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Effect given to the recommendations of the committee and the Governing Body - Report No 329, November 2002

Case No 1978 (Gabon) - Complaint date: 27-JUL-98 - Closed

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Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración

Seguimiento dado a las recomendaciones del Comité y del Consejo de Administración
  1. 45. El Comité examinó por última vez este caso, relativo a la existencia y al libre funcionamiento de la estructura sindical de la Confederación Gabonesa de Sindicatos Libres (CGSL) en la empresa SOCOFI, así como al despido de sindicalistas por haber ejercido su derecho de huelga, en su reunión de marzo de 2002 [véase 327.º informe, párrafos 58 a 60]. En esa ocasión, el Comité había pedido al Gobierno que le mantuviese informado sobre la decisión del Tribunal de Apelación relativa a la legalidad de la huelga realizada por la CGSL en la empresa SOCOFI en 1997.
  2. 46. En una comunicación de 11 de septiembre de 2002, el Gobierno se limita a facilitar ciertos detalles con respecto a cuestiones que ya no guardaban relación con este caso, pero no aporta indicación alguna en cuanto a la decisión del Tribunal de Apelación relativa a la legalidad de la huelga realizada en la empresa SOCOFI en 1997.
  3. 47. El Comité lamenta observar que el Gobierno no ha aportado datos nuevos sobre la cuestión pendiente relativa al presente caso. En consecuencia, el Comité no puede sino deplorar de nuevo que, más de cinco años después de la declaración de la huelga en la empresa SOCOFI, los trabajadores despedidos por haber hecho huelga sigan esperando que se tome una decisión. El Comité insta nuevamente al Gobierno a que adopte las medidas necesarias para que, en caso de que la huelga sea declarada legal, los trabajadores despedidos por haber ejercido su derecho de huelga sean reintegrados en sus puestos de trabajo sin pérdida de salario o, si ello no es posible, que obtengan una indemnización. Además, el Comité recuerda al Gobierno que la administración dilatoria de la justicia equivale a la negación de esta última.
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