National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Artículo 6 del Convenio. Excepciones permanentes y temporales. En respuesta a los comentarios que la Comisión ha realizado desde 1994, el Gobierno indicó que los reglamentos de aplicación del artículo 49 de la ley núm. 2/1990 estaban todavía siendo examinados con las partes interesadas, en especial en el sector de los hidrocarburos. Pide al Gobierno que le comunique informaciones sobre los progresos realizados en este proceso. Asimismo, invita al Gobierno a proporcionar informaciones sobre las organizaciones de empleadores y de trabajadores consultadas en el marco de la elaboración de estos reglamentos. Esperando la adopción de los reglamentos antes citados, la Comisión ruega encarecidamente al Gobierno que comunique informaciones sobre la forma en que se aplican en la práctica las disposiciones del artículo 49 de la ley núm. 2/1990 relativa a las horas extraordinarias.La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.