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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración- 45. El Comité examinó este caso por última vez en su reunión de junio de
2018 y en esa ocasión, formuló las recomendaciones siguientes [véase 386.º informe,
párrafo 296]:
- a) en cuanto a los despidos de miembros de la
junta directiva de la organización querellante, el Comité pide al Gobierno que le
mantenga informado de la evolución de la situación, particularmente que brinde mayor
información en cuanto al contenido y seguimiento dado a su recomendable de reinstalo
de los dirigentes sindicales despedidos;
- b) el Comité pide
al Gobierno que se asegure de que los miembros de la junta directiva de la
organización querellante puedan gozar de permisos sindicales, de acuerdo con las
decisiones en aplicación de los principios de la libertad sindical mencionadas en
sus conclusiones, e invita al Gobierno a que, en aras de determinar las modalidades
de dichos permisos, promueva el diálogo y la negociación colectiva entre las partes
concernidas. El Comité pide al Gobierno que le mantenga informado a este respecto,
y
- c) el Comité alienta al Gobierno a que siga promoviendo
el diálogo social entre las partes para tratar las cuestiones que pudieran quedar
pendientes e invita a la organización querellante a remitir la información adicional
de que disponga al respecto. Asimismo, pide al Gobierno que le mantenga informado de
la evolución de la situación.
- 46. Mediante comunicación de 27 de mayo de 2019 el Gobierno brindó las
siguientes informaciones en atención a las recomendaciones del Comité:
- 47. Por otra parte, el Comité observa que la organización querellante,
SIDETISS, no ha brindado informaciones adicionales, a pesar de haberle invitado a
hacerlo.
- 48. En estas condiciones, y habiendo tomado debida nota de las
informaciones remitidas por el Gobierno, el Comité considera que el caso queda cerrado y
no proseguirá con su examen.