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Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87) - Barbados (Ratificación : 1967)

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La Comisión toma nota de la información contenida en la memoria del Gobierno.

La Comisión observa que la memoria no contiene ninguna respuesta a los comentarios que la Comisión ha estado realizando durante muchos años sobre el artículo 4 de la ley de 1920 sobre la mejora de la seguridad, según el cual toda persona que voluntariamente interrumpa un contacto de servicio de empleo, a sabiendas de que ello puede poner en peligro bienes muebles o inmuebles, puede ser condenada a una pena de tres meses de reclusión o a una multa. La Comisión recuerda que en sus anteriores comentarios señaló, que aunque según el Gobierno esta disposición nunca ha sido invocada en el contexto de una huelga, se recomienda su enmienda a fin de eliminar la posibilidad de utilizarla en caso de futuras huelgas, con la posible excepción de los servicios esenciales en el estricto sentido del término. La Comisión pide al Gobierno que proporcione información en su próxima memoria sobre el status jurídico actual de la ley de 1920 sobre la mejora de la seguridad, así como que confirme que el artículo 4 todavía no se ha utilizado en el contexto de una huelga y que no se considera aplicable a las huelgas.

Asimismo, la Comisión toma nota de los comentarios transmitidos por la Confederación Internacional de Organizaciones Sindicales Libres (CIOSL) según los cuales, aunque el reconocimiento de los sindicatos es generalmente directo y respetado por los empleadores, no está contemplado en un precepto legal y, por lo tanto, el derecho de los trabajadores a afiliarse y formar sindicatos puede estar sujeto a las presiones de los empleadores. A este respecto, la Comisión toma nota de que según la memoria del Gobierno el proceso de revisar la legislación sobre el reconocimiento de los sindicatos, al que se refirió en anteriores memorias, está todavía en marcha. La Comisión pide al Gobierno que en su próxima memoria proporcione información sobre todos los progresos realizados a este respecto.

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