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Observación (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) - Jordania (Ratificación : 1966)

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Observación
  1. 2023
  2. 2008

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Artículo 2, 2), c), del Convenio. Trabajo penitenciario. Durante varios años, la Comisión se ha estado refiriendo al Reglamento de Prisiones núm. 1 de 1955, promulgado en virtud de la Ley de Prisiones de 1953, que disponía que los reclusos podían realizar trabajo para un funcionario o miembros del ejército con autorización del Ministro de Defensa (artículo 8, e)). La Comisión toma nota con satisfacción de que, el Gobierno confirma que los reglamentos de prisiones promulgados en virtud de la Ley de Prisiones de 1953, que fue derogada por la Ley núm. 9 de 2004 sobre Centros Reformatorios y de Rehabilitación, han pasado a ser nulos y sin valor.

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