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Direct Request (CEACR) - adopted 2020, published 109th ILC session (2021)

Dock Work Convention, 1973 (No. 137) - Cuba (Ratification: 1975)

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  1. 2020
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La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno y de la información complementaria proporcionada a la luz de la decisión adoptada por el Consejo de Administración en su 338.ª reunión (junio de 2020).
Aplicación del Convenio en la legislación y en la práctica. La Comisión toma nota de la indicación de que la legislación que da efecto al Convenio no ha cambiado. El Gobierno reitera que la mayoría de los trabajadores portuarios son contratados con arreglo a contratos de duración indeterminada. Cuando se necesita un mayor número de trabajadores, se concluyen contratos de trabajo de duración determinada respetando las disposiciones del Código del Trabajo para efectuar tareas ocasionales o urgentes. Según los datos proporcionados por la Oficina Nacional de Estadísticas e Información (ONEI), en 2019 había 322 100 trabajadores en el sector del transporte, del almacenamiento y de las comunicaciones, entre los que se contaban los trabajadores portuarios. La Comisión toma nota asimismo de que, según la información comunicada en 2018 por la Central de Trabajadores de Cuba, 145 351 trabajadores están afiliados al Sindicato Nacional de Trabajadores del Transporte y Puertos. Por último, el Gobierno añade que, en 2018, la Oficina Nacional de Inspección del Trabajo (ONIT) realizó 16 inspecciones integrales a entidades del Grupo Empresarial de Transporte Marítimo Portuario (GEMAR), en el marco de las cuales se identificaron 38 infracciones relativas, entre otras cosas, a la contratación, la seguridad y salud en el trabajo y el régimen de descanso, y que se habían impuesto las sanciones previstas por la legislación a este respecto. La Comisión pide al Gobierno que siga proporcionando indicaciones generales sobre la aplicación en la práctica del Convenio, adjuntado, si es posible, información actualizada sobre la evolución del número de trabajadores portuarios, así como extractos pertinentes de los informes de la Oficina Nacional de Inspección del Trabajo (ONIT).
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