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Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - España (Ratificación : 1970)

Otros comentarios sobre C122

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1. Estrategia y tendencias del empleo. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que finaliza en junio 2006 y de la muy detallada relación de disposiciones legales adoptadas durante dicho período encaminadas a fomentar el pleno empleo productivo y libremente elegido. La Comisión toma nota de que se continúa desarrollando una política activa de empleo dentro del contexto definido por la Estrategia Europea para el Empleo, integrada con el Programa Nacional de Reformas. Dicho programa se propone alcanzar una tasa de empleo del 66 por ciento para el 2010, un punto por encima del actual promedio europeo. El primer objetivo de la Declaración para el diálogo social «Competitividad, empleo estable y cohesión social», firmada el 8 de julio de 2004, ha sido la reducción de la precariedad laboral. En el Acuerdo para la mejora del crecimiento y del empleo, firmado por el Gobierno y los interlocutores sociales el 9 de mayo de 2006, se enumeran, en primer lugar, medidas dirigidas a impulsar y apoyar el empleo, la contratación indefinida y la conversión de empleo temporal en fijo, bonificando y estimulando los nuevos contratos indefinidos y reduciendo las cotizaciones empresariales al Fondo de Garantía Salarial y por desempleo. En segundo lugar, el Acuerdo incluye medidas para limitar la utilización sucesiva de contratos temporales, así como para introducir mayor transparencia en la subcontratación de obras y servicios entre empresas cuando comparten un mismo centro de trabajo. Se contempla también el refuerzo de los recursos humanos y materiales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, articulando la participación de los interlocutores sociales en la definición de sus objetivos y programas. En tercer lugar, se acuerdan medidas destinadas, por una parte, a potenciar la eficiencia de las políticas activas de empleo y la capacidad de actuación del Sistema Nacional de Empleo, y, por otra, a mejorar la protección de los trabajadores ante la falta de empleo, tanto en materia de protección por desempleo como en las prestaciones del Fondo de Garantía Salarial. La Comisión toma nota con interés de que los objetivos del pleno empleo productivo que se expresan en las informaciones transmitidas por el Gobierno en su memoria constituyan metas fundamentales de los acuerdos tripartitos. La Comisión desearía seguir recibiendo informaciones sobre los resultados alcanzados en la aplicación de la ley núm. 43/2006, de 24 de dicimbre, para la mejora del crecimiento y del empleo, así como sobre la experiencia de los interlocutores sociales en relación con la aplicación del Convenio (artículos 1, 2 y 3 del Convenio).

2. Políticas de mercado del trabajo. Las disparidades regionales en la tasa de ocupación y tasa de desempleo siguen siendo objeto de atención, encontrándose el sur y oeste con elevadas tasas de desempleo y reducidas tasas de ocupación, mientras que las regiones del noroeste y centro presentan una situación más favorable respecto al empleo, paro y salarios. En esta dualidad, Asturias cuenta con la tasa de ocupación más baja (43,2 por ciento) y Ceuta y Melilla con las tasas de paro más elevadas (17,1 por ciento). La Comisión solicita al Gobierno que siga comunicando información sobre los resultados de las medidas tomadas para favorecer la cohesión territorial y disminuir la brecha entre las regiones incluyendo datos sobre las medidas activas de empleo adoptadas en el ámbito de las comunidades autónomas.

3. La Comisión toma nota de que por segundo año consecutivo la tasa de desempleo se ha visto reducida, encontrándose en 2005 en un 9,2 por ciento. Aunque la tasa de paro de los jóvenes se ha reducido respecto de 2004 en 2,4 puntos, se sitúa en 19,7 por ciento, por lo que los jóvenes siguen siendo un grupo desfavorecido para el que caben esfuerzos destinados a aumentar su capacidad de inserción profesional y mejorar su empleabilidad. La ocupación femenina ha aumentado en un 7,8 por ciento mientras que la de los hombres en un 4,2 por ciento, pero la tasa de ocupación femenina es inferior a la media europea y sus condiciones laborales siguen siendo inferiores a la de los hombres. Además, según los datos proporcionados por el Gobierno, la incidencia de paro de larga duración con respecto al paro masculino es de 24,5 por ciento mientras que entre las mujeres es de un 32,5 por ciento. La Comisión solicita que se siga informando acerca de las medidas y resultados que se están tomando para mejorar la participación laboral y las condiciones de empleabilidad de los jóvenes y de las mujeres.

4. La Comisión toma nota de que los parados de larga duración ha sido uno de los colectivos hacia el cual se están dirigiendo los esfuerzos (553.400 personas en el año 2005), especialmente mediante acciones formativas para incrementar sus oportunidades de empleo. La Comisión solicita al Gobierno que continúe informando sobre las medidas adoptadas y sobre los resultados alcanzados para reducir el nivel del desempleo de larga duración.

5. La Comisión toma nota de las medidas de regularización que ha llevado acabo el Gobierno para normalizar la situación de trabajadores extranjeros residiendo en España, con el subsiguiente aumento de número de afiliados a la seguridad social. El Proceso de Normalización de Trabajadores Extranjeros ha supuesto la afiliación al 31 de diciembre de 2005, de 465.961 personas extranjeras. En el 2006, el número de nuevos trabajadores extranjeros afiliados corresponde a 601.025 nuevos afiliados. La Comisión solicita al Gobierno que continúe informando sobre las medidas tomadas para que los trabajadores extranjeros se integren en el mercado del trabajo y obtengan empleo estable y productivo.

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