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Solicitud directa (CEACR) - Adopción: 1993, Publicación: 80ª reunión CIT (1993)

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (núm. 111) - Brasil (Ratificación : 1965)

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En relación con sus solicitudes directas anteriores la Comisión toma nota de la información comunicada en la memoria del Gobierno y la documentación anexada.

1. La Comisión toma nota de la declaración del Gobierno de que el artículo 482, párrafo único, de la Consolidación de las leyes del trabajo ha perdido su validez jurídica ante la Constitución de 1988. La Comisión solicita al Gobierno que comunique copia del texto legal que deroga expresamente tal disposición. La Comisión toma nota igualmente de la declaración del Gobierno de que la Cámara de Diputados está examinando un proyecto de ley núm. 4783 de 1990 que prevé la derogación, entre otras, de la ley núm. 7170 del 14 de diciembre de 1983, la cual define los crímenes contra la seguridad nacional. Solicita al Gobierno que comunique informaciones sobre el resultado del examen del proyecto de ley mencionado, incluida copia del texto adoptado.

2. La Comisión toma nota de las copias de los órdenes ("portarias") del Procurador Regional del Trabajo de la Segunda Región proporcionados por el Ministerio Público del Trabajo para que se investiguen los alegatos de discriminación en el empleo y se persiga judicialmente un empleador acusado de violar las disposiciones de la ley núm. 7437 del 20 de diciembre de 1985 que prohíbe la discriminación basada en motivos de raza, color, sexo o estado civil en el acceso a la formación y al empleo. La Comisión solicita al Gobierno que comunique informaciones sobre las actividades de los órganos competentes (inspección del trabajo, Consejo de Defensa de los Derechos Humanos y Departamento de Asuntos de la Ciudadanía) relacionadas con la aplicación de la ley núm. 7437, datos estadísticos sobre el número de quejas alegando específicamente casos de discriminación, cualquiera que sea el motivo en el cual se base su investigación y resultado, así como las sanciones impuestas.

3. La Comisión toma nota con interés del anteproyecto de ley núm. 1810/91 que prevé que se enmiende la ley núm. 7716 del 5 de enero de 1989 (sobre delitos de discriminación basada en motivos de raza o color) para añadir los motivos de apariencia física, estado civil, religión, opinión política, condición social o laboral. Solicita al Gobierno que comunique informaciones sobre la situación del anteproyecto núm. 1810/91, así como copias de los textos que se adopten y de toda directiva de aplicación relativos al empleo.

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