ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (núm. 81) - Japón (Ratificación : 1953)

Otros comentarios sobre C081

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

Artículo 16 del Convenio. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma nota con interés de las informaciones comunicadas por el Gobierno según las cuales, en 1987 y 1988, ha aumentado el personal de la inspección y que se adoptarán otras medidas para reforzar dichos servicios, con la finalidad de asegurar el control efectivo de las disposiciones legales en un mayor número de lugares y de trabajo. La Comisión solicita al Gobierno se sirva indicar en sus futuras memorias cualquier nueva medida que se adopte en tal sentido.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer