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Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

Convenio sobre las vacaciones pagadas (agricultura), 1952 (núm. 101) - Guatemala (Ratificación : 1961)

Otros comentarios sobre C101

Observación
  1. 2003
Solicitud directa
  1. 2013
  2. 2008

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La Comisión toma nota de la observación comunicada por la Unión Sindical de Trabajadores de Guatemala (UNSITRAGUA), en agosto de 2003, transmitida al Gobierno el 8 de octubre de 2003, que mantenía, entre otras cosas, que: a) las vacaciones anuales pagadas de 15 días hábiles no se garantizan en absoluto en la práctica o se garantizan de tal manera que, tanto los días laborables, como los no laborables se calculan como vacaciones; b) el reembolso previsto en virtud del decreto núm. 37-2001, no se incluye en las vacaciones pagadas.

La Comisión invita al Gobierno a que indique su postura en torno a estas observaciones.

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