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Equal Remuneration Convention, 1951 (No. 100) - Mexico (RATIFICATION: 1952)

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Artículos 1, b) y 2, 2), a) del Convenio. Igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor. Legislación. La Comisión toma nota con interés de que, en su memoria, el Gobierno informa de que en marzo de 2021, el Senado de la República aprobó y remitió a la Cámara de Diputados un proyecto de decreto que reforma 13 leyes en materia de igualdad salarial, entre otras: 1) el artículo 86 de la Ley Federal del Trabajo para reconocer que «a trabajo de igual valor corresponde igual remuneración», y 2) el artículo 6 de la Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia para incluir en la violencia económica «la percepción de un salario menor por trabajo igual o de igual valor». La Comisión confía en que las reformas anunciadas se concretarán en un futuro próximo y pide al Gobierno que informe al respecto.
La Comisión plantea otras cuestiones en una solicitud dirigida directamente al Gobierno.
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