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Observación (CEACR) - Adopción: 2002, Publicación: 91ª reunión CIT (2003)

Convenio sobre la política del empleo, 1964 (núm. 122) - Perú (Ratificación : 1967)

Otros comentarios sobre C122

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1. En relación con los comentarios anteriores, la Comisión toma nota de las detalladas informaciones transmitidas por el Gobierno en septiembre de 2002. En un contexto persistentemente desfavorable para la creación de empleo (el desempleo abierto aumentó de 8,5 por ciento a 9,3 por ciento en 2001 y el subempleo de 45,5 por ciento a 46,4 por ciento, en Lima Metropolitana), la Comisión toma nota de las completas indicaciones recibidas sobre los distintos programas ejecutados por el Gobierno que incluyen algunas evaluaciones sobre su impacto. Entre otros programas, se observa que el programa de intermediación para jóvenes habría permitido la colocación de más de 2.000 trabajadores en dos años. En 2002, el Programa de Autoempleo y Microempresas habría generado 7.084 puestos de trabajo. El Programa Nacional de Consolidación del Empleo Femenino (PROFECE) habría reunido un total de 13.664 integrantes de grupos de oferta laboral (los denominados GOOLS) y empresas demandantes con el objeto de apoyar la inserción laboral de la mujer organizada de escasos recursos. Estas actividades habrían permitido la creación de más de 28.000 empleos temporales y la capacitación de trabajadoras mediante cursos técnicos productivos y de gestión. Mediante el programa «A trabajar urbano» se pretende generar empleo temporal para la población desempleada de las áreas urbanas en particular para las personas que se encuentran en la pobreza o extrema pobreza (se han previsto más de 70 mil empleos temporales de cuatro meses en 2002). También se ha establecido un programa «A trabajar rural», a cargo del Fondo de Compensación y Desarrollo Social. La Comisión toma nota con interés de las informaciones recibidas sobre las prácticas municipales de desarrollo económico local. La Comisión advierte que el Gobierno se ha beneficiado de la asistencia técnica de la OIT para la elaboración y ejecución de programas destinados a la creación de empleo productivo. La Comisión recuerda que el Convenio requiere que el Gobierno formule y lleve a cabo, como un objetivo de mayor importancia, una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido. Esta política debe determinarse y revisarse regularmente, como parte de una política económica y social coordinada (artículos 1 y 2 del Convenio). Por ende, la Comisión solicita al Gobierno que, en su próxima memoria, se sirva indicar la manera en que se han tomado en cuenta los efectos sobre el empleo del conjunto de las medidas tomadas para fomentar el desarrollo económico (política de inversiones; políticas presupuestarias y monetarias; política comercial; política de precios, de ingresos y salarial). La Comisión apreciaría recibir una evaluación de los resultados alcanzados por los distintos programas ejecutados de manera de contribuir a determinar cómo superar las dificultades que se encuentran para alcanzar los objetivos del pleno empleo productivo establecidos en el Convenio.

2. Desde 1998, la Comisión solicita al Gobierno informaciones en relación con el impacto sobre el empleo de la privatización y reestructuración del sector de las telecomunicaciones. Al respecto, la Comisión toma nota de las nuevas observaciones recibidas en julio de 2002 de la Federación Sindical Mundial (FSM), las cuales fueron transmitidas al Gobierno en agosto de 2002. La FSM evoca despidos por parte de una empresa telefónica lo que habría agravado el drama del desempleo y los problemas sociales en el Perú. La Comisión toma nota de las indicaciones transmitidas por el Gobierno en su memoria que sugieren que la privatización del sector telecomunicaciones habría permitido un incremento en el empleo y se habría estimado la posibilidad de generar a mediano plazo un número considerable de puestos de trabajo. La Comisión advierte que cuando se toman iniciativas de privatización de empresas que pueden conllevar despidos, se debería tener presente los instrumentos sobre terminación de la relación de trabajo adoptados por la Conferencia en 1982 y que tienden a que se equilibre la protección del trabajador en caso de despidos colectivos con la flexibilidad necesaria del mercado del trabajo [véase Estudio general, de 1995]. En relación con el Convenio núm. 122, la Comisión ha expresado que un extenso diálogo en la sociedad civil es una clave fundamental del crecimiento económico sostenible en la era de la mundialización de los mercados. Para tener éxito en la apertura de las economías es esencial reducir al mínimo los riesgos que ciertas medidas de política económica pueden suponer para determinadas categorías de trabajadores (véanse los párrafos 52 y 53 del Informe general de 2000). Por ende, la Comisión pone nuevamente en relieve la importancia de las consultas que requiere el artículo 3 del Convenio que dispone la consulta de los representantes del conjunto de los interesados en relación con la política del empleo «con el objeto de tener plenamente en cuenta sus experiencias y opiniones, y además de lograr su plena cooperación en la labor de formular la citada política y de obtener el apoyo necesario para su ejecución». La Comisión confía en que las consultas que se realicen sobre las políticas de empleo permitirán una reorientación positiva de aquellos trabajadores afectados por los cambios sobrevenidos en la economía y que el Gobierno incluirá en su próxima memoria indicaciones actualizadas sobre la situación del empleo en el sector de las telecomunicaciones.

3. La Comisión recuerda que en sus comentarios anteriores también había señalado que, teniendo en cuenta que la mayoría de la población económicamente activa se encuentra en el sector informal y rural, las consultas sobre política del empleo deberían involucrar necesariamente a representantes de dichos sectores. La Comisión solicita al Gobierno que incluya en su próxima memoria indicaciones específicas sobre las consultas celebradas en relación con las políticas del empleo con representantes tanto del sector formal como del sector informal del mercado del trabajo.

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