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Observación (CEACR) - Adopción: 2009, Publicación: 99ª reunión CIT (2010)

Convenio sobre el peso máximo, 1967 (núm. 127) - Lituania (Ratificación : 1994)

Otros comentarios sobre C127

Observación
  1. 2009
  2. 2005
  3. 2004
Solicitud directa
  1. 2022
  2. 2014

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La Comisión toma nota de la última y detallada memoria del Gobierno indicando los cambios legislativos recientemente adoptados por los que se da efecto al Convenio, con inclusión del Reglamento sobre seguridad y salud en el trabajo respecto del transporte manual de cargas (Official Gazette, 2006, núm. 116-4417) y la Guía metodológica de investigación de riesgos ergonómicos (Official Gazette, 2005, núm. 95-3536).

Parte V del formulario de memoria. Aplicación práctica. La Comisión toma nota de la respuesta del Gobierno a sus comentarios anteriores acerca de las observaciones de la Federación del Trabajo de Lituania (LDF) recibidas en septiembre de 2004, relativas a la aplicación del Convenio en la práctica. La Comisión toma nota de que, según la información disponible en la Inspección Estatal del Trabajo, en 2005 se registraron cinco accidentes relacionados con el transporte manual de cargas, en 2008 esa cifra aumentó a 26 y que, según información compilada en el Registro Público de Enfermedades Profesionales se notificaron 103 casos de enfermedades profesionales provocadas por levantar y llevar cargas, aumentando a 164 casos en 2008. La Comisión solicita al Gobierno que proporcione mayores informaciones sobre las causas de este aumento y, en su caso, sobre las medidas adoptadas o previstas para reducir el número de casos de accidentes en el lugar de trabajo relacionados con el transporte manual de cargas y el número de casos de enfermedades profesionales causados por el levantamiento de cargas y que siga comunicando información sobre la aplicación práctica del Convenio.

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