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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Venezuela (República Bolivariana de) (Ratificación : 1982)

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Solicitud directa
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1. Aplicación de la política del empleo en el marco de una política económica y social coordinada. La Comisión toma nota de las informaciones transmitidas por el Gobierno en septiembre de 2004 en relación con la observación de 2003. La Comisión toma nota con interés de la mención que se ha hecho al Convenio núm. 122 al adoptarse el decreto núm. 2898 de 28 de abril de 2004, mediante el cual se establece una Comisión Presidencial para el apoyo e incorporación de la pequeña y mediana industria, asociaciones cooperativas, microempresas, empresas familiares y demás formas asociativas en las actividades agrícolas, industriales, turísticas, de infraestructura, de producción de bienes y de prestación de servicios del país. Dicha Comisión Presidencial tendrá a su cargo la ejecución del Plan Extraordinario «Misión Vuelvan Caras» para incorporar a las asociaciones comunitarias en el proceso de transformación económica y social del Estado mediante la creación de núcleos de desarrollo endógeno y de nuevas fuentes de trabajo. La Comisión reitera su interés para que, en su próxima memoria, el Gobierno precise las relaciones que se han establecido entre los objetivos de la política del empleo y los demás objetivos económicos y sociales, teniendo en cuenta que el Convenio requiere que las medidas de política del empleo se determinen y revisen regularmente «como parte de una política económica y social coordinada» (artículos 1 y 2 del Convenio). Se agradecería al Gobierno que indique los resultados alcanzados, en términos de creación de empleo productivo y duradero, por la acción de la Misión Vuelvan Caras, así como por el Plan Excepcional de Compras del Estado, el Programa Monta Tu Negocio, y el Programa Fábrica de Fábricas, mencionados por el Gobierno en su memoria.

2. Según datos publicados por la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL) en su Estudio económico de América Latina y el Caribe 2004-2005, el incremento de la actividad económica se reflejó en el descenso de la tasa de desempleo, del 16,8 por ciento en el segundo semestre del 2003 a un valor cercano al 12,5 por ciento en el cuarto trimestre del 2004. Por su parte, el nivel de informalidad, que superaba el 50 por ciento a fines del 2003, disminuyó al 47 por ciento en promedio a fines del 2004. En mayo del 2005, la tasa de desempleo se situó en un 12,6 por ciento. El crecimiento económico en el 2004 fue del 17,9 por ciento anual y en el primer trimestre de 2005, la economía creció un 7,9 por ciento, impulsada por el sector no petrolero, en particular los subsectores de la construcción, el comercio, el transporte y de las instituciones financieras. Para el 2005, se prevé un crecimiento de alrededor del 7 por ciento. La Comisión pide al Gobierno que incluya en su próxima memoria las informaciones sobre la situación, nivel y tendencias del empleo, desempleo y subempleo que se requieren en el formulario de memoria indicando la medida en que afectan a categorías particulares de trabajadores (mujeres y jóvenes de los sectores más pobres de la población y a los trabajadores del sector rural y de la economía informal).

3. Participación de los interlocutores sociales en la elaboración y aplicación de políticas. En respuesta a la observación de 2003, el Gobierno indica que las mesas de diálogo han contribuido a reestablecer la confianza entre los empresarios y los trabajadores respecto a la gestión gubernamental y lo anterior ha propiciado que dichos sectores se hayan comprometido activa y protagónicamente con la ejecución de los planes de desarrollo económico y social del país. La Comisión agradecería al Gobierno que, en su próxima memoria, se sirva incluir informaciones actualizadas sobre la manera en que el diálogo social contribuye a la adopción y aplicación de las políticas de empleo y reitera su interés por recibir datos sobre las medidas adoptadas para consultar a los representantes del sector rural y de la economía informal en relación con sus perspectivas de obtención de trabajo decente (artículo 3).

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