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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 2000, Publicación: 89ª reunión CIT (2001)

Convenio sobre la inspección del trabajo (agricultura), 1969 (núm. 129) - Uruguay (Ratificación : 1973)

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La Comisión toma nota de las memorias del Gobierno y de los documentos adjuntos en un anexo. Toma nota de la comunicación del decreto núm. 372, de 26 de noviembre de 1999, que reglamenta las condiciones de trabajo en materia de seguridad, higiene y salud del trabajo en el sector forestal. Tomando nota de la información según la cual el artículo 289 de la ley núm. 15 sobre las sanciones aplicables por violación de las disposiciones legislativas relativas al trabajo ha sido modificado por el artículo 412 de la ley núm. 16-736, de 5 de enero de 1996, la Comisión ruega al Gobierno que comunique también una copia de este texto.

Artículo 6 del Convenio. Anotando que los inspectores del trabajo ejercen en la agricultura las mismas funciones que las que se les asignan en otros sectores, la Comisión agradecería al Gobierno que indique sí, como lo prevé el párrafo 2 de este artículo, está previsto confiarles, en la agricultura, funciones de asistencia o de control sobre la aplicación de disposiciones legislativas relativas a las condiciones de vida de los trabajadores y de sus familias.

Artículo 10. La Comisión agradecería al Gobierno que indique si, y en qué campos determinados, se asigna a las inspectoras del trabajo tareas especiales como lo prevé este artículo.

Artículos 26 y 27. La Comisión toma nota de los datos estadísticos respecto a las visitas de inspección y del número de trabajadores cubiertos en 1996 y 1997 por sector de actividad. No obstante, observa que la última memoria anual de inspección comunicada a la OIT concierne al ejercicio 1992. Se ruega al Gobierno que indique si desde entonces se han publicado memorias anuales sobre la actividad de los servicios de inspección en la agricultura cuya forma y contenido están previstos por estas disposiciones, y en caso de que sea así, que comuniquen copia a la OIT; en caso contrario, la Comisión le ruega que tome todas la medidas apropiadas a este fin y que proporcione informaciones sobre el resultado de estas medidas.

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