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Observation (CEACR) - adopted 1993, published 80th ILC session (1993)

Prevention of Accidents (Seafarers) Convention, 1970 (No. 134) - Guinea (Ratification: 1977)

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La Comisión toma nota de la última memoria del Gobierno.

La Comisión comprueba otra vez que no se ha adoptado ningún texto específico, sea legislativo, de directivas prácticas u otro apropiado, relativo a la prevención de los accidentes de trabajo de la gente de mar que aplique las disposiciones del Convenio.

En su memoria para el período que finalizó el 30 de junio de 1989, el Gobierno había indicado que se elaboraban reglamentos apropiados, los cuales deberían ser afinados con la asistencia técnica de la OIT para asegurar su conformidad con las disposiciones del Convenio. En su última memoria el Gobierno indica que los textos de disposiciones particulares relativas a la gente de mar siguen siendo examinados por los servicios técnicos especializados y que la marina mercante acaba de poner a punto un proyecto de código marítimo.

La Comisión toma buena nota de tales indicaciones. Confía en que el Gobierno hará todo lo posible para que se adopten en un futuro muy próximo los textos aplicando el Convenio y comunicará copia de éstos una vez adoptados.

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