ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

Convenio sobre la protección del salario, 1949 (núm. 95) - Sri Lanka (Ratificación : 1983)

Otros comentarios sobre C095

Observación
  1. 2007
  2. 2004

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

La Comisión toma nota de la información proporcionada por el Gobierno en respuesta a las observaciones realizadas por el Sindicato de Trabajadores Independientes (IWU) sobre la alegada deuda salarial a los trabajadores de la plantación de té Harepark SP. La Comisión toma nota de que según la información sobre los pagos proporcionada por el comisario asistente de trabajo del distrito de Kandy-Norte, los procedimientos judiciales ya han permitido recobrar ciertos montos y se adoptarán medidas para recobrar las contribuciones impagadas al fondo de previsión de los empleadores aunque se necesita seguir investigando en relación con ciertos períodos sobre los que no se dispone de registros. Sin embargo, la Comisión toma nota de que aunque el Gobierno señala que hasta ahora sólo se ha recibido una queja por impago de una gratificación, el IWU mantiene que la situación concierne a 500 empleados y que la suma que se adeuda es de 255 millones de rupias (aproximadamente 1,6 millones de euros). Por consiguiente, pide al Gobierno que en su próxima memoria proporcione información completa y documentada sobre la situación y que la mantenga informada sobre todos los progresos realizados a fin de liquidar los pagos pendientes.

La Comisión plantea otros puntos en una solicitud directa dirigida al Gobierno.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer