ILO-en-strap
NORMLEX
Information System on International Labour Standards

Observación (CEACR) - Adopción: 1990, Publicación: 77ª reunión CIT (1990)

Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (núm. 29) - Hungría (Ratificación : 1956)

Otros comentarios sobre C029

Observación
  1. 2012
  2. 2010
  3. 2009
  4. 2008
  5. 1990

Visualizar en: Inglés - FrancésVisualizar todo

Legislación relativa a la vagancia. En relación con sus comentarios anteriores, la Comisión toma con satisfacción de que el artículo 2 de la ley núm. 27, de 7 de julio de 1989, derogó el artículo 266 del Código Penal, así como el artículo 91 de la ley núm. 1 de 1968, sobre las contravenciones que permitían sancionar penalmente las personas consideradas como culpables de ociosidad. La Comisión también toma nota con interés de que en virtud del artículo 5 de la ley de 1989 antes mencionada no se aplicarán las penas y otras medidas previstas en casos de infracción de las disposiciones aún en vigor sobre la vagancia u ociosidad que represente un peligro público, mientras la nueva ley no entre en vigor.

© Copyright and permissions 1996-2024 International Labour Organization (ILO) | Privacy policy | Disclaimer