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Observación (CEACR) - Adopción: 2003, Publicación: 92ª reunión CIT (2004)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Francia (Ratificación : 1950)

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En relación con los comentarios formulados por la Confederación General del Trabajo-Fuerza Obrera (CGT-FO), el 18 de febrero de 2002, en relación con el informe anual de inspección correspondiente al año 1999, la Comisión espera que el Gobierno comunicará informaciones en respuesta a las cuestiones planteadas acerca de los plazos de publicación de los informes anuales de la inspección del trabajo (artículo 20 del Convenio); las repercusiones de la insuficiencia de recursos humanos y medios materiales de los servicios de inspección sobre el número y frecuencia de visitas a los establecimientos (artículos 10 y 16), así como informaciones relativas a los accidentes de trabajo en sitios sujetos a riesgo (artículo 21, g)).

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