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Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Malawi (Ratificación : 1965)

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La Comisión toma nota que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, la Comisión se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:

La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno correspondiente al período que finalizó el 31 de agosto de 2001.

Asimismo, toma nota con interés de los cuadros que se adjuntan.

La Comisión observa que el Gobierno continúa invocando la falta de recursos financieros que impiden el funcionamiento eficaz de la inspección del trabajo. En relación con su observación anterior, en la que había tomado nota de se había aprobado la solicitud de asistencia técnica a la OIT para el reforzamiento de los servicios de inspección del trabajo, la Comisión solicita nuevamente al Gobierno que facilite informaciones sobre las actividades realizadas a estos efectos, así como sobre sus resultados. La Comisión señala a la atención del Gobierno que existe la posibilidad, cuando la situación económica del país no permite efectuar una aplicación suficiente de las disposiciones del Convenio, de recurrir a la cooperación internacional para la búsqueda de los fondos necesarios si necesario, con la colaboración de la OIT.

La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.

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