National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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1. La Comisión se refiere a sus comentarios sobre la aplicación del Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) y toma nota de la observación formulada por la Oficina de Empleadores del Estado (VMTL) relativas a la aplicación del Convenio núm. 142. La VMTL considera que la cooperación entre empresas e instituciones educativas y la asignación de recursos destinados a la orientación vocacional pueden mejorarse. Subraya además la importancia de proporcionar oportunidades de formación para el empleo, para garantizar que los organismos gubernamentales dispongan de recursos humanos calificados en el futuro.
2. Artículos 3 y 4 del Convenio. Educación permanente y políticas de formación. La Comisión toma nota con interés de la estrategia en la enseñanza de adultos recientemente adoptada que se aplicará hasta 2010, incluida la legislación sobre asistencia financiera para estudiantes adultos y empleos con vacaciones alternadas. La Comisión toma nota, en particular, de la promoción de la cooperación entre la vida laboral y la formación mediante la revisión del concepto de aprendizaje en el empleo, que entrañará la promoción de estudios que requerirán tutoría y evaluación y equivaldrán como mínimo, a 20 créditos educativos, según los objetivos del programa de enseñanza. Solicita que se siga facilitando información sobre los resultados generales en la práctica de esta nueva estrategia, entre los que cabe mencionar los esfuerzos que se realizan en colaboración con los interlocutores sociales para lograr un mayor acercamiento de la formación y la vida laboral, incluido el concepto revisado de formación en el empleo. Sírvase proporcionar información adicional sobre los objetivos establecidos en el programa de políticas 2003 y en qué medida se han alcanzado, especialmente teniendo en cuenta que el número total de personas que reciben orientación personal por intermedio de las oficinas de empleo registró un descenso de 1.200 beneficiarios en 2002. A este respecto, puede ser útil que el Gobierno se remita a la reciente Recomendación sobre el desarrollo de los recursos humanos, 2004 (núm. 195).