministerio del Interior persistirán en su actitud de acusar a los sindicalistas como parte de las fuerzas subversivas o guerrilleras, sin que existan pruebas en su contra, lo que viene a constituir una verdadera "crónica de la muerte anunciada".

El miembre trabajador del Pakistán consideró que las violaciones a los derechos de los trabajadores en Colombia, la ausencia de seguridad física, así como los asesinatos, era un problema que interesaba a toda la clase trabajadora del mundo, así como a todos aquellos que se preocupan del bienestar de los trabajadores. Por ello, expresó su apoyo a los trabajadores de Colombia, esperando que las condiciones existentes llegasen a su fin y que el Gobierno adoptará las medidas necesarias para proteger la vida e integridad de los trabajadores. La Comisión de Expertos había indicado en diferentes ocasiones que la legislación existente en el país negaba los derechos básicos y permitía interferencias en las actividades de los sindicatos. La legislación debería ponerse en conformidad con el Convenio. En la medida en que los sindicatos constituían un elemento para el mejoramiento de las condiciones de vida debería permitírseles actuar libremente.

El miembro trabajador de la República Federal de Alemania indicó que la situación en Colombia era un grave problema que interesaba a muchos pueblos, incluyendo a los sindicatos de su país. Los sindicalistas colombianos habían sido sometidos a amenazas y persecuciones, lo que no puede suscitar sino compasión. El informe de Amnistía Internacional y los informes de la Confederacíon Internacional de Organizaciones Sindicales Libros (CIOSL) y del Comité de Libertad Sindical hacen referencia a numerosas y graves violaciones de los derechos humanos y de sindicación. La dramática situación en este caso reside en el hecho de que no se trata sólo de una violación de las normas internacionales del trabajo. Se trata de cuestiones relacionadas con el respeto a la vida, que se suman a los problemas vinculados con el derecho a la huelga, y el derecho a la libre elección de los representantes sindicales. Los sindicatos de Colombia tienen que obtener su registro y dar a conocer su situación financiera. Además, están sujetos a un terror llevado a cabo por bandas armadas ausentes de control. La situación en Colombia no puede analizarse sin considerar los problemas más generales de violencia. En consecuencia, no es suficiente considerar los problemas de los sindicatos de manera aislada. La Comisión ha de solicitar al Gobierno que trate de combatir el terror de los grupos armados y también de eliminar a los traficantes internacionales de la droga. Este es un problema que concierne a todos los países y constituye una tarea urgente sobre la cual el Gobierno de Colombia necesita demostrar una apertura mayor para lograr una cooperación internacional. Este Convenio no puede aplicarse donde los derechos fundamentales del hombre y los derechos de sindicación son precedidos por la aplicación de la legislación militar. La región bananera de Uraba, en donde los trabajadores de 160 plantaciones de un total de 260 están sindicados, continúa siendo un área con problemas fundamentales y en la cual muchos sindicatos han sido víctimas de la violencia paramilitar. Esa región ha sido decretada zona militar en 1988 de acuerdo con la ley núm. 678, pero a pesar del estricto control de miles de soldados allí asentados, los grupos paramilitares continuaron actuando impunemente. En muchos casos las acusaciones de las fuerzas de seguridad han tenido como resultado el asesinato de sindicalistas por esos escuadrones de la muerte. La Comisión habría deseado poder expresar la esperanza de que con la toma del poder del nuevo Gobierno, del nuevo Presidente, la actitud del Gobierno sería diferente. Empero, lo que acaba de ser declarado por los representantes gubernamentales no da indicios de que el Gobierno de Colombia esté en posibilidad de garantizar en el futuro una protección efectiva a los sindicatos. Sólo cuando cesen los ataques con bombas a los edificios de los sindicatos, la represión de reuniones y manifestaciones sindicales y los asesinatos será posible decir que el Gobierno tiene la intención real de actuar como lo ha manifestado. El Gobierno ha expuesto ya las acciones esperadas y mencionadas en el informe de la Comisión de Expertos: reconocimiento y protección de los sindicatos pra que puedan proteger eficazmente los intereses de los trabajadores, libertad para que puedan manejar libremente sus finanzas y elegir a sus responsables, así como para iniciar huelgas sin verse obligados a someterse a un arbitraje obligatorio. La discusión, en fin, ha demostrado que éste es un caso muy grave que requiere un párrafo especial de acuerdo con los procedimientos de la Comisión.

El miembro trabajador de Chile recordó que situaciones semejantes a las descritas en relación con Colombia habían acontecido durante dieciséis años en su país; pero su país vivía entonces bajo una dictadura. Recordó que más de 100 sindicalistas pertenecientes a la Central Unitaria de Trabajadores habían sido asesinados. Se preguntó si la disminución de huelgas en Colombia, mencionada por el representante gubernamental, no se originaba esencialmente en el terror que reinaba en el país. Estimó que la libertad de sindicación debía permitir igualmente el recurso a la huelga, a la negociación colectiva. Estuvo de acuerdo en mencionar este caso en un párrafo especial.

Los miembros empleadores recordaron que el año pasado la Comisión de Expertos había declarado que éste era un caso de violencia alarmante. Esto sigue siendo válido hoy en día. Evidentemente, la situación muy poco había cambiado; quedaba pendiente el aspecto práctico, que era el objeto de la mayor preocupación. Había muchas cosas importantes que debían ser cambiadas, pero era evidente que habia muchas dificultades para resolver el problema. Los miembros empleadores recordaron algunas de las etapas de la larga discusión de este coso: los contactos directos en 1988, las discusiones en el seno de la Comisión, así como el párrafo especial en 1989. El miembro trabajador del Reino Unido había resumido lo anterior diciendo que no había suficientes disposiciones para proteger a los sindicatos. Esto también podría expresarse de otra manera: que había demasiadas disposiciones que constituían una interferencia: la legislación tiene muchos requerimientos sobre la creación de los sindicatos, su funcionamiento, el número de miembros que deben ser de nacionalidad colombiana, sobre sus estatutos, sobre su situación financiera, sus reuniones y sobre la elección de sus dirigentes. Señaló que había un amplio campo en que el Gobierno podría actuar independientemente de los problemas relacionados con el tráfico de droga o con el estado de sitio. Pero, desgraciadamente, nada se había indicado en concreto sobre ese particular por el representante del Gobierno. En el informe de la Comisión de Expertos se hacían muchas referencias a las limitaciones del derecho de huelga. Al respecto, sobre la definición en relación con la admisibilidad del derecho de huelga, de acuerdo con el Convenio los miembros empleadores recordaron que sostenían un punto de vista diferente sobre ciertos puntos que consideraban fundamentales en base a las disposiciones de interpretación de la Convención de Viena. Fuera de esta reserva, los miembros empleadores apoyaban lo dicho por los oradores anteriores. En relación con el reconocimiento de los nuevos sindicatos, las declaraciones del Gobierno y de los trabajadores eran contradictorias. El Gobierno debería enviar un informe específico a los expertos. Existe un proyecto de legislación sobre la prohibición de intervenir en cuestiones políticas. Este debería enviarse para su examen a la Comisión de Expertos, indicando cuándo será adoptada esa ley. Hay una lista muy larga de otras restricciones que exigen cambios en algún momento. Los miembros empleadores concluyeron, en consecuencia, que, al término de esta discusión en la que el Gobierno no había proporcionado ningún elemento nuevo y que, en todo caso, la situación parecía haberse agravado, la Comisión debería reafirmar su preocupación en su informe, tomando una vez más las conclusiones del año pasado.

Un representante gubernamental de Colombia expresó que había escuchado con suma atención las intervenciones del presidente de la Central Unica de Trabajadores y de los otros miembros trabajadores, así como de los miembros empleadores. Respecto de la situación política, concuerda en que las cifras mencionadas son alarmantes y dramáticas, pero al mismo tiempo incompletas. La situación de violencia que se vive en Colombia es más dramática que la que se ha descrito. Como resultado de la lucha que las instituciones establecidas iniciaron en contra de los narcotraficantes, se desató una guerra. En esa guerra se trata de mantener el estado de derecho contra las pretensiones inaceptables de aquellos que quieren dirigir los asuntos de la nación y que representan un azote para la humanidad. Indicó que según las estadísticas, de acuerdo con el Plan Nacional de Rehabilitación, en el último año ha habido más de 9 312 muertes violentas; señaló que desde enero de 1990, 186 policías han sido asesinados como resultado de las primas ofrecidas por los narcotraficantes. Más aún, la víspera, mientras se terminaba la reunión de esta Comisión, fueron asesinados otros cinco policías; en Medellín se destruyeron tres edificios, hubo más de 60 heridos y murieron cuatro personas debido a un último ataque proveniente de los narcotraficantes. Las personas caídas por muerte violenta son no sólo dirigentes sindicales, sino también familias, madres y niños que fueron asesinados por los narcotraficantes. También se ha asesinado a hombres de empresa que laboraban por el progreso y la productividad. Han sido asesinados también cuatro representantes del Congreso y, durante el último debate electoral, fueron asesinados tres candidatos a la presidencia. No cabe duda de que se ha asesinado líderes sindicales, pero también se ha asesinado a ministros de justicia, alcaldes, jueces. Recientemente se encontró un carro bomba con 800 kilos de dinamita en una zona en donde viven seis ministros. Indicó que la lucha es desigual. Uno de los magnates de la droga, el narcotraficante Rodríguez Cacha, probablemente muerto en diciembre del año pasado, poseía en una de sus fincas, en recipientes especiales, 53 millones de dólares y 58 kilos de oro. Se ha dicho de manera inexacta que la situación en Colombia es la misma que la de junio de 1989. Sin embargo, esto no es así, ya que el Gobierno de Colombia ha tomado medidas. Así, en el campo de la subversión ha entablado negociaciones con los grupos guerrilleros, seis grupos, el Movimiento 19 de Abril (M-19), el Ejército Popular de Liberación, las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC), el "Quintín Lame" y el Partido Revolucionario de los Trabajadores. En un esfuerzo sin precedentes se llevaron a cabo negociaciones con el M-19 que se concluyeron el 9 de marzo de 1990, después de catorce meses de discusiones. Eso permitió la reintegración de esas personas a la vida civil, las que constituyeron un partido político y presentaron candidato a la presidencia; este candidato fue asesinado, reemplazándolo el segundo dirigente de dicho partido. Al término de estas elecciones dicho partido se ha constituido en la tercera fuerza electoral del país, con un 14 por ciento de los votos. El orador indicó que él mismo ha representado al Gobierno en las negociaciones, las cuales se proseguirán con el Ejército Popular de Liberación, a fin de determinar el lugar en donde las fuerzas subversivas depositarán sus armas. Al margen de esta lucha contra la violencia, Colombia lleva a cabo otra lucha: 467 hombres de empresa han sido secuestrados, por los que se está solicitando cientos de miles de millones de pesos de recompensa para respetar sus vidas. Continuamente se están cometiendo robos y abigeatos. Algunas empresas multinacionales se ven impedidas de realizar trabajos de prospección porque se les ha amenazado; por ello dichas empresas han tenido que renunciar a sus contratos. A pesar de esas amenazas en contra de la economía, de los atentados, de la violencia, el Gobierno ha tomado decisiones, ha incorporado los movimientos subversivos a la vida política del país, continúa negociaciones con otros grupos subversivos, se ha dictado una resolución para desmantelar a las fuerzas llamadas de autodefensa, como había indicado una de las portavoces de los trabajadores. Se consideró además que era necesario llevar a cabo una reforma constitucional para modernizar las instituciones del Estado. En 1990 se ha convocado una asamblea nacional constituyente que permitirá incorporar las reformas necesarias para hacer frente a la violencia que reina en Colombia.

Otro representante del Gobierno, refiriéndose a la aplicación de los convenios, indicó que a pesar de la situación de zozobra en que vive el país, su Gobierno continúa cumpliendo sus obligaciones. De esta manera, recientemente ratificó el Convenio sobre estadísticas del trabajo y con el apoyo de las centrales sindicales fue posible llevar a cabo un censo sindical en el país que permitió conocer de manera más exacta la situación de los sindicatos. En relación con la huelga del "Cerrejón" indicó que, después de haber agotado todos los procedimientos de negociación que duraron setenta y tres días, el Gobierno tuvo que tomar una decisión que fue aceptada por los trabajadores para reintegrarse a sus trabajos, pero garantizando en todo caso las libertades sindicales. Expresó su acuerdo sobre la solicitud formulada por los miembros trabajadores y por algunos miembros de la Comisión para que la OIT designe una comisión en cargada de verificar el cumplimiento de los convenios ratificados. El orador solicitó formalmente, en nombre de su Gobierno, la designación de dicha Comisión a fin de cooperar con el Gobierno a dar cumplimiento a los convenios y a la preparación de los proyectos de ley. A estos efectos recordó que estaba listo un proyecto de ley de reforma de las instituciones laborales para someterlo al Consejo Nacional Laboral, así como otros proyectos en materia de seguridad social y la ratificación de algunos convenios de la OIT, por lo que solicitó la solidaridad internacional y el apoyo técnico correspondiente, como el dado por la OIT a través del PREALC el año pasado.

Los miembros trabajadores, comparando la situación actual a la de 1989, admitieron que, en base al informe de la Comisión de Expertos y de las informaciones dadas por los representantes del Gobierno, había habido algunos progresos en relación con la aplicación del Convenio. Sin embargo, se trata sobre todo de buenas intenciones y de proyectos, pero aún no ha habido medidas concretas, lo que significa que los problemas y los interrogantes siguen siendo válidos respecto a casi todos los puntos mencionados en el informe de la Comisión de Expertos, en particular respecto de los siguientes dos puntos: la ausencia de respeto de los derechos sindicales en la práctica y la prohibición de la libre expresión de las organizaciones sindicales, lo que limita su actuación en defensa de los trabajadores. Estos elementos constituyen la raíz de la dramática situación descrita por los miembros trabajadores. Teniendo en cuenta estos dos puntos, cabe señalar que no ha habido progresos sustanciales. Esta había sido la conclusión de la Comisión en 1989 y no queda sino repetirla este año: solicitar al Gobierno que tome todas las medidas necesarias para poner la legislación y sus instituciones en conformidad con lo dispuesto por el Convenio; que instaure un clima en el que las libertades civiles, incluyendo la libertad de sindicación, puedan restablecerse, y que garantice la integridad física de los sindicalistas. En vista de la gravedad de este caso, la ausencia de progresos sutanciales, el hecho de que los mismos problemas siguen repitiéndose a lo largo de los años y de que en 1989 la Comisión ya había incluido un párrafo especial en su informe, los miembros trabajadores propusieron que nuevamente este año se incluya este caso en un párrafo especial con la esperanza de que el nuevo Gobierno pueda tomar en serio esta situación.

Un representante del Gobierno reiteró que se habían hecho progresos y se refirió nuevamente a las reformas en curso a la Constitución, así como al proyecto de reforma de las instituciones laborales.

Un miembro trabajador de Colombia expresó la esperanza de que su Gobierno aceptará discutir con los sindicatos en relación con la aplicación del Convenio, así como que se estaban celebrando discusiones con los grupos invitó.

El representante gubernamental armados. A los representantes sindicales a participar en los trabajos del Consejo Nacional Laboral. La representante de los trabajadores de Colombia replicó que acudiría con gusto al Consejo Nacional Laboral si éste fuese un órgano decisorio. Empero, las facultades de este Consejo han sido reformadas y los representantes sindicales sólo disponen de una opinión consultiva, en tanto que en el pasado gozaban del derecho de voto.

La Comisión tomó nota del informe de la Comisión de Expertos y de la información proporcionada por los representantes del Gobierno, así como de las detalladas discusiones que tuvieron lugar en el seno de la Comisión. Tomó nota también de que el Gobierno ha establecido una comisión especial para examinar el conjunto de su legislación laboral y un Consejo nacional del trabajo tripartito para que la auxilie en el proceso de reformas. Sin embargo, como ya fue el caso en 1989, la Comisión expresó su profunda preocupación por la persistencia de la muy grave y seria situación y la persistencia de un gran número de importantes y profundas discrepancias entre la ley y la práctica, por una parte, y las exigencias del Convenio núm. 87, por la otra. En consecuencia, la Comisión solicitó nueva mente al Gobierno que tomase todas las medidas necesarias para poner la legislación y la práctica en plena conformidad con el citado Convenio. La Comisión tomó nota de que el Gobierno solicitó la asistencia técnica de la OIT en el campo de las relaciones laborales. La Comisión expresó la esperanza de que el Gobierno podrá referirse a progresos sustanciales en su próximo informe. La Comisión decidió mencionar este caso en un párrafo especial.

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