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Observación (CEACR) - Adopción: 2001, Publicación: 90ª reunión CIT (2002)

Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144) - España (Ratificación : 1984)

Otros comentarios sobre C144

Solicitud directa
  1. 1989

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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno que contiene una relación de las comunicaciones escritas efectuadas a las organizaciones representativas sobre las materias cubiertas por el Convenio. En relación con la observación anterior, el Gobierno indica que se han celebrado numerosas reuniones concretas y puntuales sobre cuestiones de carácter internacional, en particular antes de los Consejos de Ministros de la Unión Europea y en el ámbito de la cooperación técnica con Hispanoamérica. El Gobierno manifiesta su disponibilidad para tratar eventualmente una fórmula de reuniones periódicas con objetivos generales, que puedan ser de utilidad adicional a la tramitación escrita, para todas las organizaciones de empresarios y de trabajadores representativas en el ámbito de la OIT. La Comisión confía en que el Gobierno seguirá incluyendo en sus memorias indicaciones sobre la evolución de los procedimientos de consulta que requiere el artículo 2 del Convenio, en relación con las materias cubiertas en el artículo 5.

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