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Observación (CEACR) - Adopción: 2005, Publicación: 95ª reunión CIT (2006)

Convenio sobre las prestaciones de invalidez, vejez y sobrevivientes, 1967 (núm. 128) - Uruguay (Ratificación : 1973)

Otros comentarios sobre C128

Observación
  1. 2010
  2. 2008
  3. 2005
  4. 1994
  5. 1989
Solicitud directa
  1. 2012
  2. 2010
  3. 2008
  4. 2005
  5. 1994
  6. 1989
Respuestas recibidas a las cuestiones planteadas en una solicitud directa que no dan lugar a comentarios adicionales
  1. 2019

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1. Artículo 29 del Convenio (revisión de prestaciones periódicas en curso). En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota de las informaciones relativas a los incrementos de las pensiones en relación con el nivel general de las ganancias y del índice del costo de la vida correspondiente al período 1996-2000. Ruega al Gobierno que en su próxima memoria proporcione los datos estadísticos requeridos en virtud del artículo 29 del formulario de memoria aprobado por el Consejo de Administración.

2. La Comisión ruega asimismo al Gobierno que tenga a bien proporcionar informaciones detalladas sobre la medida en que la ley núm. 16713, de 3 de septiembre de 1995, permite dar efecto a cada una de  las disposiciones del Convenio, comunicando al efecto las informaciones, incluidas estadísticas, solicitadas en el formulario de memoria aprobado por el Consejo de Administración, tanto en lo que atañe al antiguo como al nuevo sistema de pensiones.

La Comisión comunica al Gobierno una solicitud directa sobre otros puntos.

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