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Observación (CEACR) - Adopción: 1991, Publicación: 78ª reunión CIT (1991)

Convenio sobre la protección del salario, 1949 (núm. 95) - Egipto (Ratificación : 1960)

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Artículo 4, párrafo 2, del Convenio. La Comisión recuerda su comentario anterior donde había señalado que según este párrafo del artículo 4 del Convenio, cuando se autorice el pago parcial del salario con prestaciones en especie, como es el caso de la legislación egipcia, se deberán tomar medidas pertinentes para garantizar que las prestaciones en especies sean apropiadas al uso personal del trabajador y de su familia y redunden en beneficio de los mismos, y que el valor atribuido a estas prestaciones sea justo y razonable. La Comisión había precisado que correspondía adoptar estas medidas aun cuando se garantice el pago de un salario mínimo en efectivo, al que se agregarían las prestaciones en especie, de conformidad con los usos y costumbres. La Comisión toma nota de que, según el Gobierno, las prestaciones en especie se rigen por los diversos reglamentos internos de los servicios y se ajustan a la legislación que regula los salarios dado que forman parte del mismo, a tenor del artículo 1 del Código de Trabajo núm. 137 de 1981.

La Comisión entiende que dichos reglamentos internos de los diferentes servicios constituyen una especie de reglamentos de empresa y, por tal motivo, aun cuando las prestaciones así reglamentadas se encuentren sometidas a la legislación que rige los salarios, como lo indica el Gobierno, esos reglamentos podrían en principio cambiar por voluntad del jefe de servicio o del propietario del establecimiento. Como la Comisión lo ha señalado en varias ocasiones desde 1964, esta práctica no basta para garantizar la aplicación de este artículo del Convenio. En consecuencia la Comisión solicita al Gobierno se sirva tomar las medidas necesarias para adoptar las disposiciones, por conducto de una ordenanza o cualquier otra clase de reglamento de aplicación de su propia legislación del trabajo, que hayan de surtir efectos a este artículo del Convenio. La Comisión recuerda que el Gobierno ha prometido tomar tales medidas más de una vez.

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