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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2008, Publicación: 98ª reunión CIT (2009)

Convenio sobre el desarrollo de los recursos humanos, 1975 (núm. 142) - Brasil (Ratificación : 1981)

Otros comentarios sobre C142

Observación
  1. 2004
  2. 1998
  3. 1993
  4. 1992
Solicitud directa
  1. 2019
  2. 2008
  3. 1990

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La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su comentario de 2004, redactado como sigue:

Políticas de educación, formación y aprendizaje permanente. La Comisión se remite a sus comentarios sobre la aplicación del Convenio sobre la política del empleo 1964 (núm. 122), y toma nota con interés que el Plano Nacional de Qualificação-PNQ 2003-2007, ha definido «en consonancia con las discusiones internacionales en el ámbito de la OIT; la Calificación Social y Profesional, como un derecho y condición indispensables para la garantía de trabajo decente para hombres y mujeres».  La Comisión ha tomado nota de las informaciones detalladas transmitidas por el Gobierno en su memoria recibida en septiembre de 2003 en donde se indica que el Plan Nacional de Calificación del Trabajador (PLANFOR) se había propuesto dar formación profesional, anualmente, a por lo menos 20 por ciento de la población activa contribuyendo así al aumento de su empleabilidad y de sus ingresos, elevando la productividad y la competitividad y reduciendo la pobreza. En el período 1995/2002, PLANFOR garantizó la oferta de calificación profesional para 16.100.000 personas, 90 por ciento de las cuales se encontraban desempleadas o en una situación laboral precaria. El Gobierno expresa su intención de alcanzar, mediante las medidas de formación profesional, al «núcleo duro de la exclusión social». El Gobierno se refiere también al asesoramiento recibido de la OIT para la formulación de estrategias y metodologías en los nuevos aspectos de la formación profesional. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, se sirva continuar describiendo la manera en que se asegura que los sistemas de orientación y de formación cubren las necesidades de aprendizaje y formación profesional permanentes de las personas con necesidades específicas y de todos los sectores de la economía. Al respecto, el Gobierno puede considerar útil referirse a las disposiciones de la reciente Recomendación sobre el desarrollo de los recursos humanos, 2004 (núm. 195).

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