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General Observation (CEACR) - adopted 2023, published 112nd ILC session (2024)

Antigua and Barbuda

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La Comisión observa con profunda preocupación que, por cuarto año consecutivo, no se han recibido las memorias debidas sobre los convenios ratificados. Al día de hoy, se deben 24 memorias, entre las cuales se encuentran las primeras memorias relativas a la aplicación del Convenio sobre el trabajo a domicilio, 1996 (núm. 177), el Convenio sobre las agencias de empleo privadas, 1997 (núm. 181), el Convenio sobre la seguridad y la salud en la agricultura, 2001 (núm. 184), el Convenio sobre los documentos de identidad de la gente de mar (revisado), 2003, en su versión enmendada (núm. 185), el Convenio sobre el marco promocional para la seguridad y salud en el trabajo, 2006 (núm. 187), el Convenio sobre el trabajo en la pesca, 2007 (núm. 188), y el Convenio sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, 2011 (núm. 189). La mayoría de las memorias debidas, inclusive sobre convenios fundamentales, deberían haber contenido información en respuesta a las observaciones de la Comisión.
Atendiendo a la decisión de la Comisión relativa al tratamiento de los llamamientos urgentes, la Comisión decidió proceder en esta reunión al examen de la aplicación de los Convenios núms. 87, 98 y 154, para los cuales no se han recibido memorias desde hace más de tres años, basándose en la información pública disponible.
Al tiempo que recuerda que este año el Equipo de Apoyo Técnico sobre Trabajo Decente para el Caribe y el Centro Internacional de Formación de la OIT han prestado asistencia técnica sobre estas cuestiones, la Comisión expresa la firme esperanza de que el Gobierno presente pronto todas sus memorias, de conformidad con su obligación constitucional, y de que en ellas se responda a los comentarios de la Comisión.
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