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Observation (CEACR) - adopted 1995, published 83rd ILC session (1996)

Right to Organise and Collective Bargaining Convention, 1949 (No. 98) - Ethiopia (Ratification: 1963)

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La Comisión ha tomado nota de las informaciones suministradas por el Gobierno en su memoria.

Artículos 4 y 6 del Convenio. La Comisión toma nota con satisfacción que la Constitución del 8 de diciembre de 1994 confiere a los funcionarios el derecho de sindicación y el de concluir acuerdos con sus empleadores (artículo 42). La Comisión observa que el Gobierno indica en su memoria que a este efecto se está elaborando una legislación específica, que será comunicada a la OIT una vez que sea promulgada.

La Comisión solicita al Gobierno se sirva indicar en su próxima memoria todo progreso realizado en la adopción de una legislación que consagre el reconocimiento, tanto en la ley como en la práctica, del derecho de negociación voluntaria de las condiciones de empleo de los funcionarios, con la única excepción eventual de los funcionarios que trabajan en la administración del Estado.

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