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Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Zambia (Ratificación : 1979)

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Artículos 1 y 2 del Convenio. Política activa del empleo y estrategia de reducción de la pobreza. La Comisión toma nota de las respuestas proporcionadas por el Gobierno en agosto de 2009 a su observación de 2008. La Comisión recuerda que el Gobierno formuló el Quinto Plan Nacional de Desarrollo para el período 2006-2010. La Comisión advierte que en la memoria transmitida sobre el Convenio sobre política social (normas y objetivos básicos), 1962 (núm. 117), el Gobierno explicó que la decisión de elaborar un Plan Nacional de Desarrollo se adoptó para mejorar el control nacional, ya que el Quinto Plan Nacional de Desarrollo se considera «como propio» porque no está impulsado por organismos donantes. El Plan Nacional de Desarrollo también incluye otros ámbitos que son parte integrante de la estrategia de reducción de la pobreza, tales como la gobernanza y la seguridad pública. El Gobierno indica que debido a que la vigencia del Quinto Plan Nacional de Desarrollo finalizará en 2010, se ha iniciado el proceso de elaboración de un Sexto Plan Nacional de Desarrollo. La Comisión invita al Gobierno a transmitir una memoria sobre el Convenio núm. 122 que contenga información detallada sobre las principales políticas seguidas y las medidas adoptadas para garantizar que haya trabajo para todos los que están disponibles y buscan trabajo, y que incluya información específica sobre las políticas y medidas aplicadas en virtud del Plan Nacional de Desarrollo.

Medidas para los trabajadores infectados por el VIH. En su memoria, el Gobierno indica que ha adoptado medidas políticas para resolver los desafíos relacionados con el VIH y el sida en el lugar de trabajo y para garantizar que hay trabajo para todos los que están disponibles para trabajar y buscan trabajo. El Gobierno también señala que se alienta a los órganos representativos de los trabajadores a que desempeñen una función de liderazgo en la lucha contra el VIH y el sida. La Comisión toma nota con interés de los diversos esfuerzos realizados por el Gobierno para estimular la elaboración de políticas sobre el VIH y el sida en el lugar de trabajo que incluyan: la prevención del VIH y el sida en el lugar de trabajo y los programas de asistencia en todo el país; garantizar la protección frente al acoso y la discriminación que pueden sufrir los empleados seropositivos; prohibir las pruebas obligatorias de detección del VIH y el sida en los lugares de trabajo; integrar los servicios de apoyo en materia de VIH y sida en la negociación colectiva, y facilitar el establecimiento de servicios de orientación y pruebas voluntarias de detección para que los trabajadores puedan conocer su situación. La Comisión recuerda que la Conferencia adoptó la Recomendación sobre el VIH y el sida, 2010 (núm. 200) que insta a los Miembros a promover el mantenimiento en el empleo y la contratación de personas que viven con el VIH. Los Miembros deberían considerar la posibilidad de seguir prestando asistencia durante los períodos de empleo y de desempleo e incluso, cuando sea necesario, ofrecer oportunidades de generación de ingresos para las personas que viven con el VIH o las personas afectadas por el VIH o por el sida (párrafo 22 de la Recomendación núm. 200). La Comisión agradecería recibir más información sobre la aplicación de la política en materia de VIH/SIDA y sobre cómo se toman en consideración los efectos del VIH y el sida en la generación de empleo.

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales. El Gobierno indica en su memoria que se celebran consultas con los que trabajan en el sector rural y en la economía informal a través de iniciativas como el Programa de Desarrollo del Sector Privado (PSD), mediante el cual el sector privado ayuda a determinar la legislación que dificulta la existencia de empresas rurales e informales. Durante la formulación de la Política Nacional del Empleo y el Mercado del Trabajo, el Gobierno inició consultas nacionales con sus interlocutores sociales. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya más explicaciones sobre la participación de los interlocutores sociales en la toma de decisiones que se está llevando a cabo en relación con la Estrategia Nacional de Política del Empleo y Reducción de la Pobreza así como sobre la participación del Consejo Consultivo Tripartito del Trabajo y el Grupo Nacional sobre Empleo y Asesoramiento del Sector Laboral en este proceso. Asimismo, la Comisión agradecería que se transmitan más informaciones sobre la participación de representantes de los trabajadores del sector rural y de la economía informal en las consultas requeridas por el Convenio.

Empleo juvenil. El Gobierno indica que en respuesta a los desafíos que plantea el empleo de los jóvenes, se han introducido estrategias en la Política Nacional del Empleo y el Mercado del Trabajo para aumentar el acceso de los jóvenes a la formación práctica y al empleo. Esos esfuerzos incluyen la promoción de oficios especializados a través de diversos centros de formación profesional para los jóvenes. La Comisión toma nota de la colaboración intergubernamental y de los esfuerzos para apoyar la integración social de los grupos especialmente vulnerables, tales como los que forman los huérfanos y los niños de la calle. La Comisión pide al Gobierno que informe sobre el impacto de las medidas y programas para responder a las necesidades de empleo de los jóvenes trabajadores, y que transmita una evaluación del impacto que tienen estas medidas y programas en el aumento de sus oportunidades de conseguir empleo y de su participación.

Educación y formación profesional. El Gobierno indica que la formación de los grupos vulnerables se aborda a través de la colaboración intergubernamental entre el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Formación Profesional y el Ministerio de Género y Desarrollo de las Mujeres. Las mujeres han sido las más afectadas por la reducción de las oportunidades de empleo, especialmente en el sector formal. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ejecuta programas centrados en las mujeres y otros grupos vulnerables para facilitar y mejorar el acceso al empleo y reducir el desequilibrio entre hombres y mujeres en el empleo. La Comisión invita al Gobierno a que en su próxima memoria incluya información sobre el impacto de las medidas de formación adoptadas para cubrir las necesidades de empleo productivo de los grupos de trabajadores vulnerables y específicamente de las mujeres y de las personas de edad avanzada.

Artículo 2. Recopilación y uso de datos sobre el empleo. En su respuesta a la observación anterior, el Gobierno indica que desarrolló y fortaleció el Sistema de Información sobre el Mercado del Trabajo (LMIS). Se estableció un Comité Directivo sobre Información del Mercado del Trabajo. La última encuesta de población activa se realizó en 2008 como seguimiento a la encuesta de población activa de 2005. La Comisión toma nota de que se ha creado una base de datos que comprende todos los indicadores clave del mercado del trabajo (incluidos los indicadores de empleo sobre el trabajo decente y los Objetivos de Desarrollo del Milenio). Asimismo, el Gobierno pretende mejorar la calidad y disponibilidad de la información sobre el mercado del trabajo mediante la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Oficina Central de Estadística. La Comisión invita al Gobierno a continuar transmitiendo información sobre la aplicación y el éxito de las medidas de empleo adoptadas mediante la colaboración entre el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y la Oficina Central de Estadística. A este respecto, la Comisión destaca la importancia de recopilar y analizar datos estadísticos y tendencias como base para determinar las medidas de la política del empleo. La Comisión realiza un seguimiento de los progresos alcanzados en el desarrollo de sistemas de información sobre el mercado del trabajo, para garantizar que los que toman las decisiones disponen de información actualizada y exacta para orientar sus decisiones (véanse los párrafos 69 y 70 del Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo). Por consiguiente, la Comisión pide al Gobierno que describa las medidas que se hayan tomado para recopilar y analizar información estadística desagregada por la edad y el sexo e información de otro tipo, sobre la magnitud y la distribución de la mano de obra, la naturaleza y extensión del desempleo y el subempleo y sus tendencias, como base para decidir las medidas que se adoptarán en el ámbito de la política de empleo.

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