National Legislation on Labour and Social Rights
Global database on occupational safety and health legislation
Employment protection legislation database
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Artículo 10, b), del Convenio. La Comisión toma nota de la memoria del Gobierno recibida en septiembre de 2009 que incluye una observación de la Confederación de Trabajadores de la República Mexicana (CTM). El Gobierno señala las disposiciones del Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores (RACT) y del Acuerdo por el que se dan a conocer los lineamientos de operación y los formatos para la realización de los trámites administrativos a que se refiere el Reglamento de Agencias de Colocación de Trabajadores, publicado en marzo de 2006. La Comisión observa que el artículo 27 del RACT mantiene una vigencia de cinco años para la autorización y registro de funcionamiento de las agencias de colocación de trabajadores con fines de lucro. La Comisión se remite a los comentarios que formula desde su examen de la primera memoria sobre la aplicación del Convenio y reitera que para dar efecto al artículo 10, b), del Convenio se requiere la renovación anual de la licencia de las agencias retribuidas de colocación con fines lucrativos. En este sentido, la Comisión se remite a la adopción del Convenio sobre las agencias de empleo privadas, 1997 (núm. 181), el cual reconoce la función desempeñada por las agencias de empleo privadas en el funcionamiento del mercado de trabajo. Por su parte, el Consejo de Administración de la OIT ha invitado a los Estados parte en el Convenio núm. 96 a contemplar la posibilidad de ratificar, según proceda, el Convenio núm. 181, ratificación que implicaría, la denuncia inmediata del Convenio núm. 96 (documento GB.273/LILS/4 (Rev.1), 273.ª reunión, Ginebra, noviembre de 1998).
Artículo 10, d), del Convenio. La Comisión toma nota que el artículo 12 del RACT establece un régimen especial para las agencias de contratación colectiva para la migración de trabajadores mexicanos. La Comisión invita al Gobierno a brindar en su próxima memoria información sobre la aplicación del nuevo régimen de agencias de contratación para trabajadores migrantes.