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Observation (CEACR) - adopted 2011, published 101st ILC session (2012)

Labour Administration Convention, 1978 (No. 150) - Democratic Republic of the Congo (Ratification: 1987)

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La Comisión lamenta tomar nota de que no se ha recibido la memoria del Gobierno. Por consiguiente, se ve obligada a reiterar su observación anterior, redactada como sigue:
Restablecimiento del ejercicio del derecho de sindicación. La Comisión toma nota de que las labores del Consejo Nacional del Trabajo en 2004 tuvieron como consecuencia la adopción, entre otros textos reglamentarios relativos al derecho de representación de los trabajadores, de la decisión ministerial núm. 12/CAB/MIN/TPS/VTB/053/2004, de 12 de octubre de 2004, por la que se levanta la medida de suspensión de las elecciones sindicales en las empresas y establecimientos de toda índole. La Comisión agradecería al Gobierno que facilitase informaciones sobre las repercusiones de esta decisión en el ámbito de las relaciones profesionales.
La Comisión plantea otros puntos en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
La Comisión espera que el Gobierno haga todo lo posible para adoptar, en un futuro cercano, las medidas necesarias.
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