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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - España (Ratificación : 1960)

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Refiriéndose asimismo a su observación, la Comisión ruega al Gobierno que proporcione precisiones sobre los campos de inspección del trabajo en los que existe colaboración entre los servicios de inspección del trabajo y las organizaciones de empleadores y de trabajadores (artículo 5, b), del Convenio) y sobre los resultados de esta colaboración respecto a los objetivos previstos por el Convenio.

Al tomar nota de las cifras proporcionadas en la memoria anual de inspección de 1998 sobre la plantilla de inspección del trabajo, la Comisión agradecería al Gobierno que indique la proporción de mujeres presente en esta plantilla en función de su jerarquía.

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