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Observación (CEACR) - Adopción: 2007, Publicación: 97ª reunión CIT (2008)

Convenio sobre la indemnización por accidentes del trabajo (agricultura), 1921 (núm. 12) - Colombia (Ratificación : 1933)

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1. Parte V del formulario de memoria. Aplicación del Convenio en la práctica. Extensión progresiva del número de personas cubiertas. En sus comentarios anteriores la Comisión había invitado al Gobierno a mantenerla informada sobre las medidas adoptadas a fin de continuar con la extensión geográfica de la cobertura del régimen relativo a los accidentes del trabajo con el objeto de permitir a todos los trabajadores agrícolas cubiertos por el Convenio disfrutar de las prestaciones acordadas por el Sistema General de Riesgos Profesionales (SGRP). Por consiguiente, había pedido al Gobierno que continuase transmitiendo información sobre el número de asalariados afiliados al SGRP y, más concretamente, estadísticas sobre el número de asalariados del sector agrícola afiliados al SGRP en relación con el número total de asalariados que trabajan en este sector.

En su última memoria, el Gobierno declara que entre 2005 y 2006 el número total de trabajadores afiliados al SGRP ha aumentado, pasando de 5.104.050 en 2005 a 5.796.531 en 2007, lo que representa 692.481 nuevos afiliados. Sin embargo, el Gobierno indica que no dispone de estadísticas desglosadas sobre la proporción que éstos representan en relación con el total de los trabajadores empleados en el sector agrícola. En estas circunstancias, la Comisión sólo puede señalar que, a falta de estadísticas detalladas sobre esta cuestión, no puede evaluar si se han realizado progresos en la extensión de la cobertura de los asalariados agrícolas por parte del SGRP. A este respecto, observa que el número total de personas afiliadas al SGRP (trabajadores agrícolas y no agrícolas) aunque haya aumentado entre 2005 y 2006, sigue siendo ligeramente inferior al comunicado por el Gobierno en su memoria anterior, lo que no parece demostrar que se hayan producido progresos reales a este respecto. Por consiguiente, la Comisión confía en que el Gobierno informe en su próxima memoria de resultados tangibles en relación con la extensión progresiva al conjunto de los asalariados agrícolas de la protección que les garantiza el Convenio, y que adopte todas las medidas necesarias a fin de poder comunicar información estadística sobre el número de asalariados afiliados al SGRP en relación con el número total de asalariados, así como sobre el número de asalariados agrícolas asegurados a dicho régimen en relación con el número total de asalariados de este sector.

2. Por otra parte, la Comisión toma nota de la indicación del Gobierno según la cual se han adoptado medidas puntuales a fin de promover la protección de la salud y prevenir accidentes del trabajo de las trabajadoras informales del sector rural. Estas acciones se han enfocado, entre otras cosas, hacia la formación, la sensibilización y la intervención, y tienen por objetivo mejorar las condiciones de salud y la calidad de vida de esta parte de la población. De esta forma, 2.000 mujeres provenientes de 20 departamentos se han podido beneficiar de este programa entre 2005 y 2006 y el objetivo actual es cubrir 12 nuevos departamentos y unas 1.200 mujeres en 2007. La Comisión toma debida nota de esta información y agradecería al Gobierno que la mantenga informada a través de sus próximas memorias sobre los progresos realizados en lo que respecta a la prevención de accidentes del trabajo y la mejora de las condiciones de salud de los trabajadores y trabajadoras informales del sector agrícola.

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