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Observación (CEACR) - Adopción: 2010, Publicación: 100ª reunión CIT (2011)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Senegal (Ratificación : 1966)

Otros comentarios sobre C122

Observación
  1. 2012
  2. 2010
  3. 2009
  4. 2008
  5. 2007

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En respuesta a la observación de 2007, la Comisión toma nota de la memoria del Gobierno que se recibió en marzo de 2010 y de los comentarios de la Unión Nacional de Sindicatos Autónomos de Senegal (UNSAS).

Artículos 1 y 2 del Convenio. Coordinación de la política del empleo con la reducción de la pobreza. El Gobierno indica que el proyecto de política del empleo elaborado en 2006 no se pudo llevar a cabo pero que sus estrategias principales se han integrado en el documento de estrategia para el crecimiento y la reducción de la pobreza (DSRP2/2006-2010). El Gobierno estima que por sí solo el DSRP no permite ayudar de manera eficaz a reducir la pobreza y que esto explica los pobres resultados obtenidos por el DSRP en materia de creación de empleos decentes y productivos. La Comisión toma nota de que para superar esta situación se está finalizando el proyecto de «nueva política nacional del empleo». Según los datos disponibles, la tasa de ocupación es del 38,7 por ciento, lo que significa que de 100 personas en edad de trabajar menos de 40 tienen empleo. A nivel nacional se estima que la tasa de desempleo es de un 10 por ciento y que en la zona urbana de la región de Dakar el nivel es más elevado (16 por ciento frente al 6,3 por ciento en el medio rural) y en el caso de las mujeres (13,6 por ciento frente al 7,9 por ciento de los hombres). Cerca del 23 por ciento de los trabajadores se encuentran subempleados. La pobreza continúa afectando al 75 por ciento de la población rural. La Comisión recuerda que la primera etapa fundamental que contribuye a lograr el pleno empleo productivo y libremente elegido consiste en comprometerse políticamente a alcanzar el objetivo del pleno empleo. La Comisión observa que el artículo 2 del Convenio dispone que los Estados Miembros deben adoptar un marco claramente definido y establecido para coordinar las políticas económicas y sociales (véanse párrafos 785 a 787 del Estudio General de 2010, Instrumentos relativos al empleo que proporcionan otras orientaciones para garantizar la aplicación del Convenio). La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria transmita información detallada sobre los progresos realizados para adoptar y aplicar una política nacional del empleo. La Comisión espera que en su próxima memoria el Gobierno también pueda indicar los resultados obtenidos por las medidas aplicadas en el marco de la estrategia de reducción de la pobreza para promover el pleno empleo productivo y libremente elegido.

Artículo 2. Compilación y utilización de datos sobre el empleo. El Gobierno indica que los diferentes proyectos como la Clasificación funcional de oficios y empleos (ROME), la Agencia Nacional para el Empleo y el Observatorio nacional del empleo y las calificaciones profesionales (ONEQP) no han evolucionado como se esperaba debido a que el proyecto de política nacional del empleo de 2006 no se adoptó. El Gobierno indica que, junto con la Agencia Nacional de Estadística y Demografía (ANSD), preparó un proyecto de plan rector en materia de estadística que permitirá disponer de información más fiable sobre el empleo. Por su parte, la UNSAS señala la falta de coordinación entre las diferentes estructuras de dirección de los programas y políticas de empleo y un retraso en lo que respecta a la recopilación de datos sobre el empleo que remonta a 1997. La UNSAS también da cuenta de la necesidad urgente de establecer un mecanismo de regulación de la oferta y la demanda y de dar seguimiento a los programas de inserción. La Comisión insiste en la importancia de establecer un sistema de recopilación de datos relativos al mercado del trabajo para poder determinar las medidas que conviene adoptar para alcanzar los objetivos del Convenio y una vez que se hayan adoptado revisarlas de forma regular. La Comisión pide al Gobierno que transmita, en su próxima memoria, información sobre los progresos realizados en este ámbito.

Artículo 3. Participación de los interlocutores sociales en la concepción y elaboración de políticas. La Comisión toma nota de la creación de un Alto Consejo para el Empleo, una estructura interministerial encargada de garantizar el seguimiento de la aplicación de las orientaciones definidas por el Gobierno en materia de empleo y formación. El Gobierno indica que los interlocutores sociales están representados en el Comité Nacional Intersectorial de seguimiento para la aplicación de la Declaración de jefes de Estado y de gobierno sobre el empleo y la lucha contra la pobreza, resultado de la Cumbre de Ouagadougou de 2004, y que participan de forma activa en todas las fases de concepción, aplicación y evaluación de las políticas del empleo. Asimismo, el Gobierno indica que el mandato y la nota de orientación para el nuevo proyecto de política nacional del empleo se han compartido con todos los interlocutores sociales, y que, una vez que se presente el informe provisional, se prevé realizar encuentros sectoriales con la administración, las organizaciones representativas de empleadores y de trabajadores, ONG y organizaciones profesionales del sector rural y del sector informal antes de la reunión del Comité Nacional Intersectorial encargado de validar el documento que será sometido al Gobierno para su adopción. La Comisión pide al Gobierno que transmita información detallada sobre las actividades del Alto Consejo para el Empleo, precisando la contribución que realizan los interlocutores sociales a las políticas del empleo. La Comisión confía en que la próxima memoria contenga información que permita examinar la forma en la que la experiencia y la opinión de los interlocutores sociales se han tenido en cuenta al elaborar y aplicar la política nacional del empleo.

Parte V del formulario de memoria. Asistencia técnica de la OIT. El Gobierno indica que, en noviembre de 2008, recibió apoyo de la OIT para reflexionar sobre una estrategia de formalización de la economía informal, y que se ha elaborado un proyecto de plan de acción para mejorar la economía informal. Asimismo, el Gobierno indica que, en septiembre de 2009, la OIT proporcionó apoyo técnico y financiero para la actualización del proyecto de nueva política nacional del empleo. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria indique los resultados obtenidos gracias a estas actividades de asistencia técnica en lo que respecta a la creación de empleos y la mejora del acceso al mercado del trabajo.

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