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Observation (CEACR) - adopted 2023, published 112nd ILC session (2024)

Worst Forms of Child Labour Convention, 1999 (No. 182) - Liberia (Ratification: 2003)

Other comments on C182

Observation
  1. 2023
  2. 2022
  3. 2018
  4. 2013

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Artículo 4, 1) del Convenio. Determinación del trabajo peligroso. La Comisión toma nota con satisfacción de la adopción, el 15 de junio de 2022, de la Lista de Trabajos Peligrosos para los Niños en Liberia, adoptada de conformidad con el artículo 21.4, b) de la Ley de Trabajo Decente de 2015. Esta lista exhaustiva define los sectores y las tareas en los que no pueden trabajar los menores de 18 años, y las tareas en las que pueden trabajar los niños de 16 y 17 años, siempre que existan medidas de seguridad que incluyan una formación y una supervisión adecuadas. La Comisión pide al Gobierno que facilite información sobre la aplicación del Reglamento por el que se establece la lista de trabajos peligrosos para los niños, incluido el número y la naturaleza de las infracciones relativas a los jóvenes que realizan trabajos peligrosos.
Artículo 7, 2). Medidas efectivas y en un plazo determinado. Apartado a). Prevención de la participación de niños en las peores formas de trabajo infantil. Acceso a la educación básica gratuita. La Comisión observa con preocupación, a partir del Análisis del Sector Educativo 2022, publicado por el Gobierno en colaboración con la UNESCO, que tanto la matriculación global como la proporción de alumnos en las escuelas públicas han disminuido. El análisis del sector educativo destaca que la matriculación neta: 1) disminuyó en el nivel primario del 49 por ciento en 2015 al 43 por ciento en 2020, y 2) se mantuvo igual para el nivel secundario inferior, en el 14 por ciento. La Comisión toma nota, a partir del Perfil de País sobre Igualdad de Género 2021 de la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género (ONU Mujeres) de que: 1) las guerras civiles y las consiguientes crisis económicas (en concreto, la crisis del ébola en 2014 y la pandemia de COVID-19) han provocado la persistencia de obstáculos para el acceso y la participación de las niñas y las mujeres en la educación; 2) en 2019, un tercio de la población no tenía acceso a la educación, el 31 por ciento de la población alcanzó la educación primaria y el 36 por ciento alcanzó la educación secundaria y terciaria, una brecha que se profundiza en relación con la ubicación geográfica (zonas urbanas frente a rurales) y el género. En 2019-2020, el 52 por ciento de los niños de las zonas urbanas asistían a la escuela primaria y el 32 por ciento de los niños de las zonas rurales. En cuanto a la enseñanza secundaria, el 34 por ciento de los niños asistían a la escuela en las zonas urbanas, frente al 12 por ciento en las zonas rurales; 3) cuando trabajan en las zonas rurales, los profesores soportan condiciones de trabajo difíciles y un apoyo limitado que se refleja en la falta de infraestructuras y material didáctico, así como en una proporción desproporcionada de alumnos por profesor y en alumnos de distintas edades y niveles, y 4) las largas distancias necesarias para que los niños asistan a las escuelas en las zonas rurales es un factor que les impide acceder a la educación.
La Comisión toma nota de la indicación del Gobierno de que ha experimentado con las escuelas de asociación como forma de mejorar la matriculación y la asistencia a la escuela. Las escuelas asociadas han prestado atención a la digitalización y la normalización, al tiempo que recaudan fondos externos para ayudar a reforzar los salarios de los profesores en las escuelas que dirigen. La Comisión también toma nota, a partir del informe del Gobierno al grupo de trabajo sobre el examen periódico universal del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas de que el Ministerio de Educación proporcionó comidas calientes a 280 709 escolares en 1 316 escuelas preescolares, primarias y comunitarias en los 15 condados (A/HRC/WG.6/36/LBR/1, 24 de agosto de 2020, párrafo 58). La Comisión también toma nota de los Informes Anuales de 2022 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), en los que señala que: 1) el Gobierno puso en marcha en octubre de 2022 el Programa de Desarrollo Comunitario Acelerado (ACDP) para ayudar a reducir la pobreza y las desigualdades mediante la creación de oportunidades de empleo para las personas que ayudan a construir o reparar infraestructuras básicas como escuelas y centros de salud. El ACDP ayudará a reducir las desigualdades que existen entre las zonas urbanas y rurales mejorando el acceso a infraestructuras sociales y económicas básicas como la sanidad y la educación; 2) tras la Cumbre para la Transformación de la Educación (TES) y una conferencia de seguimiento sobre la educación nacional en diciembre de 2022, el Gobierno expresó su compromiso de aumentar el presupuesto para educación, y 3) se elaboró un nuevo Plan Sectorial de Educación (ESP 2022-2025). Aunque toma nota de ciertas medidas adoptadas por el Gobierno, la Comisión alienta enérgicamente una vez más al Gobierno a que intensifique sus esfuerzos para mejorar el funcionamiento del sistema educativo y facilitar el acceso de todos los niños a la educación básica gratuita. Pide al Gobierno que proporcione: i) información sobre las medidas concretas adoptadas o previstas a este respecto, destinadas, en particular, a aumentar las tasas de escolarización y de asistencia en los niveles primario y secundario inferior y a reducir las tasas de abandono escolar; ii) información sobre el impacto del nuevo Plan Sectorial de Educación 2022-2025, y iii) información estadística actualizada sobre los resultados obtenidos, desglosada por edad y por género.
Aplicación de la Convención en la práctica. La Comisión toma nota de que, según la Encuesta Demográfica y de Salud 2019-2020 del Instituto de Estadística y Servicios de Geoinformación de Liberia, el 32 por ciento de los niños de 5 a 17 años realizaban actividades económicas o trabajos domésticos, en el umbral definido para su grupo de edad o por encima de él. Entre ellos, el 30 por ciento trabajaba en condiciones peligrosas. La condición peligrosa señalada con más frecuencia era el transporte de cargas pesadas (15 por ciento), seguida del trabajo con herramientas peligrosas o el manejo de maquinaria pesada (7 por ciento). La encuesta indica que el porcentaje de niños que realizan trabajos peligrosos aumenta con la edad del niño, del 21 por ciento entre los que tienen entre 5 y 11 años al 48 por ciento entre los que tienen entre 15 y 17 años. El Gobierno indica que, a través de asociaciones, incluido el Proyecto ATLAS del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos, se espera que disminuya el número de niños que realizan trabajo infantil, incluido el trabajo peligroso. Considerando el gran número de niños menores de 18 años que realizan trabajos peligrosos, la Comisión insta una vez más al Gobierno a que intensifique sus esfuerzos para proteger a los niños de estas peores formas de trabajo infantil. Solicita al Gobierno que continúe proporcionando estadísticas actualizadas y otra información sobre la naturaleza, el alcance y las tendencias de las peores formas de trabajo infantil. Tomando nota de que el Gobierno no proporciona información a este respecto, la Comisión pide una vez más al Gobierno que proporcione información sobre el número y la naturaleza de las violaciones denunciadas, las investigaciones, los enjuiciamientos, las condenas y las penas impuestas. En la medida de lo posible, toda la información debería desglosarse por edad y género.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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