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La Comisión observa con profunda preocupación que no se ha recibido la primera memoria relativa a la aplicación del Convenio sobre el trabajo marítimo, 2006, en su versión enmendada (MLC, 2006), debida desde 2021. No se han recibido ninguna de las memorias debidas para este año, entre las cuales se encuentran las primeras memorias relativas a la aplicación del Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (núm. 87), y el Convenio sobre la consulta tripartita (normas internacionales del trabajo), 1976 (núm. 144). Al día de hoy, se deben 13 memorias, inclusive sobre convenios fundamentales, la mayoría de las cuales deberían haber contenido información en respuesta a los comentarios de la Comisión.
La Comisión hace un llamamiento urgente al Gobierno para que envíe, sin dilación, la memoria relativa al MLC, 2006, y le señala que, incluso en ausencia de la memoria, la Comisión puede proceder, en su próxima reunión, a un examen completo de la aplicación del convenio en cuestión sobre la base de la información disponible.
Al tiempo que toma nota de la compleja situación en que se encuentra el país y que recuerda que este año el Centro Internacional de Formación de la OIT ha prestado asistencia técnica sobre estas cuestiones, la Comisión expresa la firme esperanza de que el Gobierno presente pronto todas sus memorias, de conformidad con su obligación constitucional, y de que en ellas se responda a los comentarios de la Comisión.
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