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Observación (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

Convenio sobre las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes, 1967 (núm. 128) - Países Bajos (Ratificación : 1969)

Otros comentarios sobre C128

Observación
  1. 2006
  2. 2005
  3. 2004

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En relación con su observación anterior relativa a los amplios comentarios formulados por la Confederación Sindical de los Países Bajos (FNV), en una carta de 25 de agosto de 2003, relativos a la aplicación de diversas disposiciones del Convenio, la Comisión toma nota de la memoria del Gobierno para el período que se extiende del 1.º de junio de 2003 al 1.º de junio de 2005, en la que se da respuesta a algunas de las cuestiones planteadas. Esta memoria y las respuestas del Gobierno fueron objeto de ulteriores comentarios de la FNV, de fecha 15 de septiembre de 2005, en los que la Confederación expresa su preocupación acerca de la aplicación de la mayoría de los artículos del Convenio y proporciona copia de las decisiones pertinentes del Tribunal Central de Apelaciones. Esta comunicación fue enviada por el Gobierno a la Oficina el 20 de octubre de 2005. Teniendo en cuenta que la memoria del Gobierno sobre la aplicación del Convenio debe presentarse en 2006, la Comisión espera que el Gobierno no dejará de proporcionar información detallada sobre todas las cuestiones planteadas, incluidos datos estadísticos, así como una traducción al inglés de las disposiciones pertinentes de la legislación. Entre tanto, teniendo en cuenta la naturaleza amplia y compleja de los problemas planteados por la FNV, la Comisión desea recordar a las partes que pueden recurrir a los servicios de asistencia técnica de la Oficina, que tal vez puedan ayudar a aclarar los puntos en cuestión. A este respecto, la Comisión también hace referencia a las cuestiones planteadas en su solicitud directa de 2002, que considerará junto con la próxima memoria del Gobierno.

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